Revista Iberoamericana de Derecho, Cultura y Ambiente

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RIDCA - Edición Nº4 - Derecho Animal

Laura C. Velasco. Directora

20 de diciembre de 2023

“Rambo” y las olas amorfas. Una historia de lealtad tras el paso de Otis

Autor. Carlos Alberto Pascual Cruz. México

 Por Carlos Alberto Pascual Cruz [1]

El hombre no es el dueño del planeta, sino que debemos convivir con otras especies, nadie nos ha otorgado una mentada superioridad, sino tan sólo una visión antropocéntrica es la que nos ha transformado en los mayores depredadores de este planeta, y con ello las consecuencias que deben ser soportadas por todas las especies. Muy cruel.”. LAURA CECILIA VELASCO. [2]

Los Animales No Humanos (ANH en lo sucesivo) forman parte importante de un tipo de familia que hoy es reconocido por el sistema jurídico mexicano: la familia multiespecie (Cfr. Registro: 2026709, A.R. 163/2018). Ello es así por el vínculo afectivo que se deriva de los animales humanos y animales no humanos, esto es un vínculo humano-animal.

Pues bien, durante la tragedia llamada “Otis” llamó la atención de muchos mexicanos la historia de Rambo, un perrito de raza pitbull que perdió a su familiar durante el paso del huracán Otis por el puerto de Acapulco. El canino viajaba a bordo de una embarcación que fue totalmente destruida por el fuerte oleaje.

En el canal de noticias NMás circulo un reportaje con la siguiente información:

“El perro fue rescatado por elementos de la Marina en la bahía del puerto de Acapulco, lo trasladaron al paseo del pescador, donde buzos y pescadores decidieron amarrarlo bajo un árbol debido a que el animal insiste en buscar a su dueño arrojándose al mar.

¡Ah! el perrito quedó atrapado (dice en la entrevista don Hilario Estrada, un pescador) entre las lanchas que se estrellaron en la playa honda, y un joven que se llama Abraham, este, lo rescato y lo amarro allá en un arbolito. Entonces, el perrito se escapó y se fue nadando al mar buscando a su amo, Entonces, nos lo trajeron los de los marinos, lo sacaron y se lo entregaron a la policía estatal y no los dejaron aquí para a ver si lo reclama algún familiar del dueño o algo ¿No? Ya le dimos agüita, pero sigue llorando y sigue viendo el mar, sigue así con una desesperación […] lo amarraron allá en un árbol con agüita y comidita, todo, pero él quiere a su amo, pues… El animal no deja de quejarse le invade una tristeza, siempre mirando hacia el mar, tratando de encontrar a su amo, después de quedarse huérfano.”. [3]  

Sin duda un gran sufrimiento para Rambo. Es aquí donde cabe reflexionar, ¿qué tan importante y urgente es el reconocimiento y la protección de estos hermosos seres sintientes desde nuestra Constitución Federal? La respuesta es ¡Sumamente importante!

Es urgente que los ANH sean tomados en cuenta en la implementación de las políticas públicas como seres sintientes afectados en cualquier desastre natural. Los derechos de los ANH deben tutelarse inmediatamente, no uno o dos meses después, como sucedió en este desastre natural, donde, incluso, hoy la emergencia ecológica sigue sin atenderse con seriedad. [4]

Es más, deben ser tomados como damnificados pre, durante y post a cualquier desastre natural, [5] pero, además, se “les reconozca unos derechos mínimos inviolables que se derivan, necesariamente, de la condición biológica de seres sintientes, a saber: el derecho a la vida, a la libertad, a la integridad y a la dignidad.”. [6]

No olvidemos que “los seres sintientes son toda aquella porción de seres vivos que disponen de las capacidades biológicas y de un desarrollo de la conciencia que les otorga tal facultad. Son seres capaces de experimentar el placer y el dolor. Y, como es natural, tienen el interés de aumentar su placer y disminuir su dolor.”. [7] 

La realidad es que en México los gobiernos lastimosamente prefieren no tomarlos en cuenta, no son considerados ni como víctimas, ni como seres sintientes que han sufrido un daño colectivo, incluso, ni como parte de los datos oficiales. Se sigue cosificando a los ANH con una visión antropocéntrica.

Actualmente, se ha demeritado el respeto del hombre hacia la naturaleza, se ha orientado hacia una perspectiva en la cual los elementos naturales son un medio para la consecución de sus fines; principalmente, económicos y políticos. Verbigracia, vemos con preocupación cómo las personas tras Otis han abandonado a sus mascotas, esta realidad se observa hoy en redes sociales y en las calles de las comunidades y ciudades afectadas.

Ahora bien, aquí cabe mencionar algunos aspectos importantes (tomados de la Revista Muy Interesante) en torno al vínculo perro-humano y/o humanos-perros: 1.- Según la historia. La relación entre ambas especies comenzó hace unos 17000-12000 años y hoy es más estrecha que nunca. 2.-Los canes se han colado hasta en nuestros espacios más privados (nuestra cama, por poner un ejemplo), asisten a personas invidentes, diabéticas, sordas o con autismo y ayudan a quienes sufren depresión o se sienten solos; y 3.-Tenemos motivos más que fundados para esforzarnos en ser su mejor amigo.

“Todo ello –Explica David Ordóñez Pérez, fundador y CEO de Perruneando España-Educación Canina e Intervenciones Asistidas con Perros—tiene que ver con un concepto maravilloso: el vínculo humano-animal. Una relación física, emocional y con un carácter motivacional fuera de toda duda que permite que humanos y perros mantengan una fuerte vinculación. Entre los principios de este vínculo se definieron cuatro: seguridad, una gran parte de personas se sienten seguras cuando están acompañadas por sus perros; familiaridad, en un contexto occidental, la mayoría de personas que son cuestionadas sobre si su perro es parte de su familia, te indicarán que efectivamente lo son; intimidad, numerosas personas relatan que los perros son una fuente segura en la que confiar nuestros secretos y estados emocionales, además de permitir un contacto físico lícito e íntimo que favorece nuestra expresión emocional. Por último, la constancia. Los perros siempre están dispuestos a saludar a la persona cuando regresa a casa, sea cual sea el estado en el que tú llegues. Siempre estarán ahí. Quizá estos principios, expliquen perfectamente esta relación.”. [8] 

En definitiva, al conocer la historia de Rambo y ver su mirada triste, no pude evitar recordar el poema “Frente al mar” de Octavio Paz: “¿La ola no tiene forma? En un instante se esculpe, y en otro se desmorona; en la que emerge, redonda. Su movimiento es su forma.”. [9]   Así la mirada de Rambo al observar las olas amorfas.

FUENTES.

BARRIENTOS, REBECA y PASCUAL, CARLOS A., “La protección jurídica de los derechos de la naturaleza”, Revista Iberoamericana de Derecho Cultural y Ambiental, Edición N° 2, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Argentina, 20 de diciembre de 2022, Disponible en: https://aidca.org/ridca2-ambiental10/?fbclid=IwAR3YB_7kbwLoMIQc1ralG9q7nqDWcPUVBrp7i-NBx-Wad1bMHk-o8hmsGQc

https://aunoabogados.com.ar/contenidos/opinion-profesional/2441-fundamentos-a-favor-con-respecto-a-que-los-animales-sean-reconocidos-como-sujetos-de-derecho

https://www.facebook.com/nmasguerrero/videos/286101804414535

https://suracapulco.mx/es-emergencia-ecologica/?fbclid=IwAR1FFWGvME58CDCBBHWB-0L5nzE6m4yWVKvhhBzRTLgPf5iOYDa9YfxL95g

https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGPC_200521.pdf

https://ddd.uab.cat/pub/da/da_a2021v12n3/da_a2021v12n3p111.pdf

file:///C:/Users/HP/Downloads/El_respeto_por_los_seres_sintientes.pdf .

https://www.muyinteresante.es/mascotas/59762.html#:~:text=El%20perro%20tiene%20una%20capacidad,lobos%20son%20mucho%20m%C3%A1s%20eficiente

https://www.poemas-del-alma.com/frente-al-mar.htm

Citas

[1]          Abogado. Universidad Autónoma de Guerrero (UAGro). Maestro en Derecho Penal y Juicios Orales. Profesor de la Facultad de Derecho en el Centro Universitario México (Acapulco, Gro.); asociado a la firma legal “Linares & Asociados” y ex miembro del comité de medios en el Colegio de Abogados del Estado de Guerrero A.C.,  ORCID: https://orcid.org/my-orcid?orcid=0000-0002-6797-9685

[2]          Abogada (UBA). Máster en Criminología (Universidad Nacional de Quilmes, becada). Directora del Instituto de Derecho Animal del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal –pioneros tanto en el país como en toda Latinoamérica, desde septiembre del año 2009–. Directora del Instituto Iberoamericano de Derecho Animal de AIDCA (Asociación Iberoamericana de Derecho, Cultura y Ambiente), Premiada internacionalmente por su labor en defensa de los animales. Autora de más de 10 proyectos de ley sobre Derecho Animal. (En línea) (Consulta: 11/11/2023). Disponible en: https://aunoabogados.com.ar/contenidos/opinion-profesional/2441-fundamentos-a-favor-con-respecto-a-que-los-animales-sean-reconocidos-como-sujetos-de-derecho

[3] (En línea) (Consulta: 11/11/2023). Disponible en: https://www.facebook.com/nmasguerrero/videos/286101804414535

[4] Para Octavio Klimek Alcaraz, “El concepto de emergencia ecológica […] es una situación derivada de un fenómeno natural como el huracán Otis, que afecta a los elementos de los ecosistemas costeros, acuáticos y terrestres de Acapulco y alrededores. Pero no existe al parecer ni el ánimo gubernamental, ni la forma de declarar una emergencia ecológica… que obligue a invertir recursos públicos extraordinarios a la restauración ecológica, a fortalecer instrumentos de planeación como los ordenamientos ecológicos territoriales locales, al manejo lagunar costero, al tratamiento de aguas residuales, a la gestión integral de los residuos, entre muchos aspectos relacionados a atender la emergencia ecológica, como es ahora en el caso de Acapulco.”. (En línea) (Consulta: 11/11/2023). Disponible en: https://suracapulco.mx/es-emergencia-ecologica/?fbclid=IwAR1FFWGvME58CDCBBHWB-0L5nzE6m4yWVKvhhBzRTLgPf5iOYDa9YfxL95g

[5] De hecho, la Ley General de Protección Civil en su artículo 2°, Fracción XXVI establece: “Fenómeno Sanitario-Ecológico: Agente perturbador que se genera por la acción patógena de agentes biológicos que afectan a la población, a los animales y a las cosechas, causando su muerte o la alteración de su salud. Las epidemias o plagas constituyen un desastre sanitario en el sentido estricto del término. En esta clasificación también se ubica la contaminación del aire, agua, suelo y alimentos.”. (Cfr. D.O.F. 06/06/2012). (En línea) (Fecha de consulta: 11/11/2023). Disponible en: https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGPC_200521.pdf .

[6] (En línea) (Consulta: 11/11/2023). Disponible en: https://ddd.uab.cat/pub/da/da_a2021v12n3/da_a2021v12n3p111.pdf .

[7] (En línea) (Consulta: 11/11/2023). Disponible en: file:///C:/Users/HP/Downloads/El_respeto_por_los_seres_sintientes.pdf .

[8] (En línea) (Consulta: 11/11/2023). Disponible en: https://www.muyinteresante.es/mascotas/59762.html#:~:text=El%20perro%20tiene%20una%20capacidad,lobos%20son%20mucho%20m%C3%A1s%20eficiente

[9] (En línea) (Consulta: 11/11/2023). Disponible en: https://www.poemas-del-alma.com/frente-al-mar.htm

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