Revista Iberoamericana de Derecho, Cultura y Ambiente

Revista Iberoamericana de Derecho, Cultura y Ambiente
RIDCA - Edición Nº9 - Derecho Agrario y Alimentario

Gustavo González Acosta. Director

Julio de 2026

Bases legales para la agroforestería en Argentina

Autora. María Adriana Victoria. Argentina

Por María Adriana Victoria[1]

Resumen

El impacto de los sistemas tradicionales de producción agropecuaria sobre los recursos naturales, la deforestación, la degradación ambiental, el cambio climático (CC), la desigualdad social, entre otros problemas globales, lleva a la necesidad de practicar sistemas de producción sostenibles. Una posible solución es la agroforestería.

Por ello, en este trabajo se analizará el hecho técnico agroforestería y el hecho político que se manifiesta enel conjunto normativo internacional, además del nacional y provincial argentino que los recepta. Concluyendo que, si bien no hay una norma específica argentina sobre agroforestería, si hay dispositivos legales entorno a la misma, que podrían servir de base a una futura regulación jurídica.

Palabras clave

AGROFORESTERÍA- LEGISLACIÓN ARGENTINA.

Abstract

The impact of traditional agricultural production systems on natural resources, deforestation, environmental degradation, climate change (CC), social inequality, and other global problems highlights the need to adopt sustainable production systems. One possible solution is agroforestry.

Therefore, this paper analyzes the technical phenomenon of agroforestry and the political phenomenon reflected in the body of international regulations, as well as in the Argentine national and provincial legal frameworks that incorporate it.

It concludes that, although there is no specific Argentine law on agroforestry, there are legal instruments related to it that could serve as the basis for future legal regulation.

 

Keywords: AGROFORESTRY – ARGENTINE LEGISLATION.

 

Introducción

El impacto de los sistemas tradicionales de producción agropecuaria sobre los recursos naturales, la deforestación, la degradación ambiental, el cambio climático (CC), la desigualdad social, entre otros problemas globales, lleva a la necesidad de practicar sistemas de producción sostenibles. Una alternativa para lograrlo es diseñar sistemas que combinan actividades agrícolas, ganaderas y forestales que sean productivas y compatibles con el uso racional de los recursos. Estos son los SAF.(Sharry.Sandra E. )

La agroforestería o agrosilvicultura es una alternativa integral de producción que ayuda a mantener la productividad, proteger los recursos naturales, minimizar los impactos ambientales y satisfacer las necesidades económicas y sociales de la población. Agroforestería es el nombre genérico para describir un sistema de uso de la tierra en el cual los árboles se combinan temporal y espacialmente con pasturas (uso animal) o cultivos agrícolas. En la agroforestería interactúan elementos de la agricultura con elementos forestales que se traducen en sistemas de producción sostenibles en la misma unidad de terreno(Durán V., 2004). Es una práctica que contribuye a los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS).

En el presente trabajo se analizará el hecho técnicoagroforestería y el hecho político que se manifiesta en el conjunto normativo internacional, nacional y provincial argentino que los recepta.

El tema de importancia ya que la agrosilvicultura se está convirtiendo en una gran solución para la mitigación del CC, la adaptación, la resiliencia y la biodiversidad. Por su parte, el manejo forestal sostenible contribuye, directa e indirectamente, al cumplimiento de la mayoría de los objetivos de desarrollo sustentable (ODS) y sus metas de la Agendas 2030. Según la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO), los SAF contribuyen a alcanzar los ODS 1,2,12 y 15. (FAO).

 

  1. Conociendo la agroforestería

La agroforestería, agroforestación o agrosilvicultura es un sistema productivo que integra árboles, ganado y pastos en una misma unidad productiva. Este sistema está orientado a mejorar la productividad de las tierras y, al mismo tiempo, ser ecológicamente sustentable(Wikipedia).

También se dice que es el arte y la ciencia de cultivar árboles en combinación interactiva con cultivos o animales en la misma unidad de tierra con propósitos múltiples (Nair, 1977).

[…] es un sistema dinámico, basado ecológicamente en el manejo de los recursos naturales que, a través de la integración de árboles en tierras agrícolas y de pastizales, diversifica y sostiene la producción para aumentar los beneficios ambientales, económicos y sociales de los usuarios de la tierra en todos los niveles.(Huxley, 1999).

El término agroforestal abarca una gran cantidad de diferentes sistemas de gestión de los recursosnaturales. (Sharry).

La agroforestería combina la tecnología de la silvicultura y la agricultura, lo que permite un uso de la tierra más diverso, integrado, productivo, provechoso, saludable y sostenible.Entre sus principales beneficios se pueden enumerar la protección física del suelo, los efectos sobre el microclima, el reciclaje de nutrientes y la diversificación de la producción (Wikipedia).

Se trata de una producción para aumentar los beneficios ambientales, económicos y sociales de los usuarios de la tierra en todos los niveles. (Huxley, 1999).

2. Paradigma de la agroforestería

La agroforestería involucra una reconceptualización de las prácticas productivas, una “nueva-vieja” manera de gestionar los sistemas de producción, que en lugar de maximizar una salida única y privilegiar un estilo de producción homogéneo, deberá subrayar la sostenibilidad ambiental, vigorizar la rentabilidad económica, promover la diversidad productiva, fortalecer la equidad social, y defender la diversidad cultural de los sistemas actualmente existentes y en el diseño, evaluación, transferencia y validación de los que se introduzcan.

Respecto a los Sistemas agroforestales(SAF), son sistemas multifuncionales que pueden proporcionar una gran variedad de beneficios económicos, socioculturales y ambientales. Estos sistemasde producción son especialmente importantes para los pequeños agricultores ya que generan diversos productos y servicios en una superficie limitada. No obstante, estos sistemas tienen también sus limitaciones, por lo que es necesario llevar a cabo un análisis minucioso antes de su establecimiento y manejo. Son gestiones del territorio que pueden llegar a ser totalmente distintas en función del sistema utilizado y las condiciones bajo las que se aplica, considerando las condiciones económicas, sociales y ambientales prevalecientes.(Wikipedia).

Un SAF es la particularización de una práctica en función de las circunstancias locales donde se realiza: especies predominantes, características de su gestión, situación socioeconómica, etc. (Nair, 1985). Tiene como componentes a los árboles (forestal) y los cultivos (agro) y/o animales. Hay que considerar, además, la articulación e integración de los componentes abióticos del sistema, como el clima, el agua y el suelo, en relación con el manejo de los componentes agrícolas y forestales; y los seres humanos, quienes tienen un papel protagónico en dirigir las interacciones de los componentes en el sistema.(Sharry).

En cuanto a su estructura, los SAF se dividen en agrosilviculturales, silvopastoriles, agrosilvopastoriles y forestales multipropósito. Entre sus principales beneficios de destacan: recuperación de semillas nativas; producción de madera; restauración de suelos e incremento en la fertilidad; reducción de la deforestación; generación de ingresos económicos; mejora en la conectividad ecológica; diversificación de la producción ; incremento en la biomasa y la capacidad decarga en las pasturas; refugio de la fauna nativa; incremento en el bienestar animal; mejora en la seguridad y la soberanía alimentaria; contribución al aumento y el mantenimiento de la cantidad y la calidad del agua; aumento del stock de carbono; aumento y mantenimiento de la biodiversidad en paisajes agrícolas y pecuarios (Nair, 1985).

3. Organismos y marcos internacionales

La agroforestería está reconocida internacionalmente en los tres grandes convenios ambientales (clima, biodiversidad, desertificación).Entre los Documentos y marcos internacionales que reconocen o promueven la agroforestería se destacan:

1) FAO, es la principal impulsora global de la agroforestería. Documentos y marcos técnicos de la FAO sobre agroforestería: a) FAO, GuidelinesforAgroforestry (Directrices para la Agroforestería), 2013, documento base de política y técnica que define sistemas (agrosilvícolas, silvopastoriles, agrosilvopastoriles); propone lineamientos para incorporar árboles en la agricultura; establece criterios para programas nacionales y subnacionales; posiciona la agroforestería como práctica clave para la restauración de suelos, herramienta para adaptación al CC; sistema productivo sostenible para agricultura familiar. b) FAO, TheStateoftheWorld’sForests (SOFO). En varios informes SOFO la FAO destaca el rol de la agroforestería en la reducción de la pobreza rural; función en restauración de paisajes forestales (FLR); contribución a los ODS. 3) FAO, Scalingup Agroforestry (Escalamiento). Documento técnico que explica cómo incluir agroforestería en políticas de agricultura y clima. Argumenta que la agroforestería aumenta la resiliencia de cultivos; genera ingresos diversificados; captura carbono en suelo y biomasa. 4) FAO, AgroforestryforSustainableAgriculture, informe que vincula agroforestería con agricultura sostenible e intensificación ecológica. c) FAO, Publication Series onClimate-Smart Agriculture, considera los SAF como uno de los tres pilares de la agricultura climáticamente inteligente (ACI). d) FAO e INBAR, Agroforestería con bambú, lineamientos para SAF con bambú en América Latina y Asia.

2) El Panel Intergubernamental sobre Cambio Climático (IPCC) incluye a la agroforestería de forma consistente; incluye a la agroforestería, en sus informes oficiales (AR5, AR6 y reportes especiales). Este organismo, identifica a la agroforestería como una de las prácticas más efectivas, de bajo costo y con múltiples beneficios para la mitigación y adaptación al CC dentro del sector Agricultura, Bosques y Otros Usos del Suelo (AFOLU).

En varios informes del IPCC se reconoce que la agroforestería aumenta el carbono en suelos agrícolas; biomasa aérea (árboles, arbustos); biomasa subterránea (raíces profundas); contribuye a la mitigación vía Secuestro de CO₂ en biomasa leñosa; incremento de materia orgánica del suelo; sustitución de combustibles fósiles cuando produce leña o bioenergía sostenible; reducción de la presión sobre bosques nativos.

El IPCC especifica que la agroforestería tiene una alta eficacia y bajo costo relativo para la mitigación en el sector agrícola; destaca que la agroforestería aporta múltiples beneficios ambientales y socioeconómicos, entre ellos, mejora de la fertilidad del suelo; control de la erosión; regulación microclimática; ciclo hidrológico más estable; aumento de biodiversidad funcional; resiliencia frente a sequías y variabilidad climática; mayor productividad a largo plazo; diversificación de ingresos. El IPCC ubica a la agroforestería dentro de las “medidas de adaptación basadas en ecosistemas”, específicamente: protege cultivos frente a olas de calor y heladas; reduce pérdidas de agua; proporciona sombra para el ganado (silvopastoreo); aporta productos alternativos en caso de sequía (frutos, forraje, madera); reduce la vulnerabilidad económica de los productores. El IPCC AR5 (2014) y AR6 (2022), Mitigación del CC, reconocen a la agroforestería como una de las prácticas más costo-efectivas para captura de carbono; estrategia clave de “land-basedmitigation”; herramienta de resiliencia climática para sistemas agrícolas. El Informe Especial de Tierras (SRCCL, 2019), en el que la agroforestería aparece como solución para degradación de tierras; elemento central en “landmanagementsystems”, dedica secciones enteras a la agroforestería, destaca que es una solución efectiva en regiones tropicales, subtropicales y templadas; puede reducir simultáneamente degradación, desertificación y emisiones agrícolas; es una parte central de los sistemas climáticamente inteligentes; puede reemplazar prácticas de monocultivo intensivo sin pérdida de productividad. En los modelos de mitigación del IPCC, la agroforestería aparece como alternativa preferida para la reconversión de tierras degradadas; parte de las soluciones basadas en la naturaleza (NBS); herramienta clave para países con grandes superficies agrícolas como Argentina. Según el IPCC, incorporar agroforestería ayuda a los países a cumplir las  Contribuciones Nacionales Determinadas (NDC); estrategias de carbono neutro: políticas de adaptación agrícola; compromisos de restauración de tierras degradadas. El IPCC reconoce formalmente a la agroforestería como una de las mejores estrategias de mitigación en agricultura; alta capacidad de secuestro de carbono y costos relativamente bajos; una medida de adaptación efectiva y multifuncional; reduce vulnerabilidad climática de cultivos y ganado; una práctica con beneficios para suelos, agua, biodiversidad y economía rural; integra producción con conservación. Asimismo, este organismo reconoce la agroforestería como una de las prácticas con mayor potencial de mitigación por hectárea.

En el marco de los NDCs, muchos países la justifican como medida de adaptación y mitigación.

El Fondo Verde para el Clima (GCF) y otros fondos climáticos, financian proyectos de agroforestería, forestación con fines productivos, restauración de bosques secundarios y SSP.

En mercados de carbono voluntario, la agroforestería es elegible bajo metodologías como VCS, Gold Standard y estándares nacionales.

3)La Convención Marco de la ONU sobre Cambio Climático (CMNUCC / UNFCCC)
a) NDCs. Muchos países incorporan agroforestería como medida oficial de mitigación (Brasil, Chile, Costa Rica, India, etc.).b) Art. 5 del Acuerdo de París – REDD+. La agroforestería es elegible dentro del manejo sostenible de bosques; aumento de reservas de carbono; SSP y sistemas mixtos.

4) El Convenio sobre la Diversidad Biológica (CDB). La agroforestería aparece en:a) Plan Estratégico 2011–2020 y Metas Aichi. Práctica clave para restauración de ecosistemas degradados.Compatible con conservación de biodiversidad agrícola.b) Marco Global de Biodiversidad Kunming–Montreal (2022). Se la asocia a: producción sostenible (Meta 10); restauración de ecosistemas (Meta 2); incentivos positivos a manejo sostenible de tierras.

5)La Convención de Lucha contra la Desertificación (UNCCD). La agroforestería es central para neutralidad en la degradación de tierras (LDN); programas de restauración de suelos áridos; aumento de cobertura vegetal y materia orgánica.Documentos claves:LDN Target Setting Programme; Global Land Outlook (2017 y 2022).

6) La Agenda 2030, Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS). La agroforestería contribuye directamente a varios ODS, entre éstos:ODS 2: agricultura sostenible; ODS 13: acción climática; ODS 15: vida de ecosistemas terrestres; ODS 12: producción sostenible; ODS 6: protección del agua.Muchos indicadores reconocen SAF como “nature-based solutions”.

7) ICRAF, World Agroforestry (CIFOR-ICRAF). No es un “tratado”, pero sí un organismo global clave. Produjo documentos seminales: Agroforestry Systems for the Future (2018); Land Restoration via Agroforestry (2021); Guide lines for Scaling Agroforestry (2020).

8) Hay Declaraciones y alianzas internacionales: a) Declaración de Río+20 (2012). Impulsa prácticas de agricultura sostenible, incluyendo agroforestería.b) Un Decade on Ecosystem Restoration (2021–2030). Agroforestería como herramienta prioritaria para: restauración productiva; recuperación de suelos; resiliencia de sistemas agropecuarios.c) Coalition for Food Systems Transformation by 2030 (2021–2024), incluye agroforestería como estrategia de transformación agrícola.

4. Organismos nacionales

Entre estos organismos, se destacan el Servicio nacional de sanidad y calidad alimentaria (SENASA) y el Instituto nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA).

Aunque en Argentina no existe todavía un “marco agroforestal” específico dentro de SENASA, sí hay normas y procedimientos que impactan directamente en SAF, sobre todo cuando combinan ganadería + agricultura + forestación.

Hay áreas de SENASA que se relacionan con la agroforestería.Aunque ninguna resolución use expresamente la palabra “agroforestería”, los SAF entran dentro de tres grandes regímenes regulados por SENASA:a) Sanidad animal, cuando el sistema incluye ganadería. Las prácticas silvopastoriles deben cumplir con movimientos de hacienda; trazabilidad; Programas sanitarios obligatorios. Impacta a SSP (árboles + ganado).b) Sanidad vegetal, cuando hay cultivos agrícolas,  incluye control de plagas agrícolas; manejo de fitosanitarios; requisitos para comercialización (frutas, granos, etc.); afecta sistemas agrosilvícolas (árboles + cultivos). c) Protección forestal, cuando se integran especies forestales respecto a: plagas forestales, certificados fitosanitarios para traslado de material forestal; viveros forestales; afecta plantaciones forestales dentro del SAF.

El SENASA,  ha dictado Resoluciones que interactúan con la agroforestería,

aunque no la nombren explícitamente: a) Resoluciones sobre plagas forestales: éstas impactan cuando el sistema incluye especies forestales comerciales (pino, eucalipto, salicáceas). Resolución nº 714/11,  Programa Nacional de Sanidad Forestal; Control de Sirexnoctilio y otras plagas forestales de importancia económica. Resolución nº 778/2019, actualiza normas para viveros forestales y movimiento de plantines. Tiene relevancia ya que los SAF deben declarar viveros, prevenir plagas y permitir inspecciones. b) Resoluciones SENASA sobre sanidad vegetal y fitosanitarios: Resolución nº 523/2021, Programa Nacional de Control de Lobesiabotrana, afecta SAF con frutales + forestales. Resolución nº 350/99 y modificatorias, LMRs de agroquímicos, regula aplicaciones en cultivos agrícolas dentro del sistema agroforestal; aplicaciones en mosaicos mixtos (cultivos bajo árboles).

c) Resoluciones SENASA sobre bienestar y sanidad animal (silvopastoreo): Res. nº 693/19, Bienestar animal en establecimientos ganaderos. Los SSP cumplen y, de hecho, superan estos estándares. Resolución nº 542/22, movimientos de hacienda y el Documento de Tránsito Electrónico (DT-e). Resolución nº 1.698/19, Trazabilidad bovina, Relevancia: la forestería no crea obligaciones nuevas, pero sí se debe documentar el establecimiento ganadero como cualquier otro. d)Normativa sobre semillas y plantines forestales: Resolución nº 661/10, Registro nacional de semilla forestal. Resolución nº 283/20, Viveros y comercio de material de propagación, Relevancia: todo sistema agroforestal que produzca o use plantines debe cumplir esta normativa.

Si bien el SENASA no reconoce todavía a la agroforestería como categoría propia,  regula componentes del sistema (animal, agrícola, forestal), no al sistema integrado. Los silvopastoriles cumplen normativa ganadera; los agrosilvícolas cumplen normativa agrícola y forestal; los agroforestales complejos deben cumplir simultáneamente todas las resoluciones aplicables a sus componentes.

El Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca (MAGyP) dictó el Programa Nacional de Sistemas Agroforestales (ProSAF), que promueve la adopción de prácticas agroforestales en predios agropecuarios.

A su vez, el INTA es uno de los principales organismos públicos que promueve, investiga y valida SAF en el país. Su rol es científico-técnico, pero también normativo, porque genera protocolos, metodologías y recomendaciones oficiales. Este organismo, aborda la agroforestería desde tres ejes.a) Investigación y desarrollo. Produce investigaciones sobre: SSP; sistemas silvoagrícolas (agroforestería con cultivos); sistemas agrosilvopastoriles; restauración ecológica productiva; servicios ecosistémicos (suelos, carbono, agua); adaptación al CC.b) Asistencia técnica y extensión. Diseños de planos agroforestales; tasa de árbol recomendada según región; suelos y fotointerpretación; manejo de especies nativas y exóticas; asesoramiento a productores, provincias, municipios y APN. c)  Elaboración de estándares técnicos.

El INTA ha producido diversos documentos, entre éstos,Manual de Buenas Prácticas Silvopastoriles; Guías para SAF en ganadería; Protocolos de medición y monitoreo de carbono en SAF; Criterios técnicos para el Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos (OTBN); Lineamientos para los Planes de Manejo y Conservación (Ley nº 26.331/2007).

Entre los programas y proyectos del INTA se destacan: a) Programa Nacional Forestal (PNFOR). Eje central sobre manejo de bosques, plantaciones forestales y sistemas productivos mixtos.b) Programa Nacional de Ganadería (PNGAN), incluye la línea Silvopastoreo, con estudios sobre carga animal óptima en SSP; manejo de sombra y bienestar animal; productividad de pasturas bajo árboles; plataforma de Agricultura Regenerativa del INTA; incluye agroforestería como uno de los sistemas regenerativos esenciales.3) Proyectos Regionales (Prats). En casi todas las regiones del país hay proyectos agroforestales del INTA: NEA (Chaco, Formosa, Misiones, Corrientes); NOA (Salta, Jujuy, Tucumán, Santiago del Estero); Patagonia (Río Negro, Chubut); Pampeana (Córdoba, San Luis, Bs. As.). c) Las Regiones donde el INTA tiene mayor trabajo en Agroforestería: NEA, es la Región más avanzada: silvopastoreo en bosque nativo chaqueño; agroforestería con yerba mate y árboles nativos (Misiones); sistemas con eucalipto y pasturas (Corrientes); manejo del quebracho sota y algarrobo.

En el Noroeste argentino (NOA), los SSP en áreas degradadas del Chaco seco; Agroforestería con especies nativas (yuchán, quimil, mistol); restauración productiva post-deforestación.

El INTA aporta evidencia técnica para la implementación de: la Ley de Bosques Nativos (nº26.331/07); la Ley de inversiones forestales nº 27.487/98, el INTA fue clave en definir densidades mínimas; la Ley nº27.118/14,de Agricultura Familiar; la Ley nº27.520/19,de CC, medición de carbono en SAF; los Programas de Buenas Prácticas Agrícolas provinciales.

El INTA promueve desde hace más de 20 años la investigación y extensión en SAF, proyectos del Programa Nacional de Producción Forestal Sustentable y Bioeconomía Forestal (PNFOR), que incluyen prácticas agroforestales integradas.

5. Normología

La agroforestería aparece en Argentina de forma no uniforme, combinando leyes de bosques (mínimos nacionales); programas productivos provinciales; planes de restauración; lineamientos de ganadería y agricultura sostenible; y recientemente, esquemas climáticos (NDC, leyes provinciales de CC).La misma abarca los niveles internacional, nacional y provincial de Argentina[2].

5.1. Marco jurídico internacional

Entre las principales vías de reconocimiento internacional se destacan:

1) La labor de la FAO que promueve la agroforestería como parte de: Climate-Smart Agriculture (CSA); Forest and Landscape Restoration (FLR); Land Degradation Neutrality (LDN) de la UNCCD. Si bien no es vinculante, sirve de guía para políticas nacionales.

2) Convenciones ambientales. La agroforestería aparece como solución en: a) el Acuerdo de París, sumideros de carbono en AFOLU. El art. 5 dispone sobre la protección de sumideros y reservorios de carbono en bosques y SAF. Cabe destacar que la CND, nuestro país, incluye agricultura sostenible, manejo de bosques y aumento de cobertura arbórea en sistemas productivos. b) UNCCD (lucha contra desertificación), SSP. c) Convenio de Diversidad Biológica (CDB), incluye la agroforestería como herramienta de conservación de biodiversidad agrícola; corredores ecológicos en paisajes productivos.d) La labor del IPCC, fundamentalmente desde AR5 y especialmente AR6, en donde se reconoce la agroforestería comopráctica de mitigación (captura de carbono en biomasa y suelos); medida de adaptación (microclima, resiliencia hídrica).e) Agenda 2030 (2015), Objetivos de Desarrollo Sostenible. Especialmente ODS 13 (Acción climática); ODS 15 (Ecosistemas terrestres); ODS 2 (Agricultura sostenible).

La agroforestería es una práctica puente entre todos ellos.

5.2. Marco jurídico nacional

En Argentina hay varias normas nacionales que tocan aspectos vinculados a la agroforestería, aunque no haya una ley única que la regule de forma específica en todo el país, pero sí hay un marco normativo disperso que regula y promueve estas prácticas desde distintos enfoques (forestal, ambiental, agroecológico y climático).

Dicho marco está compuesto por leyes nacionales y resoluciones del SENASA.

5.2.1. Leyes nacionales relacionadas con agroforestería

1) Ley nº 26.331/07, de Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental de los Bosques Nativos. Es la base legal más importante que vincula la forestación con la producción agropecuaria, promueve usos sustentables del bosque nativo, incluyendo SSP y agroforestales; establece el OTBN y fondos de incentivo para conservación y manejo sustentable. De este modo, la agroforestería está explícitamente permitida en esta ley.

Dentro de los usos aceptados del bosque nativo se encuentra el “manejo sostenible del bosque”, que incluye prácticas como: enriquecimiento del bosque con especies nativas; manejo silvopastoril (forma de agroforestería); restauración productiva.

Por lo tanto, la agroforestería encaja dentro de las prácticas promovidas por la ley, siempre que no implique desmontes no autorizados, mantenga la cobertura del bosque, mejore su estructura, biodiversidad y regeneración.

En categoría amarilla la agroforestería es especialmente relevante, la ley permite: uso productivo sostenible, manejo silvopastoril, restauración y enriquecimiento, sistemas forestales y agroforestales que no reduzcan el bosque.Aquí la agroforestería funciona como herramienta ideal porque permite producir sin exigir desmontar, y además mejora la regeneración natural, reduce incendios, mantiene la biodiversidad, integra producción ganadera y forestal, aumenta carbono en suelos y biomasa

En categoría roja, solo se hace agroforestería de restauración, solo se permite conservación, investigación, turismo, restauración ecológica.

Sin embargo, en restauración se pueden usar prácticas agroforestales de bajo impacto (por ejemplo, sistemas de enriquecimiento con nativas).No se permiten sistemas productivos intensivos.

En categoría verde, la agroforestería es una alternativa al desmonte, aunque es posible solicitar permisos de desmonte, los planes de reconversión que integran agroforestería o silvopastoril son valorados por muchas provincias como alternativas de menor impacto, formas de evitar la pérdida total del bosque, sistemas compatibles con la ley si se mantiene parte de la estructura forestal.

Hay beneficios de la agroforestería dentro del marco de la Ley nº26.331/07, evita desmontes; aumenta el carbono (aporta a créditos); reduce incendios y degradación; mantiene la cobertura del bosque; mejora ingresos de productores de zonas boscosas.

Además, muchos Planes de Conservación y Manejo Sostenible (PMB) financiados por Nación incluyen actividades agroforestales.

2) La Ley nº25.080/98 (y su prórroga Ley 27.487/18), de Inversiones para Bosques Cultivados, fomenta la forestación y el manejo sostenible de plantaciones forestales, aplicable a proyectos agroforestales que integren cultivos o ganadería con especies forestales; otorga beneficios fiscales, subsidios e incentivos económicos.

SSP y agrosilvopastoriles, Programas del INTA, con Protocolos agroforestales y de agrosilvicultura.

3) La Ley nº27.118/14, de Agricultura Familiar, Campesina e Indígena. Reconoce y promueve sistemas diversificados y sustentables de producción, incluyendo agroforestería como práctica ancestral y regenerativa. Facilita el acceso a programas de apoyo técnico y financiero.

Aunque esta ley no menciona explícitamente la palabra “agroforestería”, sí crea un marco legal que favorece, habilita y respalda la implementación de SAF por parte de agricultores familiares, campesinos e indígenas.

La relación se da a través de principios, objetivos, instrumentos y programas que coinciden con la lógica agroforestal.

Hay objetivos de la ley que se alinean directamente con la agroforestería ya que la Ley de Agricultura Familiar promueve: a) Sistemas productivos sostenibles y diversificados, la agroforestería es, por definición, un sistema diversificado que combina árboles, cultivos y/o ganado. b) Conservación de suelos y recursos naturales, los árboles en SAFreducen erosión,mejoran retención hídrica,aumentan materia orgánica,generan microclimas. c)agregado de valor en origen y cadenas cortas, puesto que la agroforestería permite:madera,frutos nativos,servicios ecosistémicos (como carbono),productos forestales no madereros; recuperación de áreas degradadas, la ley impulsa prácticas que regeneren la base productiva.

La agroforestería es una de las herramientas más eficientes para restaurar suelos degradados en fincas familiares.

La Ley prevé mecanismos que pueden aplicarse a SAF: a) Asistencia técnica y extensión ruralINTA, Secretaría, de Agricultura, Ganadería y Pesca (SAGyP) y estructuras agropecuarias deben acompañar sistemas sostenibles, incluye agroforestería.b) Créditos y financiamiento adaptado. La ley crea líneas de financiamiento específicas para agricultura familiar.

Los SAF, al requerir inversiones de mediano plazo (árboles), encajan perfectamente en este tipo de crédito.

4) La Ley nº27.520/19, de Presupuestos Mínimos de Adaptación y Mitigación al CC Global, reconoce la agroforestería como práctica de mitigación y sumidero de carbono en el sector agrícola; permite incluir proyectos agroforestales en los Planes de Acción Climática provinciales y nacionales. Es una herramienta de adaptación basada en ecosistemas.

La relación entre la agroforestería y esta ley es directa y estratégica, aunque la ley no menciona expresamente agroforestería. Sin embargo, varias disposiciones de la ley y de su reglamentación la incluyen de manera implícita como herramienta de mitigación, adaptación y gestión sostenible de los ecosistemas productivos.

La ley ordena que Argentina diseñe y actualice el Plan Nacional de Adaptación y Mitigación del Cambio Climático (PNAyMCC). Dicho plan, en la sección de mitigación,  incluye como líneas estratégicas: a) manejo sostenible de tierras agrícolas; reduce emisiones del sector agrícola, favorece el secuestro de carbono en suelos.Esto incluye a la agroforestería, porque los sistemas silvoagrícolas aumentan materia orgánica, evitan degradación y capturan CO₂.b) Incremento de sumideros de carbono. La ley y el plan reconocen forestación y reforestación; sistemas productivos basados en árboles. Los SAF son, de hecho, sumideros de carbono de doble nivel:biomasa aérea (árboles), biomasa subterránea + suelo agrícola

Es una de las herramientas más eficaces para la meta argentina de lograr la carbono neutralidad hacia 2050.

Esta ley exige que las políticas agrícolas integren prácticas que: a) reduzcan vulnerabilidad. La agroforestería mejora la resiliencia frente asequías,olas de calor,erosión por vientos y lluvias extremas,pérdidas de biodiversidad funcional. b) mejoren la seguridad hídrica y del suelo. Los árboles reducen evaporación, fijan suelos y permiten microclimas productivos.Por eso, en el PNAyMCC la práctica figura dentro de “Medidas basadas en ecosistemas”, esenciales para adaptación rural.

La agroforestería se reconoce como acción de mitigación climática (captura de carbono); herramienta de adaptación (microclimas, regulación hídrica); práctica alineada con soluciones basadas en la naturaleza (NbS).

5) La Ley nº25.675/2002, General del Ambiente (LGA) no menciona expresamente la agroforestería, pero sus principios, instrumentos y objetivos coinciden plenamente con lo que busca un sistema agroforestal. Por eso, la agroforestería se considera compatible y promotora del cumplimiento de la ley ambiental.

Hay principios de la LGA que se cumplen con la agroforestería: a) Principio de sostenibilidad, ya que la agroforestería combina árboles, cultivos y/o ganadería, promoviendoconservación del suelo,biodiversidad,estabilidad ecológica,producción sostenible, lo cual responde directamente al art. 4 de la LGA.b) Principio de prevención y precaución. Los SAFreducen erosión,disminuyen el riesgo de degradación y salinización,protegen cursos de agua,amortiguan eventos climáticos extremos. Además, cumplen los principios de prevención y precaución, claves en la ley ambiental.c) Principio de equidad intergeneracional. Los árboles y la mejora del suelo generan servicios ecosistémicos a largo plazo, favoreciendo a generaciones futuras.

Hay Instrumentos de política ambiental aplicables a la agroforestería como: a) Evaluación de Impacto Ambiental (EIA). La LGA exige EIA para actividades que puedan dañar el ambiente.Los SAF, al ser de bajo impacto, suelen no requerir EIA estricta, pero sí pueden integrarse a:planes de manejo,evaluaciones ambientales estratégicas,ordenamientos territoriales.b) Ordenamiento ambiental del territorio. La agroforestería es compatible conzonas de amortiguación de bosques,áreas agrícolas degradadas,corredores biológicos.Muchas provincias la utilizan como herramienta para restauración de tierras.c) Sistema de incentivos a la producción sostenible. La LGA habilita incentivos para actividades amigables con el ambiente.

La agroforestería es una herramienta para cumplir la política ambiental y climáticaLa Ley Ambiental establece principios de: preservación, mejoramiento, restauración.

La agroforestería contribuye a todos, restaura suelos degradados, recupera paisajes, aumenta la biodiversidad, mejora la infiltración y recarga de acuíferos,captura carbono, alineada con la Ley de Cambio Climático nº 27.520/19.

La agroforestería no aparece explícitamente en la Ley Ambiental, perocumple todos sus principios, se integra en sus instrumentos, ayuda al país a cumplir objetivos ambientales, forestales y climáticos. En la práctica, la agroforestería es una herramienta clave para implementar la LGA.

Constituyen marcos complementarios:

  • La Ley nº 22.428/81, de Conservación de Suelos, impulsa prácticas agroforestales como método de conservación y regeneración de suelos degradados; incorpora prácticas de conservación y de vegetación permanente; rotaciones con especies leñosas.

La agroforestería está estrechamente vinculada con los objetivos y principios de esta ley, aunque la ley no la nombra explícitamente. Aun así, sus prácticas encajan perfectamente dentro de lo que la ley promueve y financia.

La Ley de Suelos busca conservar y mejorar la capacidad productiva del suelo,

establece que el Estado debe promover prácticas conservacionistas; se deben evitar la erosión, degradación, desertificación y pérdida de fertilidad; los planes deben incluir manejo sustentable, rotaciones y cobertura; la agroforestería cumple exactamente estos objetivos porque incorpora árboles que mejoran la estabilidad y fertilidad del suelo.

La agroforestería es reconocida como práctica de conservación. Aunque la ley no mencione la palabra agroforestería, sus prácticas se consideran típicamente “Prácticas de Manejo y Conservación de Suelos”, tales como: protección contra la erosión eólica e hídrica; aumento de la materia orgánica; mejora de la estructura y porosidad; fijación de nitrógeno (cuando se usan especies como Acacia o Prosopis); incremento de la infiltración y reducción del escurrimiento superficial; provisión de sombra y control microclimático para pasturas o cultivos.

2) La Ley 26.727/11, de Trabajo Agrario, recientemente modificada  por la Ley nº  27.802/25, tiene relación con la agroforestería. Y si bien no tiene una definición legal explícita en la ley, sí queda alcanzada por la misma porque: a) La ley regula todas las tareas rurales, sin importar el sistema productivo. En su arts. 1 y 2, la ley define como trabajo agrario a toda actividad vinculada directa o indirectamente a la producción primaria agropecuaria, forestal, agroindustrial y afines. b) La agroforestería combina agricultura y manejo forestal, por lo que entra plenamente dentro del ámbito laboral regulado por la ley. c) La ley se aplica a trabajadores rurales que realicen tareas agroforestales, quienes quedan protegidos por: -jornada laboral agraria (arts. 12 -14), condiciones de higiene y seguridad rural, provisión de vivienda rural si corresponde, remuneración mínima garantizada (CNTA), trabajo infantil y derechos de adolescentes (arts. 55-59).

Son ejemplos de actividades agroforestales alcanzadas: plantación, podas y manejo de árboles en cultivos agrícolas; labores de silvopastoreo (manejo animal bajo monte productivo); aprovechamiento forestal de baja escala dentro de un establecimiento agrícola; manejo de cortinas forestales productivas.

La agroforestería implica tareas variadas y estacionales. La ley cubre esto mediante: trabajadores permanentes discontinuos, trabajadores temporarios y estacionales, trabajo familiar agrario, programas de capacitación mediante RENATREEsto permite encuadrar formalmente la diversidad de labores agroforestales.

Aunque la Ley nº26.727/11 no menciona explícitamente la agroforestería, sí regula plenamente el trabajo agroforestal, porque la actividad entra dentro de “agrícola + forestal”.Todas las tareas agroforestales están cubiertas por categorías ya reguladas.

Los empleadores agroforestales deben cumplir las condiciones laborales, de seguridad y registración del régimen agrario.La ley aporta un marco para la formalización, capacitación y protección social de trabajadores rurales en SAF.

5.2.2. Marco jurídico provincial

Cada provincia adapta la Ley nº 26.331/07 y tiene sus propias regulaciones forestales que admiten o incentivan prácticas agroforestales. Asimismo, cuentancon programas que promueven la agroforestería. En: Chaco (Ley n° 1.762-R/18); Formosa (Ley nº1.660/18); Santiago del Estero (Ley n° 6.942/09); Catamarca (Ley n° 5.311/10  y su reglamentación Decreto nº 1.663/11); Córdoba (Ley nº 9.814/10 y los Decretos reglamentarios, Ley nº 10.467/17, nº 1.251/18); Corrientes (Ley n° 5.906/09); Jujuy (Leyes n° 5.676/11 y su actualización, Ley n° 6.097/18); La Rioja (Ley n° 9.711/15); Salta (Decreto de necesidad y urgencia nº 2.789/09, convertido en Ley nº7.585/09); San Juan (Ley nº 1.094-L/10, modificada por la Ley nº 1.439 L /16, texto ordenado y consolidado de la Ley nº 8.174/10); San Luis (Leyn° IX-0697-2009); Santa Fe (Ley n°13.372/13, reglamentada  por el Decreto n° 5.242/14); Tucumán (Ley n° 8.304/10), entre otras provincias.

Respecto a la normativa sobre suelos, la ley nacional nº22.428/81, delega la implementación en las provincias. Así, muchas provincias tienen Programas de Conservación de Suelos que sí incluyen explícitamente prácticas forestales y agroforestales: Córdoba, Santa Fe, Entre Ríos,  Formosa, Chaco, aceptan SSPcomo medidas de conservación.

Salta y Jujuy, incorporan manejo forestal y agroforestal en zonas áridas y semiáridas por su rol en frenar la erosión. En estos programas, un productor puede presentar un Plan Agroforestal como parte del Plan de Conservación de Suelos y recibir beneficios (créditos, asistencia, incentivos).

6. Conclusiones

Si bien la agroforestería aún no es una categoría objeto de regulación jurídica porparte de una ley especial, existen a nivel internacional organismos (FAO, IPCC) y documentos que posibilitan su desarrollo. En igual sentido, a nivel nacional (MAGyP, SENASA, INTA).

Por otra parte, hay normativa internacional, nacional y provincial argentina que la enuncian como una tipología de actividad agraria, aunque sin una regulación específica.

Por lo que la agroforestería necesita jurídicamente para desarrollarse, un marco legal integral, ya que la situación actual genera incertidumbre para productores, técnicos y programas públicos. Para ello, hacen falta cuatro niveles de avances:

  • Reconocimiento legal. Al no haber una ley nacional de agroforestería, hay un vacío principal. Por lo que, para desarrollarse, la agroforestería necesita de: a) una definición legal nacional, que la diferencie deforestación comercial,bosques nativos,agricultura tradicional.Esto permitiría que cualquier productor pueda inscribir un sistema agroforestal sin entrar en zonas grises (por ejemplo, problemas con la Ley nº 26.331/07,de Bosques).b) adecuación y coherencia con leyes existentes, ya que choca con varias leyes que no la contemplan directamente como ser la Ley de Bosques Nativos (nº26.331/07), puesto que necesitareglas claras sobre cómo se evalúan prácticas agroforestales dentro de zonas amarillas o rojas; habilitar planes de manejo agroforestal como categoría válida; evitar que los SAF sean confundidos con desmontes. También en la Ley de Suelos nº 22.428/81, se debería incluir explícitamenteprácticas agroforestales como técnica de conservación biológica,financiamiento para sistemas silvoagrícolas y silvopastoriles. EnlaLey nº 27.118/14,de agricultura familiar, correspondería agregar el reconocimiento de la agroforestería como práctica prioritaria para familias rurales,acceso a créditos blandos y asistencia técnica.c) En la normativa SENASA, se necesitaprotocolos para compatibilizar buenas prácticas agrícolas con SAF (distancias, manejo de fauna, uso de productos).d) Adaptación de las legislaciones provinciales, ya que las provincias necesitan clasificar la agroforestería como uso sostenible del suelo, permitir su desarrollo dentro de los OTBN, crear líneas propias de promoción.
  • Normativa técnica y operativa. El INTA avanzó mucho, pero falta normativa estatal vinculante, y que se necesita de: a) Protocolos técnicos oficiales, manual de manejo agroforestal, listado de especies aptas,densidades máximas/minimas,requisitos para registrar un sistema como agroforestal. b) Criterios para certificación, producción agroforestal sostenible; SSP certificados; cálculo oficial de captura de carbono en agroforestería. Esto permitiría acceder a créditos, demostrar servicios ecosistémicos, integrarse al mercado de carbono.
  • Incentivos económicos y fiscales. Actualmente no existen incentivos nacionales directos para agroforestería. Se necesitan: a) Fondos específicos, incluirla como categoría en la Ley de Bosques (por ejemplo: “bosques cultivados en sistemas integrados”), líneas de crédito del BNA y BICE para sistemas mixtos. b) Beneficios fiscales, amortización acelerada de plantaciones agroforestales, reducción de Ingresos Brutos para productores mixtos, exenciones en inmobiliario rural cuando se acrediten prácticas de conservación. c) Integración al mercado de carbono. Necesita metodología oficial para medir captura, registro nacional de proyectos agroforestales, posibilidad de generar bonos voluntarios.
  • Articulación institucional.Hoy la agroforestería está dispersa entre Agricultura, Bosques, Ambiente e INTA.Se necesita crear: a) un Programa Nacional de Agroforestería con competencias para financiar, capacitar, definir estándares, articular provincias. b) Mesas provinciales agroforestales (fundamental para resolver conflictos con la Ley de Bosques). c) Inclusión en planes de adaptación y mitigación del CC. Argentina necesitaincorporar formalmente la agroforestería en la NDC, habilitar créditos climáticos, reconocerla como herramienta de adaptación en el Plan Nacional de Respuesta al CC.Hoy aparece de manera marginal, y sin instrumentos vinculantes.

Para crecer en Argentina, la agroforestería necesita:una Ley nacional de agroforestería; el reconocimiento explícito en Ley de Bosques, Suelos y Agricultura Familiar; protocolos técnicos oficiales (MAYDS, INTA, SENASA); incentivos económicos y fiscales concretos; un Programa Nacional y articulación federal; inclusión en políticas climáticas (NDC, Plan Nacional) y regulación provincial clara dentro de los OTBN. El camino está frente a nosotros, es un imperativo recorrerlo.

 

Referencias bibliográficas

Durán V., Y. Sistemas agroforestales. [En línea]. Santa Fé de Bogotá, Colombia: UNAD, 2004, 56 p. Disponible en: http://www.unad.edu.co/pages/cursos/agrarias.htm.

FAO. http://www.fao.org/sustainable-forest-management/toolbox/modules/agroforestry/basic-knowledge/es/

Huxley, P. Tropical Agroforestry(1999). Blackwell Science. Oxford, U.K.; pp. 8-12.

INFOLEG. infoleg.gob.ar/infolegInternet.

Nair, P.K.R. (1997) Agroforestería. Centro de Agroforestería para el Desarrollo Sostenible, Universidad Autónoma Chapingo. Chapingo, México.

Nair, P.K.R. (1985). ClassificationofAgroforestrySystems. MartinusNijhoff/ Dr. W. JunkPublishers. Dordrecht, Holanda.

SAIJ – Sistema Argentino de Información Jurídica (SAIJ). https://www.saij.gob.ar

Sharry, S. Los sistemas agroforestales, en Sistemas agroforestales en Argentina, Capitulo 1, en S. E. Sharry, R. A. Stevani Y S. P. Galarco (coordinadores). Facultad de ciencias agrarias y forestales. | UNLP. https://sedici.unlp.edu.ar/bitstream/handle/10915/132084/Documento_completo.pdf-pdfa.pdf?sequence=1&isAllowed=y#:~:text=Si%20bien%20el%20t%C3%A9rmino%20%E2%80%9CAgroforester%C3%ADa,templadas%20de%20todo%20el%20mundo.

wikipedia.org https://es.wikipedia.org/wiki/Agroforester%C3%ADa.

 

Notas

[1] Doctora en Ciencias Jurídicas y Sociales. Profesora Emérita de la Universidad Católica de Santiago del Estero (UCSE). Profesora Extraordinaria Emérita y Doctora Honoris causa de la Universidad Nacional de Santiago del Estero (UNSE). Santiago del Estero, Argentina. e mail: mariaadrianavictoria@gmail.com

 

[2]Las  normas jurídicas pueden verse en: INFOLEG. https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet.SAIJ – Sistema Argentino de Información Jurídica (SAIJ). https://www.saij.gob.ar

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