Revista Iberoamericana de Derecho, Cultura y Ambiente

Revista Iberoamericana de Derecho, Cultura y Ambiente
RIDCA - Edición Nº1 - Derecho Ambiental

Mario Peña Chacón. Director

15 de junio de 2022

La introducción y colaboración de la política ASG en las empresas como forma de protección del medio ambiente

Autor. Vladimir Passos de Freitas. Brasil

Por Vladimir Passos de Freitas[1]


  1. Introducción

Los primeros problemas ambientales en larga escala empezaron a surgir en el siglo XVIII, con el proceso de industrialización en Inglaterra, en la llamada Primera Revolución Industrial. En el siglo XX surgieron los primeros tratados con el fin de proteger bienes naturales y paisajísticos, como la Convención de Londres de 1900, que fue un tratado internacional multilateral sobre la creación de parques para la conservación de la naturaleza. Este movimiento influyó en la legislación brasileña en los años 1930, con la edición de varios documentos como, por ejemplo, el primer Código Forestal (1934) y la creación de Parques Nacionales, como el de Foz do Iguaçu (1938)

Décadas más tarde, en 1962, Rachel Carson escribió la obra “Primavera Silenciosa”,[2] auténtico bramido de guerra contra el uso indiscriminado de pesticidas. En esa época surgieron los movimientos ecológicos preservacionistas y conservacionistas y el informe “Límites del Crecimiento”, preparado por el “Club de Roma”, una organización internacional de intelectuales fundada en 1968 por el italiano Aurelio Peccei y por el escocés Alexander King, para estudios de política internacional, economía y medio ambiente.

Tales preocupaciones llevaron a renombrados científicos a preocuparse y a involucrarse con otras acciones que causaban problemas ambientales, como la ocupación desordenada del suelo, el agotamiento de los recursos naturales y la industrialización sin control. En 1973 alertaba el zoólogo, ecólogo y académico estadounidense Eugene P. Odum, director del Instituto de Ecología de la Universidad de Georgia, que:

“los principios del desarrollo del ecosistema interfieren enormemente en las relaciones entre el hombre y la naturaleza, dado que la estrategia de la ‘máxima protección’ (es decir, de intentar alcanzar el máximo apoyo de la estructura compleja de la biomasa), que caracteriza al desarrollo ecológico, entra con frecuencia en conflicto con el objetivo del hombre de la ‘máxima producción’ (intento de obtener la más alta producción posible). Reconocer la base ecológica para este conflicto entre el hombre y la naturaleza constituye un primer paso en el establecimiento de una política racional de utilización de la tierra”.[3]

Jean Dorsten el mismo año dijo que “se puede constatar cada vez más nítidamente que las actividades humanas están perjudicando a nuestra propia especie. El hombre se intoxica envenenando, literalmente, el aire que respira, el agua de los ríos y el suelo de sus culturas.[4]

En un estudio minucioso de la situación mundial, con un análisis preciso de todos los continentes y de la necesidad de cooperación internacional, Michel y Calliope Beaudy Mohamed Larbi Bouguerra observan que:

“la humanidad está indisociablemente unida y, al mismo tiempo, profundamente dividida. Unida sea a través del intercambio de ideas, informaciones e imágenes, sea a través de la movilidad de los hombres, de las mercaderías y del dinero, sea incluso a través de los desafíos y de los riesgos planetarios. Dividida por las desigualdades sociales, por las necesidades evidentes de algunos y por la diversidad de los caminos a seguir, causas múltiples de discordia y de conflicto”.[5]

A partir de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente, realizada en Estocolmo, Suecia, entre el 5 y el 16 de junio de 1972, la materia entró, definitivamente, en la agenda internacional, inclusive con la creación del Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente – PNUMA.

Aquel primer y gran encuentro generó consecuencias que se exteriorizaron en todos los Poderes de los Estados. En las Asambleas y Cámaras del Poder Legislativo, ocasionó seguidas alteraciones normativas, como regla general, a partir de las Constituciones. Aunque se fue haciendo poco a poco y de forma muy cuidadosa, puesto que al final se trataba de un tema nuevo y había fuertes resistencias.

En América Latina, en la década de ochenta, con la apertura política en escala continental, nuevas constituciones entraron en vigor y han ido revelando preocupación con la cuestión ambiental. Tal hecho fue observado por Raul Brañes al decir que “en este último cuarto de siglo vimos un enverdecimiento (greening) de las Constituciones Políticas de la región, que paulatinamente están ocupándose más y más de establecer las bases para el desarrollo de una legislación ambiental moderna”.[6]

Sin embargo, no por eso los problemas locales e internacionales disminuyeron, al contrario, la cuestión ambiental se viene agravando. Ahora, aún más con las consecuencias del cambio climático, reconocido por centenas de científicos de todo el globo que actúan en el Panel Intergubernamental sobre el Cambio Climático (IPCC) y con la alerta de António Guterres, Secretario General de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), en el sentido de que estamos a camino del desastre.[7]

  1. La evolución de la legislación ambiental en Brasil

En Brasil las primeras preocupaciones con la protección del medio ambiente, de forma coordinada y a nivel internacional empezaron en los años 1960, a través de tímidos encuentros internacionales que exteriorizaban la necesidad de protección de la naturaleza.

Fruto de estos nuevos vientos fue la edición, en Brasil, de un nuevo Código Forestal (Ley 4.771, de 15/09/1965), una Ley de Protección a la Fauna (Ley 5.197, de 03/01/1967) y el Código de Pesca (Decreto ley 221, de 28/02/1967).

Se puede afirmar que el primer paso se dio con el Decreto Ley 1.413, 14 de agosto de 1975, que dispone sobre el control de la contaminación del medio ambiente provocada por actividades industriales. Al Decreto ley citado le siguieron leyes tratando de diversos puntos en el área ambiental. Merecen especial registro, por el pionerismo y por la claridad de la redacción, la Ley 6.938, del 31 de agosto de 1981, que creó la Política Nacional de Medio Ambiente, y la Ley 7.437, del 15 de julio de 1985, que dispuso sobre la acción civil pública para establecerla responsabilidad civil por daños colectivos causados al medio ambiente.

Aunque fue en 1988, gracias a la Constitución, que el medio ambiente adquirió una posición de elevado reconocimiento. En efecto, en el encabezado del artículo 225 y en otros esparcidos en su texto, se amplió el abanico de protección ambiental, y después diversas leyes complementaron la norma constitucional. Así, por ejemplo, la Ley de la Política Nacional de los Recursos Hídricos (Ley 9.433/1977), la de los Crímenes Ambientales (Ley 9.605, de 12/2/1998), que le dio el necesario refuerzo penal, la que creó el Sistema Nacional de Unidades de Conservación de la Naturaleza (Ley 9.985, de 18/7/2000), la que se refiere a la Política Nacional sobre el Cambio del Clima (Ley 12.187, de 29/12/ 2009) y la que se refiere a la Política Nacional de Residuos Sólidos (Ley 12.305, de 2/8/2010).

El agravamiento de los problemas ambientales a partir del año 2000 y el Poder Legislativo bien estructurado, resultaron en la plena concientización del Poder Judicial y en una jurisprudencia de los Tribunales en completa coherencia con las necesidades de la actualidad. Con todo, todavía la solución es parcial y no es posible decir que los problemas ambientales en Brasil hayan sido resueltos.

Además, reviendo la historia del ambientalismo, pasados cincuenta años desde la histórica Conferencia de Estocolmo, se concluye que la cuestión ambiental se convirtió en una preocupación mundial que, incluso, ultrapasa fronteras, régimen político, origen étnico y religioso de los países. Y no podría ser de otra manera, pues claramente, los efectos y las consecuencias del calentamiento global – para citar el ejemplo más elocuente –dejan en posición de igualdad continentes desarrollados y en desarrollo, a pesar de que en estos últimos las consecuencias sean más graves.

A su vez, el desarrollo económico, que a todos sensibiliza y del cual depende la paz social, no puede seguir aislado, sino que debe alinearse a la protección del medio ambiente. Como bien lo pone en alerta Paulo Affonso Leme Machado:

(…) la integración medio ambiente y desarrollo no es un favor al medio ambiente. Algunos políticos y empresarios, e incluso medios de comunicación, en innumerables países, entienden que se deben reservar solamente las migajas o las sobras para el medio ambiente, no observando que, al actuar contra la naturaleza, el fracaso del emprendimiento si no es inmediato, vendrá a medio o largo plazo.[8]

Esta situación no deja dudas de que todos los esfuerzos deben hacerse para que los recursos naturales sean preservados y en esta búsqueda todos los medios lícitos deben ser bienvenidos. O, en otras palabras, todos los distintos caminos son válidos en la búsqueda del bien común.

  1. Las iniciativas de ASG y sus fundamentos

Pese a las iniciativas del Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente – PNUMA y los esfuerzos de muchos países, el problema ambiental se ha agravado continuamente. El Poder Judicial ha ejercido un rol preponderante en la corrección de rumbos trazados por el Poder Ejecutivo, una vez que este Poder de Estado muchas veces es influenciado por los reflejos políticos de sus decisiones.

Desde el punto de vista preventivo y con fuerte atención a los reflejos económicos, la ONU tomó su más contundente iniciativa en 2015, con los Objetivos del Desarrollo Sostenible – ODS, con resultados parciales esperados para 2030 y definitivos para 2050.

No obstante, no se debe olvidar que, a las dificultades comunes existentes para una política global, se les suma la guerra de Ucrania, cuyos resultados ambientales aún no han sido estudiados. Vale aquí citar la observación de Emily Anthes para quien:            

Desde que las fuerzas rusas invadieron Ucrania, en febrero, la atención del mundo se concentró en las ciudades fuertemente bombardeadas del país. Pero Ucrania, en una zona de transición ecológica, también abriga pantanos y florestas vibrantes y una gran franja de estepa virgen. Las tropas rusas ya entraron o realizaron operaciones militares en más de un tercio de las áreas naturales protegidas del país, dijo Krasnolutskyi: «Sus ecosistemas y especies se volvieron vulnerables».[9]

De lo que se concluye que las providencias preventivas y represivas, así sean a nivel local o internacional, no han dado soluciones a los problemas del medio ambiente. En este panorama, surgen los criterios dela práctica Ambiental, Social y de Gobernanza – ASG, conocida en inglés como Environmental, Social and Governance–ESG, lo que significa cómo las empresas, en sus múltiples especies, deben actuar en el campo social (por ejemplo, promoviendo el tratamiento igualitario entre hombres y mujeres), proteger el medio ambiente (por ejemplo, aprovechando la energía solar) y en su administración cooperar con la sociedad (por ejemplo, cuidando una plaza).

Según Fernando Guedes Ferreira Filho, los criterios de la práctica ASG “fueron mencionados por primera vez en la publicación Who Cares Wins, en 2004, y trae preceptos de la forma de actuación de la empresa junto al medio ambiente, en la cuestión social y en la gobernanza corporativa”.[10] Sin embargo, en Brasil ha empezado a divulgarse apenas en los últimos años.

Su importancia, básicamente, consiste en llamar a las empresas para que compartan sus preocupaciones y actividades junto a una forma de vida más justa, ética y responsable.

3.1      La regulación de la responsabilidad social y ambiental de las empresas en Brasil

Las empresas en Brasil y en cualquier parte del mundo tienen como objetivo las ganancias. Así que no se puede pensar ingenuamente que desprenderán dinero voluntariamente y con ello disminuirán la renta de sus socios o las acciones de sus accionistas.

Sin embargo, además de las obligaciones de naturaleza jurídica de protección al medio ambiente y de promover el desarrollo de forma sostenible, conforme el art. 170, IV de la Constitución, tienen obligaciones de naturaleza legal (sociedades anónimas) y éticas (las demás formas de persona jurídica).

Desde el punto de vista legal, la Ley 6.404, de 15/12/1976, que dispone sobre la Sociedad por Acciones en el artículo 154, explícitamente menciona la responsabilidad social de las empresas.

Es por ese motivo que se hizo común en los estudios de impacto ambiental exigirles a las empresas que promueven grandes emprendimientos la realización de servicios sociales como la pavimentación de la calle, la urbanización de áreas, etc. Todo dependerá del porte del proyecto.

Asimismo, hay leyes esparcidas con otras obligaciones, como las de naturaleza ambiental. Por ejemplo, los envoltorios que acondicionan agrotóxicos son de devolución obligatoria por fuerza de los artículos de la Ley 12.305, de 02/08/2010, artículos 12-A, inc.  I y 15 de la Ley 7.802, de 11/07/1989.

Como se ve, la regulación es incipiente. Sin embargo, como alertaron Deborah Batista y Luciana Lanna, en una de las primeras referencias sobre el tema, “los marcos legales son fundamentales para consolidar un escenario favorable a la adopción de consideraciones ASG en la evaluación del desempeño de las empresas por el mercado de capitales.”[11]

En el Estado de Nueva York se aprobó “una ley en 2019 exigiendo que los propietarios de edificios reduzcan sus huellas de carbono.”[12]

La legislación les genera confianza a los inversores y auxilia en la consolidación de las prácticas dentro de las empresas. Los municipios deben tener planes directores urbanísticos que hagan que las políticas públicas perduren más allá de los mandatos de los alcaldes.

Evidentemente, la naturaleza del tema y su propio desconocimiento hace que no haya doctrina y mucho menos jurisprudencia. Para comprenderlo, la única solución es evaluar los puntos principales y juntarlos. Al final, tendremos una colcha de retazos, pero innegablemente, una importante colcha de retazos.

3.2     La responsabilidad de las empresas en la protección del medio ambiente

Como ya se ha dicho, las preocupaciones de naturaleza ambiental se discutieron por primera vez en 1972, en la primera conferencia internacional de la Organización de las Naciones Unidas, en Estocolmo.

Visiblemente, las conclusiones de la gran conferencia estaban dirigidas a los Estados y no a las empresas. Además, en 1999, fueron objeto del “Pacto Global de las Naciones Unidas”, que adopta diez principios universales, derivados de la Declaración Universal de Derechos Humanos, de la Declaración de la Organización Internacional del Trabajo sobre Principios y Derechos Fundamentales en el Trabajo, de la Declaración de Rio sobre el Medio Ambiente y Desarrollo y de la Convención de las Naciones Unidas Contra la Corrupción.

Las corporaciones que pasan a formar parte del Pacto Global se comprometen a seguir estos principios en el día a día de sus operaciones. Se pueden citar como ejemplos:

7) apoyar un abordaje preventivo a los desafíos ambientales

8) desarrollar iniciativas para promover la responsabilidad ambiental

9)  incentivar tecnologías que no agreden al medio ambiente

Tras la edición del “Pacto Global de las Naciones Unidas”, los países comprometidos con la cuestión ambiental crearon pactos empresariales locales, lo que representó un avance en las preocupaciones de las empresas. En nuestro país, actualmente, 751 empresas participan y según el sitio del Pacto Global, la Red Brasil fue:

Creada en 2003, la Red Brasil responde a la sede del Pacto Global, en Nueva York, y preside el Consejo de las Redes Locales en América Latina. Los proyectos conducidos en el país son desarrollados por medio de las Plataformas de Acción (Acción por el Agua, Acción por el Agro Sostenible, Acción por los Derechos Humanos, Acción por el Clima, Acción contra la Corrupción, Acción por los ODS y Acción para Comunicar y Comprometerse) y de los Programas Internacionales. Actualmente están transcurriendo 40 iniciativas, que cuentan con la participación de centenas de empresas, así como agencias de la ONU y agencias gubernamentales.[13]

Un buen ejemplo de iniciativa empresarial en el Pacto Global es la de la ampliación del programa Equidad es Prioridad, que ahora tendrá dos versiones: la de equidad de género y la étnico racial, con la participación del Centro de Estudios de las Relaciones de Trabajo y Desigualdades (CEERT).[14] 

Entonces se puede afirmar, a partir de la experiencia brasileña, que el “Pacto Global de las Naciones Unidas” es una iniciativa de éxito.

3.3      Inversiones e imagen de las empresas

Las corporaciones son inducidas a adoptar la ASG, porque innumerables fondos de inversiones, con miles de millones de dólares disponibles para aplicar, ya decidieron apoyar únicamente a las empresas que desarrollan modelos de negocios sostenibles y responsables, comprometidos con los principios ASG. El sector empresarial necesita estar atento a este relevante movimiento global, caso contrario, brevemente encontrará dificultades para permanecer competitivo.

Así que desde el punto de vista del interés y no como obligación ética o legal, las empresas pueden actuar con el propósito de la preservación de una buena imagen que efectivamente les traerá buenos rendimientos.

En Brasil, desde 2010, la Bolsa de Valores de São Paulo posee la cartera del índice “verde”, que está formada por 42 empresas con prácticas de gestión ambiental transparente y volcada hacia los cambios climáticos, como Ecodiesel, Santander, Natura, Eletrobras, entre otras. Más recientemente, es decir, el 26 de mayo, la CVM presentó “El estudio La agenda ESG y el mercado de capitales – Un análisis de iniciativas en curso, desafíos y oportunidades para futuras reflexiones de la CVM. El material presenta la relación entre el mercado de capitales y la sustentabilidad, el contexto histórico y los debates que involucran aspectos ESG (environmental, social and gobernance – ESG en inglés) y regulatorios, así como experiencias Internacionales”.[15]

Nótese que la política ASG para las empresas va más allá de los greenbonds, que son títulos de deuda con sello de sostenibilidad ambiental. En realidad, otro título fue puesto en el mercado, el SLB, sigla que corresponde a Sustaintability Linked Bonds, que indica el compromiso de las corporaciones en asumir metas sociales y de gobernanza, además de las ambientales. La búsqueda por inversores por estos títulos ha aumentado gradualmente.

3.4.      Los jóvenes, sus nuevos hábitos y la repercusión en las prácticas empresariales

El reportaje de Luiza Pollo afirma que el consumidor más joven manda y ya hace su elección “social”, registrando que la generación Millennial y la generación Z son las más exigentes y les cobran a las marcas la participación en las soluciones de los problemas.[16]

Las nuevas generaciones son de gran importancia en la aplicación de políticas ASG. Se calcula que exista una nueva generación a cada veinte años. Entonces no es posible atribuirles las mismas características a un adolescente de 18 años y a un adulto con 38.

El joven de 18 años influencia en la medida que se recusa a ambicionar a tener un coche, a comer carne o a consumir ropas de marca, optando por comprar en tiendas de segunda mano. Un inversor de 38 años, por lo tanto, joven, influencia cuando opta por fondos que adoptan prácticas ASG.

Así que dicha circunstancia debe obligatoriamente entrar en las discusiones sobre la política ASG, porque la orientación de las nuevas generaciones afecta y afectará la vida económica empresarial.

  1. Prácticas ASG, ¿Quién y cómo se evalúan?

Las prácticas ambientales ASG, como economía de agua, energía solar, aprovechamiento y destino adecuado de residuos y otras, no pueden quedar en meras afirmativas de empresas, ya que algunos podrán valerse del tema sin una verdadera voluntad de practicarlas, o sea, el llamado greenwashing.

Para evaluar las prácticas ASG, han sido usadas en Brasil las normas GRI Global Reporting Initiative (GRI Standards), que representan las mejores prácticas globales para el relato público de impactos económicos, ambientales y sociales, dando las mejores informaciones disponibles.[17] 

Por ahora, tenemos apenas la Resolución 4.327 del Banco Central que propone una gobernanza corporativa dentro de los bancos para hacer la evaluación de riesgo socioambiental. No obstante, el Banco Central creará métricas, pues abrió una consulta que se hizo hasta el 5 de junio, pidiendo sugerencias para una propuesta que cambia el riesgo social, relacionado a prácticas de violación de derechos fundamentales o de intereses colectivos, y el riesgo ambiental, asociado a actos de degradación del medio ambiente. La idea es crear parámetros, que serán exigidos en los contratos de financiación que los Bancos hagan.

Evidentemente, hacer los informes anuales de sostenibilidad no es una tarea simple. Las múltiples actividades son distintas entre sí en cuanto a los intereses, forma y tamaño. Por ejemplo, una empresa de agronegocio, una de saneamiento y otra minera, exigen informes muy diversos. Por eso es un enorme desafío que se fijen métricas, aunque sean indispensables.

Una referencia han sido los 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible – ODS de la ONU. Como combaten el hambre, el calentamiento global y luchan por la distribución de renta, la igualdad de género, la protección del agua y otros ítems, sus 185 indicadores pueden ser usados en la evaluación de la política ASG. Por ejemplo, el Objetivo de Desarrollo Sostenible 6 trata del agua potable y el saneamiento. Veamos la redacción del indicador6.4.2: “Nivel de estrés hídrico: extracción de agua dulce en proporción a los recursos de agua dulce disponibles.”Entonces, si una empresa del agronegocio que hace el cultivo de soja retira, de forma excesiva e inadecuada, aguas de un río para fines de riego, no puede ser reconocida como verdadera practicante de la política ASG. Consecuentemente, esta situación podrá dificultar las financiaciones que recibe.

            Para los fondos de inversión hay una serie de reglas determinadas por la Asociación Brasileña de las Entidades de Mercados Financieros y de Capital -ANBIMA,[18] que es una asociación civil creada para fortalecer, representar, autorregular, informar y apoyar el mercado de capitales y que hoy congrega 46 fondos, con R$ 2,5 mil millones en activos.[19]

            La Certificación de Inversiones en ASG, desarrollado por la CFA UK, tiene como enfoque las habilidades exigidas por profesionales de inversiones para integrar factores ASG (ambientales, sociales y de gobernanza) en el proceso de inversión. Un ejemplo de certificación es el del Amcham en colaboración con Amelia Miazad, profesora residente en Berkeley Law, en California, EE. UU.

            La Comisión de Valores Inmobiliarios de la Bolsa de Valores de São Paulo está promoviendo estudios para la reformulación del formulario de referencia, de modo a exigirles la exposición de datos más clara a las empresas, incluso “sobre la diversidad en los cargos de administración y entre los empleados.”[20]Este aspecto no está exactamente relacionado con el medio ambiente, sin embargo, es una muestra de la intención de cambios en las prácticas de evaluación.

Impactos positivos de la adopción de ASG

Los reflejos positivos de las prácticas de sostenibilidad ambiental, bien como las de la inclusión social y de la buena gobernanza dispensan comentarios. No hay que olvidarse que los efectos extrapolan a la persona jurídica que las adopta.

Además, la adopción de políticas ASG puede ser practicada por personas jurídicas que no son propiamente empresas, como aquellas que no tienen fines de lucro. Las universidades, los clubes con miles de asociados y las entidades como asociaciones comerciales pueden adoptar las prácticas ASG con enormes reflejos de la vida en la colectividad. Imaginemos, por ejemplo, una Universidad exigiendo respeto a tales reglas a todos los que se involucren con ella en cualquier condición. Asimismo, imaginemos si un órgano estatal como la Asamblea Legislativa, que por motivos obvios no ambiciona lucro, adopta la política ASG. No es difícil imaginar las consecuencias positivas, por ejemplo, la exigencia de que todos los que con ella negocien adopten prácticas semejantes, bajo pena de que no se les renueven los contratos. Los efectos serán de gran porte y altamente positivos.

También entran en la economía circular lo que significa encontrar alternativas para compensar alguna etapa del proceso de producción. Por ejemplo, encontrar utilidad, aprovechamiento, en el material utilizado que será descartado. Exigir además la adaptación de los vendedores a las reglas de sostenibilidad es un buen camino.

Aunque no todo es sencillo en esta área. Hay también impactos complejos al adoptarlas, pues pueden reflejarse en los precios y perjudicar a los consumidores. Por ejemplo, en California, EE. UU., estado que cuenta con severas restricciones ambientales, líder en el país en el combate a los cambios climáticos, actualizó su Código de Construcción Civil estatal para exigir que nuevas residencias y edificios comerciales sean equipados con paneles solares, baterías y cableado eléctrico necesarios para abandonar los calentadores alimentados por gas natural y dar lugar a bombas de calor movidas a electricidad. Se prevé un serio impacto en los precios en general.[21]

A la inflación de exigencias ambientales y sociales se le da el nombre de greeninflation. Según Célia Froufe “Se trata de una elevación causada por reglamentación ambiental más rígida o por un modo de consumo más consciente, que interfiere en los precios de una gama amplia de servicios y bienes, desde el transporte marítimo y la producción de cartón hasta el cambio de vegetales ‘tradicionales’ por orgánicos, generalmente más caros.”[22]

El compromiso con la práctica ASG y la práctica del greenwashing

Finalmente, resta saber si la práctica ASG no será una moda pasajera que en poco tiempo será abandonada o si prevalecerá la práctica del greenwashing, o sea, las acciones que simulan la adhesión a las prácticas sostenibles, pero que, en realidad, no corresponden a la verdad o lo hacen parcialmente, incluso con el uso de certificados ambientales fraudulentos.

Celso Antonio Pacheco Fiorillo observa con prioridad que:

Al usar la sigla ASG como tan solo una táctica de marketing para vender más productos a un precio más alto haciéndoles difícil la elección inteligente a las personas, es como una forma de publicidad de manera indebida e incluso ilegal en el sentido de hacer posible la venta y entrega de productos a los consumidores u otras empresas sin adoptar efectivamente las mejores prácticas ASG (greenwashing). Las empresas que adoptan las referidas “tácticas” violan el sistema constitucional bien como las reglas establecidas por la ley 8078/90 puesto que usan publicidad PROHIBIDA POR LEY(Art. 37. Se prohíbe toda publicidad engañosa o abusiva).[23]

Tal situación debe ser combatida con severidad, a fin de que no descalifique el proyecto ASG. Por lo tanto, la empresa que practique la propaganda engañosa en tales condiciones estará violando, en mi opinión, el art. 37 de la Ley 8.078, de 11/09/1990, hecho que podrá someterla a sanciones administrativas (art. 56) y penales (art. 67).

De momento, solo se puede tener una idea más clara sobre estas dudas cruciales al acompañar las actividades de las empresas. En Brasil, la empresa Vivo, compañía telefónica, viene intentando implementar las prácticas ASG y da un ejemplo que, pese a que no sea del área ambiental, merece ser recordado. La empresa reveló públicamente, a través de su Ejecutiva de Sostenibilidad que:

“…  tienen el 28% de profesionales negros en todos los cargos, siendo el 19,2% de ellos en cargos de liderazgo. Además, el 42,6% de la plantilla de empleados está compuesto por mujeres, teniéndolas al 27,9% como líderes en ámbito general, el 24,5% son directoras y el 33,7% trabajan a nivel gerencial. Vale destacar que la empresa Vivo también tiene 29 colaboradores transexuales, número que debe subir el próximo año. “Tenemos profesionales con varios tipos de discapacidad, desde las más leves hasta las más severas. Auditiva (12%); Física (58%); Intelectual (0,4%); Rehabilitado (9%); Visual (20%).[24]

Aún en el área de la gobernanza, hay un hecho que impactó a la Corredora XP, fuerte institución financiera. Con base en una foto que se hizo pública, el 18 de agosto del año de 2021, entidades de los movimientos negro, feminista y de defensa de los Derechos Humanos protocolaron una acción civil pública contra la referida corredora y su centro acreditado Ável Investimentos, por la falta de diversidad en la plantilla de empleados. La acción pide indemnización de R$10 millones por daño social y moral colectivo y que las empresas cumplan una serie de medidas para aumentar la diversidad.[25]

En este ejemplo se hace evidente la despreocupación de la Corredora con las prácticas ASG, lo que la obliga a defenderse en una acción judicial que, aunque sea juzgada improcedente, le trae un flagrante perjuicio político.

Consideraciones finales

Las prácticas de la política ASG no son una solución mágica para los graves problemas ambientales que afectan a Brasil y al resto del planeta. No se pretende que sustituyan otras adoptadas hace décadas, entre las cuales se destaca el sistema de comando y control, con responsabilidad administrativa, civil y penal a los que causen daños al medio ambiente. Sin embargo, se espera que contribuyan considerablemente en los esfuerzos para proteger nuestros recursos naturales, sumándose a los demás medios utilizados para este fin.

Es cierto que Brasil aún no se encuentra en el nivel de parte de los países europeos en cuanto a las prácticas de ASG como afirmó Miguel Stilwell, presidente del grupo portugués EDP, en entrevista para el periódico O Estado de São Paulo.[26] Pero, es cierto también que al no adoptar las prácticas ASG, se dejarán empresas fuera del círculo comercial, generando problemas económicos.

Por otro lado, la adopción de prácticas ASG certificadas auxiliarán en la demostración de los buenos propósitos por parte de la empresa, y podrán dar soporte en la defensa judicial de acciones de responsabilidad por los daños ambientales.

Por todo lo que fue comentado, es posible afirmar que la política de prácticas ASG vino para quedarse y dará una valiosa colaboración en la protección del medio ambiente de Brasil con reflejos en otros países, principalmente de Sudamérica.

Referencias

 ANBIMA. Autoregulação. Disponible en:  https://www.anbima.com.br/pt_br/resultado-busca.htm?query=fundos+de+investimento+e+esg. Acceso en 27 Mayo 2022

BATISTA Deborah C. e LANNA, Luciana. A economia sustentável e o ESG. São Paulo: Valor, 1º dez. 2020, E2.

BEAUD, Michel e Calliope; BOUGUERRA, Mohamed Larbi. Estado do ambiente no mundo, Lisboa: Instituto Piaget, 1993.

BRAÑES, Raul. O constitucionalismo ambiental latino-americano. São Paulo: Revista Ajufe, 1995, p. 55/65.

CARSON, Rachel . Primavera silenciosa. São Paulo: Gaia, 2010.

Comissão de Valores Mobiliários – CVM da Bolsa de Valores de São Paulo.  A agenda ASG e o mercado de capitais – Uma análise das iniciativas em andamento, os desafios e oportunidades para futuras reflexões da CVM. Disponibleen: https://www.gov.br/cvm/pt-br/assuntos/noticias/cvm-divulga-estudo-sobre-esg-e-o-mercado-de-capitais. Accesoen 29 Mayo 2022.

DORST, Jean. Antes que a natureza morra. São Paulo:Ed. Edgard Blucher, 1973.

FIORILLO, Celso Antônio Pacheco. ESG (environmental, social and corporategovernance): a publicidade enganosa e a publicidade abusiva em face do direito empresarial ambiental brasileiro. Lisboa: Revista Jurídica Luso-Brasileira, Ãno 8 (2022), nº 3, p. 282.

Folha de São Paulo, Ambiente. Emily Anthes. Atingida pela guerra na Ucrânia,natureza é a ‘vítima silenciosa’, 15 abr. 2022. Disponible en:  https://www1.folha.uol.com.br/ambiente/2022/04/atingida-pela-guerra-na-ucrania-natureza-e-a-vitima-silenciosa.shtml. Acceso 25 de mayo 2022.

FERREIRA FILHO, Fernando Guedes. CBIC. Esg e o Jurídico. Disponibleen: https://cbic.org.br/artigo-esg-e-o-juridico/. Acceso 7 Noviembre 2021.

GRI Resource Center.  Disponible en:https://www.globalreporting.org/media/wtaf14tw/a-short-introduction-to-the-gri-standards.pdf. Acceso en 25 Mayo 2022.

JP.O que é pior: praticar o racismo ou usar o combate ao racismo para se promover? Disponible en: https://jovempan.com.br/opiniao-jovem-pan/comentaristas/paulo-mathias/o-que-e-pior-praticar-o-racismo-ou-usar-o-combate-ao-racismo-para-se-promover.html. Acceso en 27 Mayo 2022.

MACHADO, Paulo Affonso Leme. Direito Ambiental Brasileiro. 14ª Edição. São Paulo: Malheiros, 2014,

O Estado de São Paulo, Negócios. Risco climático acelera aposta de investidores em edifícios cada vez mais “verdes. São Paulo: 8 nov. 2021..

O Estado de São Paulo. Economia. 29 Septiembre 2021, B2.

O Estado de São Paulo.  Estado Economia, Com “custo verde” obra na California encarecerá. 4 Septiembre, 2021, p. B9.

O Estado de São Paulo. Negócios. 3 Noviembre 2021, B12.

O Estado de São Paulo – Estado Economia,  CéliaFroufe. Inflação verde” vira foco de preocupação dos economistas, 19 Agosto 2021, p. B6

ODUM, Eugene P. Fundamentos de ecologia. Lisboa: Fundação Calouste Gulbenkian, 1988.

PACTO GLOBAL – REDE BRASIL.  No Brasil. Disponível em: https://pactoglobal.org.br/no-brasil. Acceso  7 nov. 2021.

Pacto Global – Rede Brasil. Rede Brasil do Pacto Global da ONU amplia Equidade é Prioridade com compromissos de gênero e étnico-raciais.Disponible en: https://www.pactoglobal.org.br/noticia/518/rede-brasil-do-pacto-global-da-onu-amplia-equidade-e-prioridade-com-compromissos-de-genero-e-etnico-raciais. Acceso 26 mayo 2022.

O Estado de São Paulo. Luiza Pollo. Consumidor mais jovem manda e já faz escolha “social”. Especial, 27 Junio 2021, X23.

Valor. Investe. Juliana Schincariol. Investidor quer medir eficácia de produto ESG. 29 Octubre 2021, C6.

 

 Citas

[1].Profesor de Derecho Ambiental y Sostenibilidade nel Programa de Posgrado Stricto Sensu (Maestría y Doctorado) de la Pontificia Universidad Católica de Paraná – PUCPR; Camarista Federal Retirado; ex presidente del Tribunal Regional Federal de la 4ª Región; Doctor en Derecho por la Universidad Federal de Paraná; Post-Doctorado por la FSP en la Universidad de São Paulo; ex Fiscal de Justicia en los Estados de Paraná y São Paulo y ex Secretario Nacional de Justicia del Ministerio de Justicia y Seguridad Pública de Brasil; E.mail: vladimir.freitas@terra.coom.br .

[2]CARSON, Rachel . Primavera silenciosa. São Paulo: Gaia, 2010.

[3] ODUM, Eugene P. Fundamentos de ecología. Lisboa: Fundação Calouste Gulbenkian, 1988, p. 428.

[4] DORST, Jean. Antes que a natureza morra,. São Paulo: 1973, p. 113-114.

[5] BEAUD, Michel e Calliope; BOUGUERRA, Mohamed Larbi. Estado do ambiente no mundo, Lisboa: Instituto Jean Piaget, 1993, p. 11.

[6] BRAÑES, Raul. O constitucionalismo ambiental latino-americano. São Paulo: Revista Ajufe, p.55/65.

[7] Nações Unidas – Brasil. Relatório climático da ONU: estamos a caminho do desastre, alerta Guterres. Disponible en: https://brasil.un.org/pt-br/176755-relatorio-climatico-da-onu-estamos-caminho-do-desastre-alerta-guterres. Acceso 21 mayo de 2022.

[8] MACHADO, Paulo Affonso Leme. Direito Ambiental Brasileiro. 14ª Edição. São Paulo: Malheiros, 2014, p. 860.

[9] Folha de São Paulo, Ambiente. Emily Anthes. Atingida pela guerra na Ucrânia, natureza é a ‘vítima silenciosa’, 15 abr. 2022. Disponible en:  https://www1.folha.uol.com.br/ambiente/2022/04/atingida-pela-guerra-na-ucrania-natureza-e-a-vitima-silenciosa.shtml. Acceso 25 de Mayo 2022.

[10]FERREIRA FILHO, Fernando Guedes. CBIC. Esg e o Jurídico. Disponível em: https://cbic.org.br/artigo-esg-e-o-juridico/. Acceso 7 Noviembre 2021.

[11] BATISTA Deborah C. e LANNA, Luciana. A economia sustentável e o ESG.  Valor, 1º Deciembre. 2020, E2.

[12] O Estado de São Paulo, Negócios. Risco climático acelera aposta de investidores em edifícios cada vez mais “verdes”, 8 Noviembre. 2021, B6.

[13] Pacto Global – Rede Brasil – No Brasil. Disponible en: https://pactoglobal.org.br/no-brasil. Acceso  7Noviembre 2021.

[14] Pacto Global – Rede Brasil. Rede Brasil do Pacto Global da ONU amplia Equidade é Prioridade com compromissos de gênero e étnico-raciais. Disponible en: https://www.pactoglobal.org.br/noticia/518/rede-brasil-do-pacto-global-da-onu-amplia-equidade-e-prioridade-com-compromissos-de-genero-e-etnico-raciais. Acceso 26 Mayo 2022.

[15] Comissão de Valores Mobiliários – CVM , Bolsa de Valores de São PauloA agenda ASG e o mercado de capitais – Uma análise das iniciativas em andamento, os desafios e oportunidades para futuras reflexões da CVM.Disponibleen: https://www.gov.br/cvm/pt-br/assuntos/noticias/cvm-divulga-estudo-sobre-esg-e-o-mercado-de-capitais. Accesoen 29 Mayo 2022.

[16]O Estado de /são Paulo. .LuizaPollo. Consumidor mais jovem manda e já faz escolha “social”.  Especial, 27 jun. 2021, X23.

[17] GRI Resource Center. A short introductionto the GRI Standards.Disponible en:https://www.globalreporting.org/media/wtaf14tw/a-short-introduction-to-the-gri-standards.pdf. Acceso en 25 Mayo 2022.

[18] ANBIMA. Autoregulação. Disponible en:  https://www.anbima.com.br/pt_br/resultado-busca.htm?query=fundos+de+investimento+e+esg. Acceso en 27 Mayo 2022

[19] O Estado de São Paulo. Economia. 29 Septiembre 2021,B2.

[20] Valor. Investe. Juliana Schincariol. Investidor quer medir eficácia de produto ESG. 29 Octobre. 2021, C6.

[21] O Estado de São Paulo.  Estado Economia, Com “custo verde” obra na California encarecerá. 4 set. 2021, p. B9.

[22]O Estado de São Paulo – Estado Economia,  CéliaFroufe. ”Inflação verde” vira foco de preocupação dos economistas, 19 Agosto 2021, p. B6

[23] FIORILLO, Celso Antônio Pacheco. ESG (environmental, social and corporategovernance): a publicidade enganosa e a publicidade abusiva em face do direito empresarial ambiental brasileiro. Lisboa: Revista Jurídica Luso-Brasileira, Ano 8 (2022), nº 3, p. 282.

[24]Luiza Vilela, 16/8/2021, Executiva de sustentabilidade da Vivo, Por que o ESG se tornou essencial para os negócios?.Disponible en:https://www.consumidormoderno:xx.com.br/2021/08/16/esg-essencial-negocios/?utm_campaign=news_cm_17082021&utm_medium=email&utm_source=RD+StationAcceso en 19 set.. 2022..

[25]JP.O que é pior: praticar o racismo ou usar o combate ao racismo para se promover?Disponible en: https://jovempan.com.br/opiniao-jovem-pan/comentaristas/paulo-mathias/o-que-e-pior-praticar-o-racismo-ou-usar-o-combate-ao-racismo-para-se-promover.html. Acceso en 27 Mayo 2022.

[26] O Estado de São Paulo. Negócios. 3 nov. 2021, B12.

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