Revista Iberoamericana de Derecho, Cultura y Ambiente

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RIDCA - Edición Nº9 - Discapacidad y Derechos

Natalia Mendoza. Directora

Julio de 2026

Por Flavia Calderone Aíta[1]

 

Sirva esta pequeña introducción como muestra de las realidades subjetivas que nos ofrece el paisaje de ver al otro, a los otros, que son como “nosotros”, tan iguales y diferentes a la vez, que tienen una situación de vulnerabilidad, sea cual fuere. Para respetar y dignificar a alguien, primero debemos reconocerlo genuinamente como un ser humano, real, diferente y valioso.

Suenan lindas las palabras cuando se las oye hablar del respeto por el otro. Leer definiciones que identifican cuándo y para quiénes se aplican las leyes se ve bonito. Pensar y creer que todos somos ciudadanos que obedecemos y cumplimos las obligaciones y hacemos valer los derechos propios y los ajenos reconforta porque así debe ser, ya que somos una sociedad justa, civilizada y triunfante.

¿Qué nos pasa cuando priorizamos nuestra comodidad en vez de brindar una atención o un servicio de calidad? ¿A quiénes beneficiamos al desatender a una persona y, más aún, si se encuentra en una situación de discapacidad o es un adulto mayor que precisa más tiempo, ser mirado y escuchado con conciencia y con presencia?

Incumplir normas para beneficio propio parecería ser una norma social, moral, no escrita que tiene muchos adeptos. Ahora, me pregunto: ¿realmente la ventaja para uno es lo mejor para todos? Ponderamos zafar de una situación que nos incomoda, que nos obliga a cumplir aunque consideremos que es injusto hacerlo, que nos hace ver nuestra propia fragilidad ante lo que no sabemos, desconocemos y, por lo tanto, tememos. La conveniencia de cumplir o no una ley la sopesamos en función de creer que, una vez que pocos no la cumplan, no habrá mayores consecuencias. Sin embargo, cuando todos los que piensan así concretan su plan, sucede que la vulneración traspasa la espera de lo privado y perjudica gravemente a la sociedad en su conjunto.

Un grupo de personas, una obra social, una prepaga, un colegio, una universidad, un organismo público, un empleador que decide a sabiendas incumplir una obligación que es una ley, es decir, un instrumento jurídico que fue diseñado para la protección de los derechos, pierde fuerza.

Las personas que se encuentran en una situación de discapacidad son, ante todo, sujetos de derecho y como tal merecen la certeza de que la garantía de que sus facultades legales sean respetadas. Hago hincapié en este grupo en particular, al igual que en los adultos mayores sin discriminación alguna, porque son los más invisibilizados, son quienes sufren más los estereotipos y prejuicios de otros porque, quizás, la imagen que nos devuelven de sus cuerpos, de sus mentes, de sus hábitos, de sus demandas nos interpelan de un modo que nos incomoda, nos grafica brutalmente quiénes podríamos ser en un futuro.

Las personas jóvenes, mayormente, perciben al adulto mayor, al “viejo”, como una “amenaza” que atenta contra el bienestar de las otras generaciones y lo transforman en una “carga social” para ellas. En estas sociedades, los “muy grandes” o los “ancianos” se constituyen en un grupo aislado que recibe asistencia del resto en la medida en que no altera el bienestar de los otros. En este caso, al “recibir ayuda”, se los ubica en condición de demandantes. No obstante, en muchas ocasiones los adultos mayores en estas sociedades están en condiciones de ofrecer ayuda, colaboración y sostén a las generaciones más jóvenes, siempre que su condición física y psíquica lo permita. El rol y las actividades que los mayores realizan en relación con la crianza y educación de los otros no deben desestimarse. En la actualidad, los hombres y mujeres jóvenes muchas veces dependen de esta asistencia de los mayores de la familia cuando ellos no pueden hacerse cargo de sus hijos (principalmente por las demandas de su actividad laboral fuera del hogar). Sin embargo, suele verse y acentuarse el carácter de demandantes más que de oferentes. Es paradójico cómo son conceptualizados, ya que su presencia suele ser dicotómica: o son adultos mayores molestos o son útiles. Claro está que esta definición, por decirlo de un modo, es a conveniencia de quien se ve beneficiado o perjudicado, casi nunca desde la perspectiva de la propia persona mayor y, más aún, si tiene discapacidad.

Negarles la posibilidad de ejercer una vida independiente y acorde a su proyecto de vida es una vulneración a sus derechos de acceder a una vejez lo más autónoma posible; por lo tanto, cuando se toma la decisión de incumplir las leyes que fueron elaboradas para que su bienestar psicofísico sea la premisa primordial a tener en cuenta, estamos, además, socavando sus derechos, tirando por la borda los esfuerzos de quienes elaboraron y promulgaron esas leyes.

La antigua Grecia siempre es un clásico para tomar como referencia valores y cuestiones que hoy son tan necesarios que los traigo en este artículo para que sean un faro que nos oriente y nos recuerde que cumplir las obligaciones partiendo de la convicción de por qué debemos hacerlo, y va más allá de un imperativo categórico acatar normas, ya que sin emoción, sin comprender por qué debemos acatar las disposiciones, el cumplimiento de las normas es para los otros, y esos otros piensan igual y se instala un círculo vicioso.

Aristóteles referenció que la parte racional del alma es el intelecto y esta es la parte más elevada del hombre, la de los valores auténticos; es por ello que definió, como se mencionó anteriormente, que la felicidad es la actividad del alma según la virtud de la ética; es dominar los impulsos; si no, se podría decir que no habría diferencias entre el hombre y los animales si este solo buscara la felicidad por medio de las satisfacciones de los placeres exiguos, temporales y corporales. Por ello, al decir que la virtud es un hábito, un continuo hacer, nos hace virtuosos y, como se dijo anteriormente, para que sean tales deben concretizarse de manera voluntaria, meditada, con el objetivo (en este sentido le doy a la frase “fin último” otra acepción) de que el fin último sea evitar los vicios, como lo llamó Aristóteles, o los excesos, tanto por defecto como por exceso. Esa acción voluntaria, para que sea virtuosa, debe buscar el justo medio, el equilibrio entre posturas extremas.

La virtud se manifiesta en doble sentido: el primero, intelectual, asociado a la inteligencia, y el segundo, moral, por medio relacionado al hábito, que debe ser una acción volitiva y en un marco de libertad. En definitiva, la virtud moral acontece en el sujeto y se da a partir de lo que la razón le indica que es bueno y se materializa con la puesta en práctica de acciones buenas repetitivas que conforman un hábito. El hábito se conforma como una actividad racionalizadora; por lo tanto, exige el control de los impulsos que, de no ser dominados, se estaría frente a una mera satisfacción de los mismos que no hace trascender la virtuosidad que tiene una actividad pensada, meditada, con el objetivo de lograr que el hábito trascienda lo efímero para ser considerado una costumbre guiada por la prudencia con el fin de arribar a un justo medio entre dos excesos.

En los siglos XVIII y XIX, Jeremy Bentham en Inglaterra fue uno de los referentes de la corriente filosófica del utilitarismo; el otro fue John Stuart Mill. Esta filosofía tiene como definición “la máxima felicidad posible para el mayor número posible de personas”. Por lo tanto, la utilidad es el valor supremo que debe ensalzarse. El principio de utilidad es, según Bentham, el que promueve el placer, entendido como el bien o felicidad, y evita el dolor, entendido como mal; creía que en el ámbito de la moral los únicos hechos realmente importantes son el placer y el dolor.

Una acción individual que signifique una extensión hacia una sociedad. De uno para muchos. Bentham mencionaba que la felicidad o bienestar es cuantificable y para ello tomó como parámetro el valor “utilidad” para saber si una acción tenía más consecuencias buenas o malas. Al tomar una decisión, es suficiente calcular cuál es la alternativa que genera más utilidad, o sea, qué es lo que genera más placer y, por lo tanto, esa será la decisión a tomar. El logro de lo social se alcanza cuando los individuos calculan correctamente, ya que sus intereses son verdaderos y conducen a la mayor felicidad individual: la felicidad social no es más que la suma de las felicidades individuales.

Para Mill, la felicidad es todo aquello que hace que la vida del hombre sea más amena y agradable; utiliza el cálculo utilitario, se centra en maximizar la felicidad general calculando el mayor bien para el mayor número. Su imperativo maximizador sería: actúa siempre de modo que produzcas la mayor cantidad global de bien en el mundo.

“Cuando decimos que el hombre se elige, entendemos que cada uno de nosotros se elige, pero al elegirse, elige también a todos los hombres. En efecto, no hay ninguno de nuestros actos que, al crear al hombre que queremos ser, no cree al mismo tiempo una imagen del hombre tal como consideramos que debe ser.” Jean-Paul Sartre en “El existencialismo es un humanismo”.

La noción de voluntad en Kant es uno de los pilares centrales y distintivos de su ética. Kant propone que cada cosa en la naturaleza actúa según leyes, pero que “sólo un ser racional posee la facultad de obrar por la representación de las leyes”, es decir, el hombre. La capacidad de representarnos las leyes significa que podemos ver la máxima que rige u orienta las acciones y actuar en base a esa norma. La voluntad entonces será la facultad que nos permite representarnos estas leyes. Para Kant, entonces, lo único bueno sin restricción es una buena voluntad (es buena en sí y por sí), estando detrás de esto la representación de aquellas leyes que rigen las acciones, las cuales, en su universalización, podemos juzgar moralmente como válidas. Se menciona que Kant posee una ética deontológica, ya que no pone el valor moral en el fin que la acción produce, sino que, por el contrario, lo hace en su voluntad y en la norma que subyace a esa voluntad: solo es moral actuar libremente por respeto a la ley moral, expresada en imperativos categóricos, y no actuar por deseos o inclinaciones.

 

Nuestra responsabilidad es mucho mayor de lo que podríamos suponer, porque compromete a la humanidad entera. Soy responsable para mí mismo y para todos, y creo cierta imagen del hombre que yo elijo; eligiéndome, elijo al hombre.

La ley moral indica que aquello que deseo para mí se convierta en ley universal, incondicional, absoluta, que el cumplimiento del deber no se deba a intereses, ni a emociones ni a otros fines. “Obra solo según aquella máxima por la cual al mismo tiempo puedas querer que se convierta en ley universal”.

Aquella máxima deseada e impuesta para mí debe ser, también, acatada por los demás; de lo contrario, no habría ley moral rectora, sino satisfacción de deseos o fines que se agoten en la persona y, por ende, no sería posible vivir en una sociedad. La moral, la razón moral, tiene la capacidad de elegir la propia acción, independientemente de las motivaciones, los impulsos, las necesidades y las pasiones, de las sensaciones de agrado y desagrado; por lo tanto, en ello radica su fuerza y obligatoriedad. El acto moral tiene lugar cuando el hombre se comporta no según sus impulsos, sino sometiéndose a su voluntad consciente expresada mediante las palabras. Para el filósofo, el hacer por deber, en lugar de hacer por inclinación, es lo que da sentido, en su más amplia definición, al deber en sí. Se trata de reprimir aquello que deseamos hacer; lo pensamos y se convertiría en ley universal y eso significa un perjuicio para todos, aunque un beneficio para mí; no debe ser realizado porque no es bueno, no es moral y por lo tanto, no hay respeto a la ley moral.

El hombre que se elige como tal, tomando la forma de un imperativo categórico, elige a todos los hombres porque tiene valor esa elección, porque conlleva en ese elegir una responsabilidad que trasciende una inclinación para ser identificada con un deber, con un hacer por deber, por respeto a la ley moral, porque eligiéndose como hombre, elige a todos y, por lo tanto, lo hace y desea universal. Es responsable para sí mismo y para todos.

Los adultos mayores y las personas con discapacidad hoy representan un cambio de paradigma hacia una vida activa, diversa y prolongada, donde la vejez y/o una limitación o diversidad funcional ya no es una etapa homogénea de declive, sino un momento vital de desarrollo personal, proyectos y autonomía.

 

La invisibilización de los adultos mayores, de quienes atraviesan una situación de discapacidad y el desprecio por el respeto a sus derechos, a su integridad como sujetos de derechos, a sus necesidades de contar con apoyos, con ajustes razonables para una vida plena nos muestra qué valores, hoy, se privilegian, y debemos preguntarnos qué pasará, qué pensaremos y qué consecuencias padeceremos cuando seamos nosotros quienes seamos aquellos que hoy dolorosa y cruelmente son “invisibles”. La respuesta de hoy, significa la realidad que construimos para nuestro futuro.

La protección y garantía jurídica en distintas formas como lo son la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de los Adultos Mayores, la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, la Ley de Derechos del Paciente, la Ley de Defensa del Consumidor (que los considera a los adultos mayores y a quienes tienen discapacidad consumidores hipervulnerables), guías de buenas prácticas para el acceso a la justicia tanto de las personas adultas mayores como de quienes tienen discapacidad, jurisprudencia y fallos que buscaron reparar y atender la vulneración a sus derechos, están vigentes, forman parte del entramado legal de nuestro país y aun así, el irrespeto, la iracundia, la desidia, el mal conceptuado “riesgo y coste económico” de garantizar las prestaciones sanitarias, habitacionales, alimentarias, psicofísicas que genera exclusión social, detrimento en su calidad de vida, desventajas en comparación de quienes se encuentran en otra condición etaria o de salud, el destrato, el maltrato, están por sobre la dignidad y el respeto que se merecen y tienen derecho por el sólo hecho de ser adulto mayor, de tener una condición de discapacidad, en suma por ser humano. El respeto que se asegura para los otros es el reflejo del respeto que se tiene para uno mismo.

Debemos elegir y honrar ser una sociedad más benevolente, más justa, más convivencial con nuestros adultos mayores y con las personas con discapacidad. De todos nosotros depende hacer la diferencia para propiciar una calidad de vida superlativa, ajustada a derecho y con el objetivo primordial e ineludiblemente moral de: “Obra solo según aquella máxima por la cual al mismo tiempo puedas querer que se convierta en ley universal.”

Notas

[1] Flavia Caderone Aíta: Abogada (UBA). Especialista en Derecho Informático (UBA), Psiquiatría Forense (CPACF). Profundización y Actualización en Discapacidad (UBA). Profesora para la Enseñanza Media y Superior en Ciencias Jurídicas (UBA). Integrante del Observatorio de la Discapacidad (Consejo de la Magistratura CABA).         

 

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