Revista Iberoamericana de Derecho, Cultura y Ambiente

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RIDCA - Edición Nº2 - Derecho Animal

Laura C. Velasco. Directora

20 de diciembre de 2022

Bienestar animal y padrones de mascotas en México

Autor. Ricardo Rafael Negroe Alvarez. México

Ricardo Rafael Negroe Alvarez[1].

Introducción

El derecho ambiental y a su vez el derecho animal surge como una manera de proteger los recursos naturales existentes en el mundo, con la finalidad de otorgarle a las futuras generaciones la posibilidad de tener asegurado un medio ambiente sano y mejor que el que tenemos actualmente. Con esa iniciativa la cooperación internacional ha ido trabajo en ese objetivo; sin embargo, aún existen retos por superar, debido a la sobreexplotación de recursos naturales y animales para cumplir con las necesidades alimentarias y el consumismo, principalmente de la sociedad. Así mismo expertos y juristas se han enfocado a desarrollar legislaciones y normatividades que puedan darles a los animales la calidad de vida que merecen, así como excluirlos de maltratos, abandono y sufrimiento; es por ello que las legislaciones mexicanas y mundiales se han dado a la tarea de crear diferentes leyes para su protección.

Desarrollo

El Bienestar Animal es, de alguna manera, un concepto tan antiguo en el mundo como la ganadería, debido a que desde sus comienzos el ser humano evitó alimentarse de animales enfermos y procuró que éstos no murieran antes de sacrificarlos para su consumo. Incluso se cree que fue uno de los aspectos que hizo posible la domesticación, porque sin esta condición los animales no habrían permanecido junto al hombre cuando no se disponía de medios para su contención, como cercas, alambrados o jaulas. En el mundo, la primera ley para la protección de los animales fue la hecha en Inglaterra en el año1822. Asimismo, otro de los antecedentes de dicho concepto es el libro Animal Machines, escrito por Ruth Harrison en 1964, con el cual se abrió las puertas al debate sobre la ética de la producción animal en la agricultura del Reino Unido. El impacto que la publicación generó en la sociedad británica llevó al Parlamento a la creación del Comité Brambell, que en 1965 postuló las 5 libertades mínimas de las que todo animal debería gozar (voltearse, cuidarse corporalmente, levantarse, echarse y estirar los miembros). Este comité fue el primero en proponer una definición científica de bienestar; e igualmente, fue el comienzo para abordar la importancia del comportamiento en relación al bienestar animal, destacando por la admisión de que los animales tenían sentimientos.

Posteriormente, en 1993, el Consejo de Bienestar para los Animales de Granja (Farm Animal Welfare Council) del Reino Unido, formuló las nuevas cinco libertades, aún vigentes, como una forma de mejorar las anteriormente propuestas por el Comité Brambell, que consisten en las siguientes:

  1. Libertad de sed, hambre y malnutrición, por acceso a agua fresca y a una dieta que mantenga plena salud y vigor.
  2. Libertad de incomodidad, proveyendo un apropiado ambiente, incluyendo refugio y una confortable área de descanso.
  3. Libertad de dolor, heridas, y enfermedades, mediante prevención o diagnóstico rápido.
  4. Libertad para expresar su comportamiento normal, proveyendo suficiente espacio, instalaciones apropiadas y compañía de animales del mismo tipo.
  5. Libertad de miedo y aflicción, proveyendo condiciones que eviten el sufrimiento mental.

Es así que la Organización Mundial de Sanidad Animal (OIE), a partir del año 2000, como organismo internacional de referencia en bienestar animal, fue estableciendo principios recomendatorios dentro del Código de Animales Terrestres para que los países miembros de la Organización Mundial de Comercio (OMC), entre ellos México, parta que se promueva y armonicen su legislación nacional en esta materia.

Si bien, como podemos observar, este principio nace como parte de un acuerdo de vigilancia para establecer parámetros de bienestar en aquellos animales que sean criados para su consumo y dirigido a luchar contra las enfermedades infecciosas de los animales, que pudieran ser transmitidas a los humanos; esto también ha influido en el cuidado de la vida animal, como es el caso de las especies domésticas, permitiendo que en conjunto con otros principios y tratados internacionales se formulen legislaciones adecuadas para su protección.

Es ya conocido que diversos países en el mundo, tanto europeos como americanos, así mismo, han venido desarrollando políticas públicas diversas desde hace varios años con la intención de mejorar la vigilancia y procuración de salud animal. Entre estos destacan Canadá, Argentina, Colombia, España, entre muchos otro más, que han decidido implementar políticas integrales que toman en cuenta la protección y bienestar de muchas especies animales, no solo las domésticas, llevando a cabo múltiples actividades a fin de darle una solución al problema desde raíz y atender cada una de sus causales. Parte indispensable para la preservación, procuración y cuidado del bienestar animal ha sido primeramente instaurar la aplicación de censos de mascotas en medios principalmente urbanos.

Los censos forman parte indispensable para conocer la cantidad y estado de salud de los animales de compañía que habitan en un territorio, cuestión primordial para poner en práctica políticas públicas y proyectos que permitan combatir el maltrato animal. El Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) en México, presentó los resultados de la primera Encuesta Nacional de Bienestar Autorreportado (ENBIARE); de la cual, con el propósito de producir información estadística sobre distintas dimensiones de la medición del bienestar de la población adulta en nuestro país, se obtuvo, entre otras cosas, que el 69.8% de los hogares mexicanos cuenta con algún tipo de mascota; es decir, un acumulado de ochenta millones de mascotas, siendo caninos el 43.8 millones de ellas, felinos 16.2 millones y 20 millones de una variedad distinta. Igualmente, la encuesta arrojó que el 85.7% de la población adulta, tuvo alguna manifestación de empatía con la vida no humana, esto es, ha realizado algo para evitar la crueldad o el sufrimiento animal y/o cuidar plantas y árboles en su entorno; en tanto que 73.4% declaró cohabitar con mascotas. Teniendo en cuenta lo anterior, debemos considerar que, con el alto porcentaje de animales domésticos que se encuentran en un hogar mexicano, se hace necesario implementar medidas adecuadas para conocer su bienestar; pues si bien, el INEGI ha proporcionado cifras sobre la cantidad de mascotas existentes en nuestro país; en estas no se especifica el estado de salud en el que se encuentran; situación que, a mi parecer, contribuye al alto abandono y maltrato animal que se observa en diversos ambientes públicos y privados; pues, no es extraño identificar en medios urbanos o rurales diversas especies de animales domésticos deambular en total desamparo, con enfermedades visibles en piel y desnutrición, entre otras. (Intituto Nacioanl de Estadisticas y Geografia INEGI, 14 de Diciembre 2021)

Una de las iniciativas para el combate del maltrato animal es la de creación de un padrón de mascotas, que es conformado por un conjunto de datos que permite conocer las características que identifican de manera única y particular a un animal de este tipo; igualmente, cabe destacar que las mascotas, idealmente deben estar bajo el cuidado de una persona, por lo que, el padrón al que se hace referencia debe incluir también los datos personales del dueño u adoptante que cuida de la misma; esto con la finalidad de mínimo conocer el domicilio y datos de identidad de la persona a cargo de la mascota, pues precisamente este padrón al contener los datos de ambos, tiene la finalidad de ayudar en la localización de mascotas extraviadas que la mayoría de las veces terminan abandonadas en la vía pública; así como también en casos de maltrato animal o de alguna enfermedad transmisible para los humanos o la misma especie animal, para que así se pueda tener un mejor rastreo y atención por parte de la autoridad competente.

En México, las entidades federativas han ido legislando en materia ambiental, así como en materia de protección animal; lo que ha propiciado que diversos Estados como Puebla, Aguascalientes y la Ciudad de México entre otros, hayan puesto en marcha el uso de padrones de mascotas, hasta ahora limitado a perros y gatos exclusivamente, con la finalidad de conocer con mayor certeza la cantidad de mascotas que existen en su territorio, entre otras cosas más; por ejemplo, si se encuentran esterilizados, con sus vacunas al corriente, su estado de salud, etc.; y en el caso de la Ciudad de México, este se ha implementado con la finalidad de realizar campañas de vacunación, desparasitación y esterilizaciones a las mascotas o animales de compañía, esto con la finalidad de ofrecer salud y bienestar animal.

En México se han venido implementando los padrones a manera de que la misma población haga saber a la autoridad competente sobre los rasgos o características físicas específicas de su mascota, así como proporcionar una fotografía de la misma; y en caso de tener un tatuaje o microchip agregar dicha información; con el objetivo de que en caso de su extravío se tenga mayor facilidad para ser encontrada y devuelta a sus dueños.

Las legislaciones mexicanas en materia animal correspondientes a las ciudades con las cuales se ha ejemplificado, no se encuentra que sea obligatorio el registro de mascotas; en el caso de México, se viene implementando el uso de registro o formación de padrón de mascotas, de manera más informal en comparación a otras ciudades extranjeras. Lo que puede traducirse en que, al no existir obligatoriedad para llevar a cabo dicho registro, la población no se interese en hacerlo, por lo tanto, si se toma en cuenta que, el registro de mascotas, ayuda a conocer la cantidad de animales de compañía que existen en un territorio determinado, así como el estado de salud y calidad de vida, esto propicia que la autoridad encargada de vigilar el bienestar, protección y mejoramiento de la vida animal cree políticas públicas enfocadas en las necesidades de este sector. Por lo tanto, es necesario que las autoridades busquen dar mayor seriedad a la implementación de estos proyectos. Cabe destacar que, en México, las leyes relacionadas a los derechos de los animales no son tomadas con la seriedad necesaria, es por ello que los activistas y las asociaciones defensoras de los animales toman un papel importante, aconsejando y promoviendo normatividades con ayuda de diputados y senadores para fortalecer y mejorar las leyes que ya son existentes en materia de derecho animal.

Conclusiones

Este interés por la preocupación de proteger, cuidar y mejorar el medio ambiente ha influido en la legislación de protección ambiental; sin embargo, como se ha apuntado en esta investigación, varias ciudades como Madrid, España y Bogotá, Colombia desde hace varios años han venido instaurando una serie de políticas públicas exclusivamente enfocadas en el bienestar animal y erradicar el abandono y maltrato, principalmente de perros y gatos.

Mientras tanto, en México, si bien tanto la sociedad como las autoridades competentes han comenzado a interesarse en este tema, aún queda un largo camino para lograr la erradicación, pues es un hecho notorio que el maltrato animal no solamente atañe a especies domésticas sino a silvestres también; sin dejar de lado que, aunque diversos Estados y ciudades, ya cuentan con políticas públicas y legislación enfocada en esta materia.

Haciéndose cada vez más necesario la implementación de un registro o padrón, al alcance de los mandos locales, en el cual, se almacenen los datos personales de los dueños de mascotas, así como las particularidades o características únicas de estos últimos; lo cual, permita en determinados casos localizar e identificar con facilidad la pertenencia de dichos animales, y en el caso de que estos muestren algún tipo de maltrato, abandono o daño a su salud por parte de su amo o alguna otra persona, se tengan los datos necesarios de la mascota y su dueño, esto con el objetivo de realizar la denuncia correspondiente ante la autoridad competente con mayor rapidez. Sin dejar pasar por alto que la sociedad juega un papel muy importante, pues su participación e interés en erradicar esta problemática puede presionar a que las autoridades competentes se comprometan a llevar a cabo los proyectos necesarios en esta materia. México cuenta con diversas legislaciones que prometen instaurar brigadas de vigilancia de bienestar animal, así como organizar campañas de esterilización a bajo costo o gratuitas; así como atender reportes de maltrato animal y abandono; sin embargo, las autoridades competentes no realizan reportes o informes que permitan conocer su actuar y resultados; lo que impide conocer con exactitud el problema de maltrato al cual nos enfrentamos, información que se vuelve sumamente importante para el combate a este problema. Es así que el reforzar las medidas para preservar, mejorar y cuidar la vida animal y el medio ambiente, así como procurar el bienestar animal, sin distinción de especies y desde todos los ámbitos (salud, educativo, judicial y legislativo) puede ayudar a eliminar el problema en comento; comenzando con una simple tarea como lo es instaurar la creación de un padrón de mascotas.


Bibliografía

Intituto Nacioanl de Estadisticas y Geografia INEGI. (2021). Encuesta Nacional de Bienestar Autorreportado. Ciudad de México: INEGI.

 Citas

[1] Maestro en Criminalística e Investigación Forense por la Universidad Popular Autónoma de Veracruz. No. de Cedula Profesional: 11588526. Licenciado en Criminología y Criminalística por la Universidad Popular Autónoma de Veracruz. No. De Cedula Profesional: 10902915. Pasante de la Licenciatura en Derecho por la Universidad de Xalapa. Egresado del Doctorado en Ciencias Forenses por el Consejo Mexicano de Ciencias Jurídicas y de la Salud A.C. en convenio con la Universidad Popular Autónoma de Veracruz. Doctorante en Litigación Oral y Derechos Humanos en la Universidad IEXPRO. Coordinador Nacional en Criminalística e Investigación Forense y Derecho Animal por la International Legal Bar & Professionals Association. 2022-2023.

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