Revista Iberoamericana de Derecho, Cultura y Ambiente

Revista Iberoamericana de Derecho, Cultura y Ambiente
RIDCA - Edición Nº2 - Derecho Internacional

Fernando Tarapow - Priscila Caneparo. Directores

20 de diciembre de 2022

Análisis del ostracismo de la participación femenina en el post-conflicto de Afganistán

Autora. Alicia Chicharro. España

Alicia Chicharro[1]

 

Resumen:

Durante los conflictos armados, las constantes violaciones de los derechos humanos y de los principios del derecho internacional humanitario afectan de manera exponencial a las mujeres. Por esta razón, parece lógico que ellas desarrollen un papel destacado en la reconstrucción de las sociedades post-conflicto. La Organización de la Naciones Unidas (ONU) ha realizado un gran esfuerzo en este sentido para involucrar de manera activa a las mujeres en la recuperación de las comunidades afectadas por las guerras y otros desastres, aunque en escasas ocasiones la representación femenina en los órganos encargados de restablecer la paz llega a ser igualitaria. En concreto, en la última guerra de Afganistán 2001-2021, las mujeres han quedado totalmente excluidas de las labores de reconstrucción, al mismo tiempo que ven como día a día su situación incluso empeora respecto al periodo de ocupación extranjera. No solo la ONU como garante de la paz y la seguridad mundial, sino también la comunidad internacional en su conjunto, deberían exigir siempre la participación paritaria de las mujeres en los procesos postconflicto, insistiendo especialmente en aquellos territorios donde ellas sufren la vulneración de sus derechos por razón de sexo.

Palabras clave: Afganistán, Ius post bellum, mujeres, paz, perspectiva de género.

Abstract:

During armed conflicts, the constant violations of human rights and the principles of international humanitarian law affect women exponentially. For this reason, it seems logical that they play a prominent role in the reconstruction of post-conflict societies. The United Nations Organization (UN) has made a great effort to actively involve women in the recovery of communities affected by wars and other disasters, the truth is that female representation in the bodies responsible for restoring peace is rarely egalitarian. Specifically, after the last war in Afghanistan 2001-2021, women have been totally excluded from the reconstruction work, at the same time that they see how day by day their situation even worsens compared to the period of foreign occupation. Not only the UN as guarantor of world peace and security, but also the international community as a whole, should always demand the equal participation of women in post-conflict processes, insisting especially on those territories where they suffer the violation of their rights on the ground of their sex.

Keywords: Ius post bellum, Afghanistan, women, peace, gender perspective.

 

  1. INTRODUCCIÓN

Los conflictos armados conllevan una serie de violaciones de los derechos más básicos de las personas. Si bien es verdad que todas las personas que se ven afectadas por la guerra son susceptibles de ver sus derechos menoscabados, no cabe duda que las mujeres son un grupo especialmente vulnerable a las atrocidades cometidas durante las contiendas.

La idea de que los conflictos armados tienen diferentes repercusiones destructivas en la mujer y el hombre y de que es importante que se tengan en cuenta esas diferencias al aplicar las normas internacionales de derechos humanos y el Derecho Internacional humanitario, conduce a la adopción de medidas para acabar con la impunidad respecto de los delitos cometidos contra ellas en situaciones de guerra.

Sin embargo, la mayoría de esas medidas son adoptadas por hombres pues las mujeres, a pesar de la insistencia de las Naciones Unidas en su participación, no tienen a penas presencia en los órganos encargados de gestionar el post-conflicto.

El presente trabajo pretende poner de relieve que el papel de las mujeres en los procesos de paz y reconstrucción de las sociedades que han sufrido una guerra es imprescindible. Así, lo han constatado diversas agencias y órganos de las Naciones Unidas que trabajan en la restauración de las comunidades tras los enfrentamientos. También las asociaciones en las que las mujeres se integran o encuentran apoyo a las más variadas necesidades durante y después de la contienda, consideran que deberían estar representadas en los procesos de reparación.

Los objetivos se acometen con el análisis cualitativo de los documentos oficiales de la ONU que giran en torno a la labor de las mujeres en el post-conflicto. Las negociaciones que incluyen mujeres tienen en cuenta situaciones de violaciones de derechos que conciernen a toda la población, pero también las que han sido únicamente dirigidas contra ellas, así como las sufridas por colectivos tan vulnerables como los niños y niñas. Además, las Naciones Unidas han constatado que cuando las mujeres son tomadas en consideración en los procesos de reparación, la paz es más sólida y, por tanto, más sostenible a lo largo del tiempo.

Realizado este análisis cualitativo de documentos oficiales y de estudios doctrinales sobre distintas situaciones concretas de negociaciones post-conflicto, apoyados en la mayoría de los casos con estadísticas que publican los distintos órganos, organismos y agencias especializadas de la ONU, buscamos poner de relieve que cuando se conforman los órganos que van a liderar las conversaciones de paz, cuando se delinean los planes de acción para el restablecimiento de la normalidad política o cuando se deciden las normas de justicia restaurativa/transformativa a aplicar a las víctimas, la ausencia de mujeres es más que notable. En claro contraste con los documentos oficiales de las Naciones Unidas que demandan la necesaria presencia de las mujeres en el post-conflicto, la práctica nos muestra numerosos ejemplos en los que su falta de participación es la regla y su comparecencia la excepción.

El caso más singular es, sin duda, el de la última guerra de Afganistán acaecida entre 2001 y 2021. La finalización de esta contienda ha supuesto la vuelta al poder del régimen talibán, que ya lo había ejercido desde 1996 hasta la invasión del país por la coalición de fuerzas extranjeras en 2001. Tanto bajo los muyahidin (1992-1996), como bajo los talibanes (1996-2001), las mujeres habían experimentado acciones punitivas sobre apariencia, vestimenta, educación y acceso al espacio público. Los gobiernos instaurados por las fuerzas extranjeras de ocupación mejoraron la situación de la población femenina en esos aspectos y algunos otros, como el emprendimiento, pero todos estos logros se han puesto en serio peligro con la vuelta al poder del régimen talibán.

En un país donde la participación femenina en el proceso de reconstrucción es especialmente urgente, lo más probable es que las mujeres no estén en absoluto representadas. No se trata de una mera intuición, sino de una constatación derivada de las políticas y disposiciones que ya han ido tomado las autoridades gubernamentales en estos últimos meses.

Eso sí, las afganas continúan reivindicando su espacio en la sociedad post-conflicto, a pesar del riesgo que corren al manifestarse o significarse con peticiones feministas en un ambiente totalmente contrario a darles voz. Asociaciones de mujeres dentro de Afganistán, movimientos feministas de otros países, así como las refugiadas afganas que han tenido que solicitar asilo en diversos Estados en todo el mundo, demandan su intervención en las conversaciones de paz y el proceso de reconstrucción.

La comunidad internacional no debería dejarlas solas en este empeño, apostando por trasladar a la práctica los principios tantas veces proclamados en resoluciones formales. Si se quiere una paz justa y duradera para Afganistán, la participación de todos los actores implicados, incluidas las mujeres, es absolutamente necesaria.

2. EL DERECHO APLICABLE AL POST-CONFLICTO

Tradicionalmente, el concepto de ius post bellum ha estado vinculado a la teoría de la guerra justa, conforme a la que, si la guerra tiene una causa justa para iniciarla, también tendrá una solución justa (Walzer, 1977). La noción de ius post bellum continúa siendo discutida, pero se puede describir como “un conjunto de normas que se aplican en todo el proceso de transición desde un conflicto armado hacia una paz justa y sostenible” (Iverson, 2013, 420).

Algunos autores utilizan la expresión “justicia postconflicto” o ius post bellum para referirse a las medidas destinadas a conseguir el fin de un conflicto armado y en última instancia una paz justa, a diferencia de la “justicia transicional” que se refiere en general a los procesos de transición de un Estado represivo hacia un Estado más democrático (Bassiouni, 2002). Otros autores van más allá y apuntan que estas medidas pueden constituir una herramienta para abordar las causas de la disputa y promover una justicia, no solo restaurativa sino también transformativa. Esta última concepción de “justicia” debe entenderse como “un proceso que desafía las desigualdades y las estructuras de la comunidad y busca integrar tanto la transformación personal como la social”, sobrepasando la mera justicia restaurativa (Calvet, 2017, 1).En este sentido, Stahn ofrece una triple concepción del uso de la fuerza que incluiría el ius ad bellum (derecho a la guerra o causas para hacer la guerra), el ius in bello (derecho en la guerra o derecho internacional humanitario) y el ius post bellum, en el cual los actores internacionales podrían considerar el impacto de sus decisiones en situaciones posteriores a los conflictos, incluso antes de una intervención mediante el uso de la fuerza (Stand, 2008, 102).

En la actualidad, la prolongación en el tiempo, la complejidad y la fragmentación de los conflictos armados (como ocurre en Siria, Irak, Afganistán, Sudán, Palestina o Yemen, entre otros), así como la superposición de situaciones de conflicto y de post-conflicto hace que crezca el interés por el ius post bellum, ignorado por buena parte de la doctrina durante mucho tiempo. La posibilidad de convertirse en una herramienta de construcción de paz y de gestión del conflicto hace que las normas aplicables a los procesos de transición resulten más sugestivas y se apele a su utilización, rebasando la mera resolución del conflicto y demandando la transformación de las sociedades afectadas (Zaum, 2009).

Las intervenciones de la comunidad internacional en conflictos armados (por ejemplo, en Libia), en virtud de la mal llamada “responsabilidad de proteger”, han resultado infructuosas y la tendencia a desarrollar operaciones de paz contundentes (es decir, con autorización del uso de la fuerza para defender su mandato) muestran que la gestión del post-conflicto es cada vez más complicada y difícil de llevar a cabo.

La paz no es una mera ausencia de guerra (paz negativa), sino que también es necesaria una paz positiva en la que no existan ni la violencia estructural ni la violencia cultural (Galtung, 1969). Así lo establecía también el informe Brahimi de las Naciones Unidas que definía la consolidación de la paz como “las actividades realizadas al final del conflicto para restablecer las bases de la paz y ofrecer los instrumentos para construir sobre ellas algo más que la mera ausencia de la guerra” (ONU,2000b, 13).

A menudo, las causas profundas del conflicto armado quedan en un segundo plano y no se abordan las injusticias y desigualdades que estaban en el origen del enfrentamiento. Incluso cuando se toman en consideración sólo se hace desde un punto de vista rehabilitador. Es cierto que, en las negociaciones de acuerdos de paz, estas cuestiones son delicadas y se relegan en favor de temas que se consideran más acuciantes y de mayor facilidad de acuerdo, como la seguridad y el cambio político (McAuliffe, 2017, 103). En este sentido, el Secretario General de las Naciones Unidas considera que una paz duradera sólo es posible si “la población percibe que los problemas de gran calado político, tales como la discriminación étnica, la distribución desigual de la riqueza y los servicios sociales, el abuso de poder, la denegación del derecho de propiedad o ciudadanía y las controversias territoriales entre los Estados, pueden resolverse de manera legítima y justa” (ONU, 2004, 7).

Por todo ello, es crucial dar un paso más allá de la justicia retributiva, pasando por la rehabilitación, para optar por una justicia plenamente restaurativa, como contenido del ius postbellum. La justicia transicional retributiva busca el equilibrio entre la persecución penal de los responsables las atrocidades cometidas en el pasado y la adopción de otras medidas institucionales dirigidas a la reconciliación de la sociedad, como las comisiones de la verdad o las medidas de reparación de las víctimas. Mientras tanto, la transformativa implica reconocer y ocuparse de las necesidades múltiples de justicia y de las expectativas de la población local, por lo que tiene en cuenta los diferentes enfoques culturales que coexisten con la visión occidental dominante (Calvet, 2017, 4).

Tabla 1. Diferencias entre modelos de justicia post-conflicto.

 

MODELO

RETRIBUTIVO

MODELO REHABILITADOR

MODELO RESTAURATIVO

CENTRO

 

Crimen

Perpetrador

Daño

MEDIOS

 

Penalización

Tratamiento

Reparación

OBJETIVO

 

Equilibrio moral y legal

Rehabilitación

Reparar el daño

LUGAR DE LA VÍCTIMA

Secundario

Secundario

Central

CRITERIO DE EVALUACIÓN

Pena justa

Cambio de concepción

Satisfacción de las partes

CONTEXTO

 

Poder del Estado

Estado del bienestar

Comunidad empoderada

Fuente: elaboración propia.

En particular, para las mujeres la paz no significa sólo el final formal de la guerra y sus concomitantes, tales como la desmovilización, el desarme y el reintegro de combatientes armados. Para ellas muy especialmente significa el disfrute de la seguridad humana y los derechos, así como el reconocimiento y reparación del daño causado. Situar la vulnerabilidad de las mujeres durante los conflictos armados en el centro del debate cuando se discuten las medidas de reconstrucción, ayudará no solo a compensar el sufrimiento, sino también a recomponer el tejido social perjudicado, colocando las bases de una comunidad empoderada que dé acceso a una verdadera justicia restaurativa/transformativa.

3. EL PAPEL DE LAS MUJERES EN EL POST-CONFLICTO

  1. Especial vulnerabilidad de las mujeres

En las situaciones de conflicto armado se cometen infracciones constantes de los derechos humanos de la mujer; la violencia contra ellas en forma de esclavitud sexual, violaciones sistemáticas, maltratos, embarazos forzados o viudedad prematura, quebranta gravemente los principios fundamentales de las normas relativas a los derechos humanos y el Derecho Internacional humanitario. Especialmente, las niñas y las adolescentes son raptadas o reclutadas, en clara vulneración del ordenamiento jurídico internacional, para que participen en distintas realidades ligadas a los enfrentamientos, por ejemplo, como combatientes, esclavas sexuales o servicio doméstico.

Por otro lado, el desplazamiento, la pérdida de hogares y bienes, la pobreza, la desintegración de la familia, las separaciones prolongadas y otras consecuencias de las guerras, afectan de forma intensa a la población civil y muy especialmente, a las mujeres.

Diversos estudios ponen de relieve que los conflictos armados revelan una intencionalidad destructiva contra las mujeres fruto de las desigualdades en las relaciones de poder, tornando la violencia unidireccional, patriarcal e instrumental. En este sentido la violencia es asumida por los actores armados como estrategia, a modo de recurso y mecanismo para controlar al enemigo y mantener el terror como elemento movilizador del orden (Baudillard y Morin, 2003).

Otros análisis muestran la vulnerabilidad propia de las mujeres en las guerras, evidenciando que la violencia contra ellas es programada, selectiva y se encuentra indiscutiblemente determinada. Por este motivo, en relación con las atrocidades que sufren las mujeres en los enfrentamientos armados, se debería hablar en realidad del “conglomerado de acciones anulativas intencionales, teleológicas y mortales que afectan al género femenino, y que presentan una clara y directa intencionalidad destructiva” (Andrade Salazar y otros, 2017, 2).

Como pone de relieve la doctrina, la vulnerabilidad de la mujer en los espacios de conflicto es elevada, ya que los actores armados imponen restricciones y dejan secuelas emocionales de terror que persisten en las personas desplazadas, aun cuando algunas condiciones de inseguridad disminuyan. Así “muchas mujeres sobrevivientes a la guerra pueden experimentar una gran tensión emocional, que en ocasiones puede ser descargada inapropiadamente con sus hijos y otros parientes, constituyendo una fuente de disputas y preocupación en la familia” (Andrade Salazar y otros, 2017, 2). La salud mental de las mujeres desplazadas no suele ser una prioridad a abordar, puesto que el objetivo vital se concentra en sobrevivir, escapar y proteger a su familia de peligros reales o posibles. Esta situación acrecienta todavía más su estado de vulnerabilidad, dado que el equilibrio psicológico es la base para iniciar el proceso de rehabilitación y recomposición después del daño sufrido.

Las mujeres son agentes esenciales para la recuperación de las comunidades afectadas por los conflictos y los desastres, pero también para construir economías más fuertes y sociedades más saludables. Esta constatación implica que la paz es más duradera y se hace sostenible en el tiempo cuando las mujeres están comprometidas en su consecución.

Sin embargo, a menudo se las excluye de las labores de reconstrucción de las comunidades tras un conflicto y casi nunca están presentes en las negociaciones de paz. Esto también limita su acceso a la rehabilitación, a obtener justicia por las violaciones de sus derechos y a participar en las reformas de las leyes y de las instituciones públicas. Por estas razones, son numerosas las voces que defienden la consideración de las necesidades propias de las mujeres y las niñas en los procesos post-conflicto, la escucha activa de sus testimonios y la rendición de cuentas ante ellas.

Figura 1. Mujeres en las delegaciones de los procesos de paz dirigidos o codirigidos por la ONU.

Fuente: UN Women 2020.

Como se desprende de diversos informes de la ONU, las necesidades y vulnerabilidades específicas de mujeres y niñas rara vez son un elemento principal de la planificación e implementación de los programas de apoyo e intervención. La presencia femenina en estos escenarios de construcción de paz puede generar iniciativas de reparación ajustadas a la dinámica de género que permea la violencia, y desde la lógica de su actividad resiliente y de auto-compensación, vislumbrar las necesidades restaurativas a través del reconocimiento de sus experiencias, narrativas y mitologías (UNODC, 2006). Todo sistema de restauración de sus derechos está sostenido por el respeto a su rol, humanidad e identidad, así como también en relación a sus capacidades para sobrevivir a la guerra y sus excesos, y de llevar consigo la responsabilidad de reconstituir el hogar y la vida de sus miembros. En consecuencia, se entiende que es necesario ampliar el nivel de participación de las mujeres en los espacios en que se dialoga y se busca la paz, y a través de ellos buscar la reivindicación de su dignidad, y de sus derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales, pero los progresos en este sentido son muy lentos.

Sin embargo, el discurso oficial en la ONU sobre Mujeres, Paz y Seguridad se lleva a cabo siempre en clave positiva, orientado a un futuro esperanzador donde las mujeres tienen un papel protagonista en el post-conflicto. De hecho, aunque se pone de relieve la tendencia descendente de los últimos años en el número de mujeres implicadas en las delegaciones y equipos de la ONU encargados de los procesos post-conflicto en distintos países, así como la disminución del porcentaje de acuerdos de paz que contienen disposiciones de género, se destaca que “si las Naciones Unidas no hubieran tomado esas medidas, esta cifra habría sido aún menor” (ONU, 2021).

En la práctica, el cambio teórico en la noción de paz no se traduce automáticamente en una variación significativa del papel de las mujeres que, como grupo especialmente vulnerable en tiempos de guerra, deberían asumir en la fase de post-conflicto.

  1. Preocupación por la participación de las mujeres en los procesos de paz

En 2000, la Asamblea General se hizo eco de las conclusiones del Informe del Comité Especial Plenario(ONU, 2000a), que se encargó de examinar y evaluar los progresos alcanzados en la aplicación de las 12 esferas de especial preocupación de la Plataforma de Acción de Beijing y la cuestión de las nuevas medidas e iniciativas para superar los obstáculos a la utilización del programa de dicha Plataforma (ONU, 1995).

Una de esas esferas era precisamente la participación de las mujeres en los procesos de paz y reconstrucción. Entre los logros se señalaban que se iba generalizando la idea de que los conflictos armados tienen diferentes repercusiones destructivas en la mujer y el hombre y, por ello, se deberían considerar esas diferencias al aplicar las normas internacionales de derechos humanos y el Derecho Internacional humanitario. Igualmente, se significaba que se habían adoptado medidas en los planos nacional e internacional para luchar contra los abusos que se cometen contra la mujer, lo que incluiría poner más empeño en acabar con la impunidad respecto de los delitos que se perpetran contra ellas en situaciones de conflicto armado.

La labor realizada por los Tribunales Penales Internacionales para la ex Yugoslavia y para Ruanda constituye una importante aportación en la lucha contra la violencia de género en el contexto de los conflictos armados. También tiene gran importancia histórica la aprobación del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional en 1998, que estipula que la violación, la esclavitud sexual, la prostitución obligada, los embarazos forzados, la esterilización impuesta y otras formas de violencia sexual constituyen crímenes de guerra cuando se cometen en el contexto de un conflicto armado y, en determinadas circunstancias, son crímenes de lesa humanidad.

Pero para lograr la igualdad entre los géneros y la potenciación del papel de la mujer es preciso corregir las desigualdades entre mujeres y hombres y niñas y niños, y garantizar su igualdad de derechos, responsabilidades, oportunidades y posibilidades. La igualdad entre los géneros significa que las necesidades, intereses, preocupaciones, experiencias y prioridades de la mujer y del hombre son una dimensión integral de la formulación, aplicación, supervisión nacional, seguimiento y evaluación, incluso en el plano internacional, de las medidas adoptadas en todos los ámbitos.

Cada vez se reconoce más la contribución de la mujer en las esferas de la conciliación tras una guerra, el establecimiento y la consolidación de la paz, y la solución de los conflictos. Las Naciones Unidas y muchas de sus agencias muestran preocupación porque la resolución de controversias sea un terreno casi exclusivamente masculino (Haq, 2000).

De esta manera, se han puesto en marcha programas de educación e información sobre la solución de los conflictos por métodos no violentos con perspectiva de género. También se han logrado progresos en la difusión y aplicación de directrices para la protección de las refugiadas y para atender las necesidades de las mujeres desplazadas. En algunos países se ha aceptado la persecución por razones de sexo como base para la concesión del estatuto de refugiada, en línea la reivindicación constante de ACNUR (ACNUR, 2002).

Por otro lado, los gobiernos, la comunidad internacional y las organizaciones internacionales, en particular las Naciones Unidas, reconocen que las mujeres y los hombres viven de manera diferente las emergencias humanitarias y que es necesario prestar un apoyo más integral a las mujeres refugiadas y desplazadas, especialmente las que han sufrido todo tipo de violencia, incluidos los abusos por razones de sexo, para que tengan igualdad de acceso a una alimentación y nutrición adecuadas, agua apta para el consumo, sistemas de saneamiento salubres, alojamiento, enseñanza y servicios sociales y de salud, entre ellos la atención de la salud reproductiva y los servicios de maternidad (ONU, 2000c).

Como resultado de estas preocupaciones, cada vez se admite más la exigencia de integrar una perspectiva de género en la planificación, la formulación y la realización de actividades de asistencia humanitaria. Los organismos de socorro humanitario y la sociedad civil, incluidas las organizaciones no gubernamentales, han desempeñado un papel muy significativo en la prestación de asistencia humanitaria, así como en la formulación y, en su caso, la ejecución de programas encaminados a atender a las necesidades de las mujeres y las niñas, incluidas las refugiadas y desplazadas durante emergencias humanitarias, y en situaciones de conflicto y posteriores a los conflictos.

A través del mandato de coordinación del sistema de las Naciones Unidas, ONU-Mujeres defiende y apoya un desempeño y una rendición de cuentas más coherentes y mejorados en lo relativo a la igualdad de género, el empoderamiento de las mujeres y la incorporación de la perspectiva de género, entre otros medios, a través de herramientas estandarizadas que se aplican de manera uniforme. El Plan de Acción para Todo el Sistema de las Naciones Unidas sobre la Igualdad de Género y el Empoderamiento de las Mujeres (ONU-SWAP) y su sistema de calificación de la igualdad de género para los equipos de la ONU en los países (ENUP) representan mejores prácticas en este sentido.

El texto que sirve de base para la puesta en marcha de estos planes, así como para iniciar acciones con perspectiva de género en los procesos de paz que gestiona Naciones Unidas es la Resolución 1325 (2000) del Consejo de Seguridad. En ella se alentaba al Secretario General a aumentar la participación de la mujer en los niveles de adopción de decisiones en la solución de conflictos y los procesos de paz, así como a velar por que, cuando proceda, las operaciones sobre el terreno incluyan un componente de género. El Consejo de Seguridad también pedía a todos los participantes en la negociación y aplicación de acuerdos de paz que adoptaran una perspectiva de género (ONU, 2000c).

Sin embargo, a pesar de este reconocimiento oficial de los efectos perniciosos de los conflictos en las mujeres y la urgencia de disponer de mecanismos institucionales eficaces para garantizar su plena participación en los procesos de paz, la adopción de tan importante resolución no se ha traducido a lo largo de los años posteriores en una participación significativa de las mujeres en los procesos de reconstrucción post-conflicto.

  1. Obstáculos a la participación de las mujeres en los procesos de paz

Con demasiada frecuencia, las mujeres, su estatus legal, suposiciones sociales y cuerpos han sido peones durante los conflictos o en los acuerdos de post-conflicto. Los roles subordinados de las mujeres en tiempo de paz las hacen más vulnerables en momentos de guerra. La violencia física, especialmente sexual, y psicológica sufrida por las mujeres durante los conflictos armados raras veces es tomada en consideración en los procesos de paz y, todavía es más infrecuente, que los perpetradores sean llevados ante la justicia. Las supervivientes del trauma de la guerra se enfrentan a servicios inadecuados y a largos procesos de rehabilitación donde prácticamente están solas, sin recibir ayuda por parte de las instituciones públicas. El mensaje es que la vida de las mujeres importa menos.

La paz está vinculada inexorablemente a la igualdad entre hombres y mujeres. Los conflictos armados, las guerras de agresión, la ocupación extranjera, la supremacía colonial u otras formas de dominación foránea, así como el terrorismo, siguen constituyendo graves obstáculos para el adelanto de la mujer. Los ataques deliberados contra civiles, especialmente mujeres y niños, el desplazamiento de poblaciones y el reclutamiento de menores como soldados en violación del Derecho Internacional, por agentes estatales o no estatales, han tenido consecuencias particularmente perjudiciales para la igualdad entre los géneros y los derechos humanos de la mujer. Los desastres de la guerra crean o aumentan el número de familias encabezadas por mujeres que, en muchos casos, viven en la pobreza.

Ni se han proporcionado recursos suficientes, ni tampoco se han distribuido debidamente los existentes. Tampoco se han atendido las necesidades de grupos cada vez más numerosos de personas que huyen de las guerras, en su mayoría mujeres y niños, en particular en países en desarrollo que acogen a muchos refugiados. El número cada vez mayor de los desplazados internos y la satisfacción de sus necesidades, particularmente de las mujeres y los niños, continúa representando una doble carga para los países afectados y sus recursos financieros. De igual manera, sigue siendo un problema la formación insuficiente y la falta de conocimientos del personal que se ocupa de las necesidades del género femenino en las situaciones de conflicto armado o como refugiadas, lo mismo que los escasos programas concretos que tienen por objeto la capacitación técnica o la recuperación de las mujeres que han sufrido traumas.

Otro obstáculo que destaca Naciones Unidas es el excesivo gasto militar, el comercio de armamentos y las inversiones en la fabricación de armas sobre la base de las necesidades de la seguridad nacional, porque desvían la posible asignación de fondos al desarrollo económico y social, en especial para el adelanto de la mujer (ONU, 2000a). En varios países, las sanciones económicas han tenido consecuencias de índole social y humanitaria en la población civil, sobre todo en las mujeres y los niños. En la Resolución 3318 (XXIX) de la Asamblea General, de 14 de diciembre de 1974, sobre la protección de la mujer y el niño en estados de emergencia o de conflicto armado se estipula que «Las mujeres y los niños que forman parte de la población civil y que se encuentren en situaciones de emergencia y en conflictos armados… no serán privados de alojamiento, alimentos, asistencia médica ni de otros derechos inalienables, de conformidad con las disposiciones de la Declaración Universal de Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, la Declaración de los Derechos del Niño y otros instrumentos del Derecho Internacional” (ONU, 1974, 1). Sin embargo, las sanciones cuando no son “inteligentes”[2] acrecientan el sufrimiento de los grupos más vulnerables.

Además, en algunos Estados, el adelanto de la mujer se ve afectado por medidas unilaterales, contrarias al Derecho Internacional y la normativa interna, que crean obstáculos a las relaciones comerciales entre los países, impiden la plena realización del desarrollo económico y social y perjudican el bienestar de la población de los países afectados, con consecuencias que se dejan sentir, en especial, en las mujeres y los niños.

Figura 2. Barreras legales.


Fuente: UN Women 2016; World Bank 2016.

Como consecuencia de los obstáculos referidos, nos encontramos con una representación insuficiente, en todos los niveles, de las mujeres en cargos con funciones de dirección, como enviados o representantes especiales del Secretario General en actividades de mantenimiento de la paz, consolidación de la paz, y reconciliación y reconstrucción después de los conflictos. Igualmente, es notoria a falta de conciencia de cuestiones de género en esas esferas, a pesar de que el Consejo de Seguridad haya instado al adiestramiento sobre la protección, los derechos y las necesidades especiales de las mujeres en los programas nacionales de capacitación del personal militar y de policía civil, y en los internacionales para la instrucción de los militares que servirán en las operaciones de mantenimiento de la paz (ONU, 2000c).

  1. Pasos necesarios para la participación de las mujeres en los procesos de paz

Los compromisos en materia de política son fundamentales para seguir desarrollando un marco que garantice la igualdad de acceso de la mujer a los recursos económicos y financieros, la capacitación, los servicios y las instituciones, su control sobre ellos y su participación en la adopción de decisiones y la gestión.

Resulta esencial incorporar, cuando proceda, una perspectiva de género en las políticas, reglamentaciones y prácticas desplegadas durante los procesos de paz, a fin de promover y proteger los derechos de todas las mujeres, incluso considerando la posibilidad de tomar medidas para reconocer los casos de persecución y violencia por razón de sexo al analizar los motivos para conceder el asilo o la condición de refugiada (ONU, 2000c).

Una perspectiva de género pone el foco en las relaciones sociales que existen entre mujeres y hombres, y en la legislación y las políticas desarrolladas por los Estados, situando a la mujer en el centro del análisis. Las mujeres como grupo han experimentado diversas formas de violencia por parte de los hombres, porque han carecido de poder y porque los Estados o las comunidades no han podido protegerlas adecuadamente. El hecho de que a lo largo de la historia a las mujeres se les ha negado la igualdad, la autonomía y el poder es más que evidente. Los procesos de construcción pueden reflejar y reforzar formas de masculinidad y feminidad. En este sentido, la incorporación de la perspectiva de género en los procesos post-conflicto es indispensable.

Por otro lado, se debe asegurar y apoyar la plena participación de la mujer en todos los niveles de la adopción de decisiones y la ejecución de actividades de desarrollo y procesos de paz, incluida la reconstrucción de las comunidades afectadas. El establecimiento, mantenimiento y la consolidación de la paz, así como la prevención y la solución de futuros conflictos, dependen de procesos justos, éticos y representativos. A este respecto, cabría apoyar la participación de las organizaciones de mujeres, las organizaciones de base comunitaria y las organizaciones no gubernamentales en estos procesos para hacerlos más fiables y duraderos.

El objetivo se debe fijar en la participación de la mujer en todos los niveles del proceso de adopción de decisiones hasta conseguir el equilibrio de géneros en el nombramiento de mujeres y hombres. Respetando el principio de la distribución geográfica equitativa, no parece descabellado que se potencie el nombramiento de enviadas y representantes especiales del Secretario General, para desplegar buenos oficios, entre otras cuestiones, en asuntos relativos al mantenimiento y la consolidación de la paz y en actividades operacionales, incluso como coordinadoras residentes. En este sentido, el Consejo de Seguridad pedía a los Estados que presentaran al Secretario General candidatas para que las incluya en una lista centralizada que se actualiza periódicamente (ONU, 2000c).

La ONU ha afirmado en repetidas ocasiones los vínculos que existen entre igualdad de género y erradicación de la pobreza. Por ello, en la reconstrucción de las sociedades tras los conflictos se deberían desplegar estrategias amplias de erradicación de la pobreza, que tengan en cuenta las cuestiones de género y que traten cuestiones sociales, estructurales y macroeconómicas. Siguiendo la máxima de que la paz no sólo es ausencia de guerra, se deberían redoblar los esfuerzos por ejecutar programas para poner fin a la pobreza en todas sus formas y evaluar, con la participación femenina, hasta qué punto esos programas repercuten en el empoderamiento de las mujeres.

Los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) imponen que las mujeres tengan acceso a una buena formación y educación, los servicios de salud física y mental, el empleo, los servicios sociales básicos, la herencia, la tierra, la vivienda, los ingresos, el microcrédito y otros instrumentos y servicios financieros, así como el control sobre ellos. También ellas deberían poseer la potestad de introducir mejoras en esos programas a la luz de la evaluación antes mencionada.

El empoderamiento de las mujeres como gestoras en la reconstrucción del tejido social en tiempos de post-conflicto genera nuevas oportunidades y anima al emprendimiento de otras mujeres que buscan mejorar su calidad de vida y la de sus familias, por medio de proyectos e iniciativas de negocio, y de planes de participación y movilización ciudadana.

Con respecto al ODS 5 que demanda lograr la igualdad de género y empoderar a todas las mujeres y las niñas, el periodo de recuperación tras los enfrentamientos puede ser el idóneo para poner fin a todas las formas de discriminación, eliminar la violencia contra las mujeres y las niñas en los ámbitos público y privado, incluidas la trata y la explotación sexual, así como otras prácticas nocivas, como el matrimonio infantil, precoz, forzado y la mutilación genital femenina.

Además de las cuestiones de género, en la restauración de las comunidades después de la guerra se debería tener en cuenta la labor de las mujeres en el logro de modalidades de consumo y producción sostenibles ante los desafíos del cambio climático, así como en la protección de la biodiversidad y en la ordenación de los recursos naturales desde una perspectiva ecológicamente racional.

En cuanto a la consecución de sociedades justas, pacíficas e inclusivas, ODS 16, las mujeres no solo tendrían que tener garantizado el acceso a la justicia para obtener reparación por los crímenes cometidos contra ellas durante la conflagración, sino también lograr la protección integral de todos sus derechos humanos, incluidos los de participación en la vida política, social y cultural de su país. Para lograr la paz, la justicia y la inclusión, es importante que los gobiernos, la sociedad civil y las comunidades trabajen juntos para poner en práctica soluciones duraderas que reduzcan la violencia, hagan justicia, combatan eficazmente la corrupción y garanticen en todo momento la representación inclusiva de las mujeres.

Ellas se convierten, por ende, en referentes para alcanzar las metas trazadas por los ODS dentro de sus comunidades con un rol protagonista en muchos aspectos esenciales para el cumplimiento de la Agenda 2030.

La participación plena y efectiva de las mujeres y la igualdad de oportunidades de liderazgo debería alcanzar a todos los niveles de la adopción de decisiones en la vida política, económica y pública, así como a todos los momentos incluidas las etapas de reconstrucción de las sociedades tras los conflictos.

Por otro lado, las reformas de la estructura de desarrollo de las Naciones Unidas han reforzado la capacidad de ONU-Mujeres para promover la igualdad de género y el empoderamiento de las mujeres en todo el sistema de las Naciones Unidas, al aplicar mecanismos de rendición de cuentas y marcadores de género estandarizados. En consonancia con la revisión cuadrienal amplia de la política, ONU-Mujeres hace un mayor uso de su función de coordinación dentro del sistema de las Naciones Unidas para respaldar la incorporación de la perspectiva de género a nivel tanto regional como nacional y multinacional. La entidad apoya la incorporación de la perspectiva de género en esferas temáticas clave y promueve la medición y el seguimiento conjuntos y pertinentes de resultados esenciales, así como la presentación de información al respecto, entre otros, con el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), el Fondo de Población de las Naciones Unidas (UNFPA) y el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), así como con otras entidades del sistema.

Por otro lado, hace falta que las asociaciones de mujeres, especialmente a nivel local, también se impliquen en la rehabilitación, la reintegración y la reconstrucción después de los conflictos. Tanto el Consejo de Seguridad como el Secretario General brindarán la oportunidad de intervenir a través de consultas a los grupos locales e internacionales de mujeres, incluidos aquellos perteneciente al movimiento feminista global (Tickner, 1992).

4. LA ELIMINACIÓN DE LAS MUJERES AFGANAS EN EL POST-CONFLICTO

  1. Afganistán tras la retirada de las tropas extranjeras

Si en algún momento existió la esperanza de que Afganistán se erigiera en modelo de participación femenina en el proceso de paz tras el conflicto, después de pasados varios meses desde el calificado como final de la guerra, difícilmente puede decirse que las mujeres gocen de seguridad, participación y derechos bajo el “viejo-nuevo” régimen talibán.

Lo cierto es que el país sigue sumido en el caos. A pesar de la retirada de las fuerzas extranjeras, los señores de la guerra continúan peleando por hacerse con el control de los territorios en los que aspiran a ejercer su influencia, con lo que la falta de seguridad y la violación de derechos humanos continúan siendo una constante.

En Kabul y otras ciudades principales, donde han asumido el poder los talibanes, la regresión en la condición social y jurídica de la mujer es notoria, sufriendo acciones punitivas sobre su apariencia, vestimenta, educación y acceso al espacio público.

Por otro lado, la decisión autónoma de retirada de las tropas extranjeras sin valorar la situación en la que quedaba la población civil, especialmente las mujeres y los niños, ha trasladado a las Naciones Unidas la responsabilidad de negociar el post-conflicto con el régimen talibán, en condiciones nada favorables para que la institución mundial haga prevalecer sus puntos de vista acerca de cuestiones tan básicas como la protección de los derechos humanos. Con la victoria en la guerra como estandarte, los talibanes se sienten con la potestad suficiente para recuperar el sistema político-religioso autoritario, discriminatorio y opresivo, con aplicación ortodoxa de la sharía, que ya existía antes de la intervención de la coalición de fuerzas internacionales en 2001.

Los peores augurios sobre los derechos de la mujer parecen comenzar a cumplirse al ver como ellas van desapareciendo de facto de la vida pública, a la vez que conocemos las intenciones de eliminar de iure muchas de las facultades que han podido desarrollar a lo largo de los años de ocupación extranjera.

Por otro lado, la consolidación de la paz en Afganistán será muy difícil sin ocuparse de la pobreza y el hambre que asolan el país. Como en cualquier otra parte del mundo, estas necesidades resultan más perentorias que cualesquiera otras, pero si las mujeres participasen en la reconstrucción, la ayuda exterior podría gestionarse de manera más eficaz de lo que lo ha sido hasta el momento (Merkel, 2011). En un país en el que se insiste tanto en el desarrollo rural, las asociaciones femeninas locales pueden desempeñar un papel catalizador en la alquimia de la construcción de la paz.

Tabla 2. Situación de las mujeres en Afganistán antes, durante y después de la intervención militar extranjera.

 

Antes de 2001

Régimen talibán

Entre 2001-2021

Ocupación extranjera

Después de 2021

Régimen talibán

Estudiantes universitarias

0%

5%

2%

Mujeres con empleo remunerado

4%

22%

12%

Funcionarias

públicas

0%

20%

6%

Participación femenina en órganos políticos

0%

27%

2%

Negocios propios de mujeres y emprendimiento

No consta

1000 (2019)

No consta

Fuente: UN Women, World Bank, Amnesty International.

 

  1. Disposición de las mujeres a participar activamente en la recuperación y el desarrollo de la sociedad afgana

Como ya hemos puesto de relieve, las diversas agencias de las Naciones Unidas han participado activamente en los esfuerzos para promover y apoyar las actividades de las mujeres en los procesos formales de paz. A su vez, hay una serie de iniciativas no formales, aunque esenciales, destinadas a aumentar la participación de las mujeres en los procesos de paz a través de consultas con grupos locales e internacionales que las representan.

La División para el Adelanto de la Mujer (DAW) y el Fondo de Desarrollo de las Naciones Unidas para la Mujer (UNIFEM) apoyan a grupos y redes de mujeres para fomentar el diálogo sobre conflictos. Este trabajo es especialmente importante para países donde los escenarios habituales de discusión (medios de comunicación, foros públicos, parlamentos, etc.) están debilitados o destruidos. Las redes sociales y comunitarias de mujeres pueden permitir el acceso a quienes detentan el poder y la oportunidad de entablar diálogos en foros alternativos.

En el caso de Afganistán, el primer esfuerzo para involucrar a las mujeres afganas en el proceso de paz y reconstrucción lo situamos en la Consulta Nacional de Mujeres Afganas, celebrada en Kabul el 8 de marzo de 2002. La reunión, que fue organizada por el Ministerio de Asuntos de la Mujer en cooperación con varios organismos de las Naciones Unidas, aprobó un plan de acción que orientaría a los ministerios y organizaciones internacionales sobre la participación de la mujer en la rehabilitación del país, así como en todos los procesos políticos y administrativos a largo plazo. Bajo el liderazgo de la Representante Especial del Secretario General y la Asesora de Género de UNAMA[3], se estableció una Red Interinstitucional para la Igualdad de Género. La Asesora de Género trabajaba en estrecha colaboración con el Ministerio de Asuntos de la Mujer y se realizó un esfuerzo considerable por recabar las opiniones de las mujeres y facilitar su inclusión en las estructuras políticas emergentes de Afganistán (Moghadam, 2005).

Paralelamente a las conversaciones de Bonn sobre Afganistán en 2011, se celebraron dos reuniones en Bruselas a instancias de las mujeres afganas. Por un lado, la Cumbre de Mujeres Afganas por la Democracia fue organizada por organizaciones no gubernamentales internacionales, como Equality Now, en colaboración con la Oficina del Asesor Especial en Cuestiones de Género (OSAGI), la División para el Adelanto de la Mujer(DAW) y el Fondo de Desarrollo de las Naciones Unidas para la Mujer (UNIFEM). Por otro, el Gobierno de Bélgica y UNIFEM organizaron una mesa redonda sobre el liderazgo de las mujeres en Afganistán. La Cumbre concluyó con la adopción de la Proclamación de Bruselas, que abordaba las demandas de las mujeres con respecto al proceso de paz y reconstrucción de Afganistán, incluido el derecho al voto, la equidad salarial y la igualdad de acceso a la atención médica, la educación y el empleo. Así mismo, se trataron cuestiones como la protección de las mujeres contra los matrimonios forzados de menores y el acoso sexual, y la participación activa de abogadas afganas en la redacción de una nueva constitución, que incluiría principios de no discriminación.

No obstante, diez años más tarde y tras la retirada de las tropas de la coalición internacional del territorio afgano, el panorama de la reconstrucción en Afganistán es bastante diferente: prohibición de canales de televisión por cable -en particular condenando las películas de la India que muestran mujeres ataviadas cantando y bailando en musicales-, mujeres que deben cubrirse sus cuerpos por completo, dejando ver sólo sus rostros y manos, mujeres que no pueden viajar sin su padre, marido u otro pariente varón, mujeres para las que los matrimonios son forzados y para las que la pena que les espera cuando las acusen de adúlteras sea seguramente la lapidación. El Ministerio de Asuntos de la Mujer ha desaparecido y, en su lugar, se ha recuperado el viejo Ministerio para la Propagación de la Virtud y la Prevención del Vicio.

A pesar de estos serios obstáculos, o quizás debido a ellos, las organizaciones de mujeres han seguido trabajando y comunicándose con grupos feministas de otros países para ejercer presión internacional, intentando que no olvidemos la situación en la que han quedado tras el conflicto. La Red de Mujeres Afganas junto a otros grupos internacionales y asociaciones de mujeres del propio país, abogan por continuar con los esfuerzos para hacer de la seguridad y los derechos de las mujeres una realidad bajo un régimen nada propio a que así sea. Todos los impulsos de UNIFEM, el efímero Ministerio de Asuntos de la Mujer y el Instituto de Formación de Género de la Universidad de Kabul, así como los de las asociaciones locales de mujeres, han sido barridos de un plumazo.

  1. Construcción de la paz en Afganistán sin participación femenina

En Afganistán, la reciente toma de poder por el régimen talibán, que era el mismo que ostentaba las instituciones políticas cuando se produjo la intervención militar de la coalición internacional en 2001, ha atraído gran parte de la atención mundial. No obstante, en los meses previos, las Naciones Unidas ya habían documentado un número sin precedentes de asesinatos de mujeres afganas, entre los que se contaron los de activistas de la sociedad civil y periodistas, así como atentados contra académicas, vacunadoras e incluso juezas de los tribunales internos. Sin embargo, no hubo mujeres entre las personas encargadas de negociar con los talibanes en 2020. Cuando los delegados que representaban a los talibanes y al Gobierno del Afganistán se reunieron en Moscú en marzo de 2021 para negociar la paz, solo una mujer participó en las conversaciones. Esta yuxtaposición de la violencia contra las mujeres y sus derechos, por un lado, y su extrema marginación y exclusión, por otro, sigue siendo el eje de la agenda sobre las mujeres afganas y la paz y la seguridad en 2021 (ONU, 2021).

Figura 3. Tasas de asistencia escolar por sexo y edad en Afganistán en 2021.

Fuente: UNICEF, 2021.

Como se desprende del último informe presentado por la Representante Especial del Secretario General en Afganistán, Deborah Lyons, las preocupaciones actuales de la ONU en Afganistán tienen más que ver con una población que se enfrenta al hambre y a una economía absolutamente destruida. Sin embargo, la Representante también recuerda las graves restricciones a los derechos fundamentales que sufren las mujeres y las niñas: “We were extremely vocal on the need to release the disappeared women protesters and their family members last month. And indeed, they were released. However, another group of women was arbitrarily arrested. However, we just received the news this morning from Kabul that this group has also been released. Our team in Kabul is working to verify these reports and I will be following up with the de facto authorities when I return. But these releases continue to be good news and we continue to work with the de facto authorities on investigative processes, protocols, procedures, due diligence that must be put in place for all of these cases. As well recent sweeping house-to-house searches in Kabul, carried out by the main security institutions ostensibly as a crime-fighting measure, are also of concern” (UNAMA, 2022).

Los programas de paz que las Naciones Unidas van a desplegar en Afganistán, un país donde incluso se requiere que las mujeres obtengan el consentimiento de su esposo para buscar atención médica para los niños, se van a desarrollar en clave masculina, obligando a las mujeres a tratar con burócratas varones, lo que puede desalentarlas aún más a acceder a los programas.

En cada etapa de los programas de reconstrucción de la paz, las afganas deberían tener las mismas oportunidades en los procesos de toma de decisiones, asegurando que su participación no se reduzca a la expresión simbólica de sus preocupaciones, especialmente en los entornos dominados por hombres. Además, para cumplir con las obligaciones legales que impone la protección de los derechos humanos, los programas de protección social deben incluir mecanismos de rendición de cuentas que sean accesibles tanto para hombres como para mujeres. Dichos mecanismos deben prestar atención a las diferencias de poder de género que pueden disuadir a las afganas de expresar sus preocupaciones o presentar quejas.

Respecto a las formas de restituir a las víctimas en el marco de la justicia transicional, ni la retribución, ni mucho menos la rehabilitación y la restauración, parecen posibles en un país donde el tratamiento de las mujeres no posee un enfoque de derechos en el que también se aborden directrices del Derecho Internacional humanitario.

A pesar de ello, las Naciones Unidas, como donante principal de la ayuda al desarrollo que va a recibir el país, debería mantenerse firme en la defensa de los derechos de las mujeres afganas, apoyando su participación tanto en la vida pública como en la privada de la sociedad post-conflicto. Esta exigencia debería ser traslada a cualquier donante de fondos, sea nacional o internacional, e incluso a inversores privados.

Como afirmaba la Representante Especial, Deborah Lyons, la liberación de grupos de mujeres que han sido detenidas en las protestas de los últimos meses es siempre una buena noticia (UNAMA, 2022). A este respecto, no cabe duda de que esas decisiones tienen que ver con la presión internacional y el temor a perder las ayudas al desarrollo, por lo que no debería descartarse la posibilidad de incluir una condicionalidad de género para la recepción de los fondos.

5. CONCLUSIONES

Tras el análisis cualitativo de algunos de los textos más relevantes de las Naciones Unidas que rigen las cuestiones que tienen que ver con el restablecimiento de la paz y la reconstrucción de comunidades después de un conflicto armado, podemos concluir que la principal organización mundial reconoce la necesidad de que las mujeres estén representadas en los procesos restaurativos que siguen a la guerra.

Sin embargo, la misma institución internacional confirma que la presencia de mujeres tanto en las delegaciones oficiales como en instancias informales intervinientes en los procesos de paz se sitúa muy por debajo de la de los hombres, cuando no, en algunos casos, es meramente simbólica.

Si bien es verdad que el discurso oficial en las Naciones Unidas sobre Mujeres, Paz y Seguridad se lleva a cabo siempre en clave positiva, orientado a un futuro esperanzador donde las mujeres tienen un papel protagonista en el post-conflicto, la organización es consciente de los obstáculos que continúan existiendo para que las mujeres sean tomadas en consideración para la toma de decisiones en la etapa de reconstrucción.

La desigualdad de partida -que ya se da en muchas sociedades incluso en tiempos de paz-, la violencia física -especialmente sexual- y el maltrato psicológico sufridos por las mujeres durante las guerras, la dedicación de los fondos de reconstrucción a otros fines que se consideran en el momento más apremiantes o, incluso, la promulgación de normas discriminatorias en materia de género, son algunos de los obstáculos detectados por las Naciones Unidas en el devenir de muchas comunidades durante el post-conflicto.

Partiendo de esta panorámica, resulta esencial incorporar, cuando proceda, una perspectiva de género en las políticas, reglamentaciones y prácticas desplegadas durante los procesos de paz, a fin de promover y proteger los derechos de todas las mujeres, incluso considerando la posibilidad de tomar medidas para reconocer los casos de persecución y violencia por razón de sexo, al analizar los motivos para conceder el asilo o la condición de refugiadas. El objetivo se debe fijar en la participación de la mujer en todos los niveles del proceso de adopción de decisiones hasta conseguir el equilibrio de géneros en el nombramiento de mujeres y hombres.

Para ello, una institución de la autoridad y representatividad de las Naciones Unidas no se debería dejar doblegar ante regímenes internos segregacionistas y tendría que imponer el criterio de la paridad, al menos, en las delegaciones oficiales donde puede hacer uso de su preponderancia. Qué duda cabe que este modo de proceder en una entidad como las Naciones Unidas, podría tener una influencia muy positiva en el sentido de animar a contar con las mujeres para conformar los centros de toma de decisiones no formales que pudieran surgir en las comunidades en reconstrucción. El hecho de que ellas tengan la oportunidad de mostrar lo que pueden aportar, de desplegar sus dotes de conciliación y de multiplicar los puntos de vista sobre cuestiones controvertidas, redundará en su visibilidad como interlocutoras en el post-conflicto.

En el caso paradigmático de la última guerra de Afganistán, hay que considerar que la intervención de las Naciones Unidas ha sido muy limitada durante el conflicto, lo que entorpece también su labor en el proceso de paz. La retirada de las tropas extranjeras sin valorar la situación en la que quedaba la población civil, especialmente las mujeres y los niños, ha trasladado a la organización universal la responsabilidad de negociar el post-conflicto con el régimen talibán, en condiciones nada favorables para que la institución mundial imponga sus puntos de vista acerca de cuestiones tan básicas como la protección de los derechos humanos. A pesar de ello, la ONU, como donante principal de la ayuda al desarrollo que va a recibir el país, debería mantenerse firme en la defensa de los derechos de las mujeres afganas, apoyando su participación tanto en la vida pública como en la privada de la sociedad post-conflicto.

6. REFERENCIAS

ACNUR (2002).Directrices sobre protección integral: La persecución por motivos de género en el contexto del Artículo 1A(2) de la Convención de 1951 sobre el Estatuto de los Refugiados, y/o su Protocolo de 1967. HCR/GIP/02/01.

Andrade Salazar, J. A.,Alvis Barranco, L., Jiménez Ruiz, L. K., Redondeo Marín, M. P., yRodríguez González, L. (2017). La vulnerabilidad de la mujer en la guerra y su papel en el posconflicto. El Ágora USB, 17(1), 290-308.

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Citas

[1] Profesora de Derecho Internacional Público y Relaciones Internacionales. Universidad Pública de Navarra

 

[2]Se denominan “sanciones inteligentes” aquellas que buscan presionar a los responsables del incumplimiento de las decisiones del Consejo de Seguridad y no se dirigen genéricamente contra un Estado provocando perjuicios a la población inocente.

[3] United Nations Assistance Mission in Afghanistan. Se trata de la misión política especial de la ONU establecida en 2002 por el Consejo de Seguridad mediante Resolución 1401. Su mandato original consistía en la implementación de los Acuerdos de Bonn de 2001.

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