Revista Iberoamericana de Derecho, Cultura y Ambiente
RIDCA - Edición Nº3 - Derecho de Familia y Sucesiones
María Cecilia Pistoia. Directora - Sabrina G. Pinnavaria. Subdirectora
15 de julio de 2023
IA, Niñez y el peligro de crear la dependencia artificial
Autora. Karina Chavez. Argentina
Por Karina Chavez[1]
En las últimas semanas, circularon en el país, una enorme cantidad de noticias acerca del ChatGPT, chat de Inteligencia Artifical (IA), accesible a todo aquel que posee un dispositivo digital y conexión a Internet, que permite efectuar consultas, de variada índole, obteniendo una respuesta automática. Basada en los materiales o textos presentes, en la web, y, entrenada a base las correcciones surgidas de la dinámica ensayo-error, la IA, se constituye como una herramienta que, a partir de algoritmos inductivos, capaces de aprender de los datos a los que son expuestos, sin la intervención humana, permite a los cibernavegantes alcanzar una respuesta inmediata a cualquier tarea que se le encomiende. (Coste Suprema de Justicia de la Nación, 2022).
Posibilidad que, claramente, constituye un avance importante en lo que a la evolución tecnológica concierne. Pese a ello, y considerándose que ninguna tecnología es buena o mal de por sí, sino que depende del uso social que se le asigne, el presente artículo se propone indagar en qué modo las nuevas tecnologías, en general, y los distintos tipos
de IA, como el señalado, en particular, inciden sobre la infancia, en tanto etapa correspondiente con la construcción no sólo cognoscitiva, sino también socio-emocional de las personas. (UNICEF, 2021).
Aunque considerados como nativos digitales, en tanto nacidos en un espacio temporal caracterizado por la centralidad e incidencia de las herramientas tecnológicas, en el desarrollo de las actividades cotidianas, y, por tanto, como personas con una habilidad innata para el manejo y comprensión del lenguaje y del entorno digital, lo cierto es que los niños y niñas no se encuentran exentos de los peligros que este tipo de tecnologías pueden implicar (UNICEF, 2021). En el caso de la IA, distintos especialistas coinciden en señalar que, la habitualidad del uso de este tipo de tecnologías puede llevar a que los niñes desarrollen, incluso, vínculos afectivos con las máquinas o programas; los cuales, vale
destacar, están diseñados para crear dependencia emocional, en tanto buscan brindar una respuesta/satisfacción a toda necesidad presentada por sus usuarios (Guiomar-Roglán, 2023). Y este es, precisamente, uno de los peligros que se debe de considerar.
Muchas veces, y sobre todo en el caso de infancias vulnerables, éstos vínculos pueden suplir a los vínculos socio-emocionales tradicionales (familia, amigos, grupos de pertenencia, comunidad, entre otros), llevando a que los niños y niñas no sólo se aíslen, sino que lleguen a desarrollar, incluso, problemas para diferenciar lo artificial de lo real, asignándole esta última categoría, únicamente, a aquello accesible, a través de la web; a aquello que llega a través de las pantallas y con lo que se identifica.
Es que el tener repuesta para todo, puede crear una satisfacción de necesidades con el consecuente vínculo entre ese NNyA y la IA, en que el desarrollo de aquellos sería incompleto y hasta me atrevería a calificarlo de artificial.
No hay fallas en esa interrelación, casi real, pero sí una grandísima dependencia emocional.
Tal como destaca el Comité de los Derechos del Niño de Naciones Unidas, en su Observación General N°25/2021 -Observación relativa a los derechos de los niños, en relación con el entorno digital-, a inicios del siglo XXI, éste reviste una creciente importancia para casi todos los aspectos de la vida de los niños y niñas, más en situaciones o contextos de crisis; lo acontecido durante la pandemia del Covid-19 es un claro ejemplo de esto. En tiempos de aislamiento social y/o restricción de las actividades, las nuevas tecnologías de la comunicación e información desempeñaron un rol fundamental, no sólo en términos operativos (para el mantenimiento de las actividades informativas, educativas, laborales y recreativas, entre otros), sino también afectivos, en tanto permitieron el contacto mediatizado con otras personas, fuera del grupo hogareño de pertenencia. Se conformaron, entonces, como la tan ansiada ventana al mundo.
Sin embargo, tal como se señalará anteriormente, así como las nuevas tecnologías digitales ofrecen oportunidades para hacer efectivos los derechos de los niñes, también plantean riesgos relacionados con su vulneracion. De allí la importancia de que tanto los miembros de la sociedad civil, como empresas y Estados emprendan tareas de concientización y educación respecto de los derechos del niño en el entorno digital, centrando, especialmente, la atención, en aquellas actividades que repercutan, directa o indirectamente, en sus vidas. Se trata tanto de brindar información acerca de cómo los niños y niñas pueden beneficiarse de los productos y servicios digitales, así como de desarrollar sus conocimientos y aptitudes al respecto, protegiendo su privacidad e impidiendo la victimización en cualquiera de las formas que ésta pudiera suponer.
El interés acerca de abordar estas nuevas problemáticas no es menor si se considera que, la posibilidad de acceder a las tecnologías digitales, de forma provechosa, puede ayudarlos, efectivamente, toda la gama de sus derechos civiles, políticos, culturales, económicos y sociales. Sin embargo, si no se logra la inclusión digital, es probable que aumenten las desigualdades existentes y que surjan otras nuevas.
En términos jurídicos y a diferencia de lo acontecido en Europa, donde la temática de la inteligencia artificial ocupa un lugar preeminente en las agendas de las naciones líderes -siendo la Unión Europea la primera región del mundo en tomar la iniciativa de regulación de la materia-, las naciones de América Latina han comenzado a dar los
primeros pasos en el tratamiento de este fenómeno, en años recientes (Tallarico, 2023). En lo que respecta a la República Argentina, lo cierto es que, más allá de ciertas disposiciones que apuntan al estudio y desarrollo de propuestas de marcos regulatorios o a la promoción de buenas prácticas en términos de IA (siendo la aprobación de la Ley N°27.570 – de Economía del Conocimiento (2020) –norma orientada a fomentar la investigación, creación, diseño, producción y el desarrollo de tecnologías disruptivas, como la inteligencia artificial-
un ejemplo de ello), no existen normas específicas que regulen los problemas generados por la inteligencia artificial, debiendo recurrirse a institutos jurídicos análogos. Lo que podría considerarse, en primera instancia, como una limitación en lo que, a la luz de la protección de los derechos, de niñas, niños y adolescentes, consagrados en la pirámide jurídica de la Nación, puede visualizarse, también, como una oportunidad para que los legisladores avancen en el estudio de la temática y de sus distintas implicancias efectuando la ampliación y/o actualización de las normas vigentes. Es evidente que la IA es una tecnología que llegó para quedarse en nuestras vidas y ofrece multitud de oportunidades fascinantes, pero también puede causar problemas o empeorarlos si no se desarrolla o utiliza de manera responsable No hay que temerle a este nuevo Frankenstein que camina en el mundo digital, por eso la importancia que las madres/padres/educadores se capaciten acerca de los beneficios y riesgos para poderlo dominar, bajo el entendimiento que los NNyA son “personas en construcción e interrelacionándose” con otros que nunca deben ser reemplazados por una máquina.
Referencias bibliográficas
Comité de los Derechos del Niño de Naciones Unidas. (2021). Observación General N°25. https://docstore.ohchr.org/SelfServices/FilesHandler.ashx?enc=6QkG1d%2FPPRi CAqhKb7yhsqIkirKQZLK2M58RF%2F5F0vEG%2BcAAx34gC78FwvnmZXGFO6kx 0VqQk6dNAzTPSRNx0myCaUSrDC%2F0d3UDPTV4y05%2B9GME0qMZvh9UPK TXcO12
Corte Suprema de Justicia de la Nación. (2022). Inteligencia Artificial y Justicia Penal Juvenil. https://www.csjn.gov.ar/bgd/verNoticia?idNoticia=6494
Guiomar-Roglán, P. M. (2023). Así puede afectar la Inteligencia Artificial a los niños: «Su desarrollo podría ser incompleto o artificial». La Sexta. https://www.lasexta.com/noticias/ciencia-tecnologia/asi-puede-afectar-inteligencia artificial-ninos-desarrollo-podria-ser-incompleto
artificial_202306116485c84081ae4c0001263823.html
Tallarico, M. (2023). El impacto de la Inteligencia Artificial en Argentina: marco regulatorio, desarrollo del legaltech y derecho comparado. https://abogados.com.ar/el-impacto de-la-inteligencia-artificial-en-argentina-marco-regulatorio-desarrollo-del-legaltech y-derecho-comparado/32582
UNICEF. (2021). Orientación de políticas sobre el uso de la inteligencia artificial en favor de la infancia. New York: Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia. https://www.unicef.org/globalinsight/media/2636/file/UNICEF-Global-Insight-policy guidance-AI-children-2.0-2021_ES.pdf
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