Revista Iberoamericana de Derecho, Cultura y Ambiente

Revista Iberoamericana de Derecho, Cultura y Ambiente
RIDCA - Edición Nº5 - Derecho Ambiental

Mario Peña Chacón. Director

15 de julio de 2024

Impacto de la Cárcel de Máxima Seguridad en Reserva Marina Isla de El Cisne. Vulneración de Derechos Humanos y Daño Medioambiental

Autora. Karen L. Sierra. Honduras

Por Karen L. Sierra[1]

Introducción

La construcción de una cárcel de máxima seguridad en las Islas de El Cisne, un archipiélago ubicado en el mar Caribe a unos 250 kilómetros al noroeste de la tierra firme de Honduras, ha suscitado una intensa controversia debido a sus potenciales impactos en los derechos humanos y el medio ambiente. Con una rica historia que se remonta al siglo XVII y habiendo sido declaradas área protegida en 1991, estas islas se han convertido en un símbolo de la conservación ambiental en Honduras. Sin embargo, el proyecto propuesto pone en riesgo este estatus, generando preocupaciones entre expertos y organizaciones dedicadas a la protección del entorno natural y la biodiversidad.

Las Islas del Cisne fueron ocupadas por fuerzas estadounidenses a principios del siglo XX por su importancia geopolítica, especialmente en comunicaciones telegráficas submarinas y durante la campaña de radio contra el régimen de Fidel Castro en la década de 1960. Tras recuperar su soberanía en 1972, Honduras convirtió el archipiélago en un importante apostadero de su Fuerza Naval. En 1991, el gobierno hondureño declaró las islas Parque Nacional Marino y, posteriormente, Reserva Marina, subrayando su compromiso con la conservación de estos frágiles ecosistemas.

Según el estudio de impacto ambiental, informes técnicos del Instituto Nacional de Conservación Forestal (ICF) y otros estudios científicos, la construcción de la cárcel en las Islas del Cisne no es viable debido a los graves daños ambientales que causaría a las especies endémicas y a la integridad de los ecosistemas marinos y costeros. Además, se ha señalado que existen alternativas en tierra firme que presentan un menor impacto ambiental y menor costo logístico y financiero. Las voces de oposición, incluidas las de biólogos, ingenieros forestales y químicos-farmacéuticos, destacan la importancia de proteger la biodiversidad y de utilizar los fondos nacionales de manera más eficiente.

En este contexto, la propuesta de construir una cárcel en este archipiélago protegido no solo amenaza con degradar un ecosistema único, sino que también plantea un desafío significativo en términos de derechos humanos y de cumplimiento de la normativa ambiental vigente en Honduras.

Antecedentes

A principios del siglo XX, las islas fueron objeto de disputas entre Honduras y Estados Unidos. En 1912, las fuerzas estadounidenses ocuparon las islas por su interés geopolítico para las comunicaciones telegráficas submarinas, destacando la campaña de radio que lanzó contra el régimen de Fidel Castro en la década de 1960. Finalmente, en 1972, Honduras recuperó la soberanía sobre las Islas del Cisne tras un acuerdo con Estados Unidos. En 1980, el ejército norteamericano abandonó el sitio, y las islas pasaron a ser el apostadero más lejano de la Fuerza Naval de Honduras. El Servicio de Meteorología de Estados Unidos para lo cual se instaló una estación meteorológica al igual que las edificaciones conexas necesarias para pronosticar la presencia de huracanes en la región de Centroamérica y el Golfo de México, debido a que históricamente se reconoce como una zona susceptible a este tipo de fenómenos naturales. Luego fueron utilizadas por la Fuerza Aérea para apoyar en la navegación con señales por medio de ondas radiales, las cuales fueron desinstaladas una vez que el Gobierno estadounidense se retiró de la zona en 1971. En 1972 se realizó la transferencia de estas islas al Gobierno de Honduras, bajo el entendimiento que siguiera bajo funcionamiento la estación meteorológica.

Las Islas del Cisne (Swan Islands) o de Santanilla se encuentran localizadas en la parte Noroeste del Mar Caribe, a unos 250 Km. de tierra firme de Honduras, a 17º4´ de latitud Norte y 83º93´ de longitud Oeste. El pequeño archipiélago se encuentra constituido por el Cayo del Pájaro Bobo (Booby Cay) que cuenta con una longitud aproximada de 92 m. y dos islas separadas por un canal, la Isla Cisne Grande (Great Swan Island) de 3 Km. de longitud y una elevación máxima de 68 pies s.n.m. y la Isla Cisne Pequeño (Little Swan Island) de 2 Km. con una elevación máxima de 78 pies s.n.m. Entre las tres (3) islas se estima un área total de 410Ha.

A partir de su declaratoria como territorio hondureño el 11 de enero de 1982 (Decreto No. 131), las islas se han mantenido bajo custodia de la Fuerza Naval de Honduras con el propósito de garantizar la soberanía y seguridad nacional en esta región, siendo la única presencia humana existente en la actualidad. De estas intervenciones quedaron además de la estación, una pista de aterrizaje de 1,151. 5 m. (3,800 pies) de largo y varias edificaciones ubicadas en la zona centro de la isla Grande, las cuales abarcan aproximadamente el 20% del área total de la isla y fueron gravemente afectadas con el paso del huracán Mitch en 1998.

Mediante Acuerdo No. 3056-91 Presidencial, y categorizado como “Parque Marino Abogado Agustín Córdova Rodríguez” mediante el decreto N° 128-94, publicado en La Gaceta N° 27,477 el 17 de octubre de 1994. En 2002, el Sistema Nacional de Áreas Protegidas de Honduras (SINAPH) el archipiélago fue designado como área protegida, recibiendo la categoría de «Parque Nacional Marino, debido a su importancia ambiental y sus valores biológicos únicos.

Marco teórico

Las Islas del Cisne es un grupo de islas ubicadas en el mar Caribe, a unos 250 kilómetros al noroeste de tierra firme de Honduras, su historia se remonta a 1638 cuando el bucanero inglés Charles Swan, se asentó brevemente en la pequeña isla del Caribe que luego sería bautizada con su nombre con la intención de saquear las costas de México y Centroamérica. En1991 el archipiélago fue declarado área protegida mediante el Acuerdo No. 3056-91, publicado en el diario oficial La Gaceta, bajo el criterio de un manejo que permita la conservación y sostenibilidad de sus recursos mediante la realización de actividades de investigación, educación ambiental y ecoturismo. En conmemoración de las actividades realizadas por el Abogado Agustín Córdova Rodríguez en pro de la defensa y soberanía nacional, se otorgó su nombre al Parque Marino mediante el Decreto Legislativo 128-94. En el año 2002, el informe de racionalización del Sistema Nacional de Áreas Protegidas de Honduras (SINAPH) propone, por consideraciones de carácter técnico, que la categoría de manejo más acertada para esta área es la correspondiente a Reserva Marina, cuyo objetivo es proteger, conservar y mantener fenómenos o procesos naturales en estado inalterado, para estudios e investigación científica, con especial énfasis en la protección del hábitat marino.

También son consideradas prioridad a nivel regional ya que presentan ecosistemas terrestres y marinos únicos a lo largo de México hasta Costa Rica, especialmente por la presencia del pájaro bobo (Sula leuocogaster) y el arrecife parchado, el cual se considera se encuentra en mejor condición a la existente en Belice e Islas de la Bahía. Sin embargo, de lo anterior, hasta la fecha el sitio carece de una declaratoria por lo que es considerada un área protegida propuesta dentro del SINAPH, motivo por el cual es necesario promover la gestión de los trámites necesarios para obtener dicha declaratoria.

El ecosistema marino comprendido por la fauna marina en especial de los arrecifales que se encuentran en las Islas del Cisne es típico de islas oceánicas, aunque no se notó la formación de una barrera arrecifal típica; sin embargo, los páramos arrecifales que se encontraron representan un hábitat propicio para una variada diversidad de especies de peces. La mayor parte de las especies de peces representan las característicamente encontradas en ecosistemas coralinos, de los cuales se identificaron 54 especies de peces. Las especies que fueron observadas en todos los sitios visitados fueron el Blue Tang (Acanthurus coeruleus), A. Chirurjus, Blue Cromis (Chromis cyanea), Blue Heads (Talasoma bifasciatum), Coney (Cephalopholis fulva) y Queen Triggerfish (Balistis betuna) estas dos últimas de importancia comercial. Ahora bien, la baja mortalidad y alta presencia de langostas, reclutas y caracol reina) de dichas colonias es alta. Estas entre otras especies de flora y fauna de mayor abundancia en las islas son el pájaro bobo café y patas rojas. Este corresponde a un ecosistema semiárido demostrado por la presencia del cactus (Harrisia eriphora), lo que hace que forme parte del sistema de islas semiáridas como Cuba, Caimán, Islas Winward e Islas Leewards, cada una representando una ecoregión de arbustales secos en el Caribe. Se estableció que, por sus características de flora, las Islas del Cisne también debe ser consideradas una eco-región aparte, llegando a representar la quinta eco-región para el Caribe y una nueva eco-región para el país, aumentando de 9 a 10. La presencia de esta especie de cactus lo convierte, según el Sistema de Clasificación de Ecosistemas de la UNESCO, en un ecosistema único para Honduras ya que los arbustales presentes en Cayos Cochinos e Islas de la Bahía son más húmedos y sin cactus, por lo cual las Islas del Cisne presentan un estatus único aumentando los ecosistemas de Honduras de 71 a 72.

El clima en esta zona es similar al de las demás islas cercanas en estos mares, como ser Islas Caimán, Jamaica y Cuba; durante el día se alcanzan temperaturas de 26.6 ºC y por la noche disminuye a 21.1ºC. Los vientos soplan generalmente con orientación del Este a Oeste. El promedio fluvial es de aproximadamente 50 pulgadas de lluvia al año, pero es variable y ha habido años de 37 y otros hasta de 80 pulgadas, siendo la temporada más lluviosa entre los meses de junio a diciembre.

La isla carece de todo tipo de abastecimiento de servicios debido la falta de necesidad de contar con ellos por la inexistencia de habitantes. La población de la base naval cuenta con una planta generadora de energía eléctrica que opera de manera racional, un radio de ondas electromagnéticas para la comunicación a larga distancia y utilizan de pequeños pozos que fueron perforados en años anteriores, además captar las aguas lluvias para su abastecimiento, lo que implica razonar en la inversión y los efectos a largo plazo de crear una cárcel en esta isla.

La explotación y ejecución de cualquier proyecto de impacto ambiental relativo al uso del suelo en términos de regulación por zonificación, estará sujeto a ciertas restricciones, prohibiciones de arrendamiento o cualquier otro tipo de aspecto legal relacionado. En este caso la isla por ser un área protegida por el Gobierno de Honduras deberá cumplir con estudios de impacto ambiental y que todo proyecto que pretenda realizarse deberá estar regida bajo lo establecido en el decreto de creación y el Plan de Manejo del sitio.

Es necesario se dé cumplimiento a las normas ambientales para el desarrollo de cualquier proyecto, actividad o infraestructura que sea propuesta para el área, mismas que deberán ser ambientalmente compatibles con la fragilidad de los ecosistemas y poblaciones silvestres.

Además, indispensable la creación de mecanismos para prevenir la introducción de especies, además de implementar sistemas de control para los gatos y perros presentes en la zona debido a que poblaciones de especies silvestres en la isla son extremadamente vulnerables y no tienen respuestas eficientes ante este tipo de depredadores puesto que nunca han estado presentes anteriormente en el área.

Por sus valores ambientales la Islas del Cisne fue declarado Parque Nacional Marino mediante el Acuerdo Ejecutivo No. 3056-91 el 30 de octubre de 1991, y clasificado como “Parque Marino Abogado Agustín Córdova Rodríguez” mediante el decreto N° 128-94, publicado en La Gaceta N° 27,477 el 17 de octubre de 1994. En 2002, el Sistema Nacional de Áreas Protegidas de Honduras (SINAPH) consideró que la categoría de manejo más adecuada para este archipiélago era la de Reserva Marina.

La isla carece de todo tipo de abastecimiento de servicios debido la falta de necesidad de contar con ellos por la inexistencia de habitantes. La población de la base naval cuenta con una planta generadora de energía eléctrica que opera de manera racional, un radio de ondas electromagnéticas para la comunicación a larga distancia y utilizan de pequeños pozos que fueron perforados en años anteriores, además captar las aguas lluvias para su abastecimiento, es por esa y por razones de conservación que, cualquier proyecto que implique la construcción, ya sea cercano a la costa o lejos de ella, cuente con un sistema de tratamiento de aguas residuales ya que la geología del arrecife coralino carece de caídas o paredes donde pueda escurrir el sedimento con mayor celeridad. Las unidades geomorfológicas submarinas de la zona tienen una pendiente promedio de 10% y en muchos casos es menor de 5%, lo que convierte al arrecife en una zona muy frágil para la deposición de sedimentos. Se recomienda, además, apoyar los esfuerzos de investigación en las Islas del Cisne, ya que la información existente para la zona en el componente marino-costero es casi nula. (Análisis del Potencial de Desarrollo en Isla el Cisne. Octubre 2007)

Además, señala a Criterio.hn el Instituto Nacional de Conservación Forestal (ICF) mediante un informe en fecha 8 de julio de 2023 expresa que  “el Parque Nacional Marino Islas del Cisne tiene un área total de 48,546 hectáreas y forma parte del Sistema Nacional de Áreas Protegidas de Honduras (SINAPH), cuenta con respaldo legal a Acuerdo No. 3056-91 y cambió de nombre por medio del Decreto Legislativo No. 128-94; siendo un área que se encuentra totalmente inhabitada (sólo con presencia de la Fuerza Naval)”.

La Islas del Cisne es un área protegida. Pero, además de ese reconocimiento, la Ley Forestal Áreas Protegidas y Vida Silvestre, Decreto 98-2007, en su artículo 11, define que las Áreas Protegidas: son aquellas áreas, cualquiera fuere su categoría de manejo, definidas como tales por esta Ley, para la conservación y protección de los recursos naturales y culturales, tomando en cuenta parámetros geográficos, antropológicos, bióticos, sociales y económicos de las mismas, que justifiquen el interés general”.

Según datos ofrecidos y publicados por Criterio.hn el estudio de impacto ambiental sobre biología terrestre  y de carácter científico-técnico muestra resultados que la construcción de cárcel en la Isla el Cisne no es viable por los daños ambientales que esta causaría a las especies endémicas. Asimismo, señala que en “tierra firme continental existe diversidad de espacios con el mismo potencial para cualquier emplazamiento de infraestructura que a la vez presente menor impacto ambiental, menor biodiversidad y a la vez menor costo logístico y financiero para el Estado de Honduras”.

La isla cárcel El Cisne es ecocida. Así lo ha señalado el Colegio de Biólogos de Honduras (CBH) pues “este archipiélago alberga ecosistemas marinos y costeros con características biológicas y ecológicas muy especiales”. Por su parte, el Colegio de Ingenieros Forestales de Honduras ha manifestado su oposición en tanto que Islas del Cisne posee 73 especies de flora y 51 especies de fauna presente de mucha importancia para la conservación con características particulares. Y también el Colegio Químico – Farmacéutico de Honduras ha pedido se haga un mejor uso de los fondos nacionales junto a otras medidas más reales en el sistema carcelario nacional.

Señaló Movimiento Amplio por la Dignidad y la Justicia qué, la crisis carcelaria hondureña no tiene su origen principalmente en la falta de presupuestos ni la falta de edificaciones; es una crisis derivada directamente por la corrupción y abuso de autoridad de muchos de los oficiales de policía y militares que, por un lado, han convertido los centros penitenciarios en lujosas suites para los presos de alto calado y, por otro lado, han permitido el trasiego de drogas y armas dentro de los recintos penitenciarios, facilitando el asesinato dentro de los mismas

El Instituto Nacional de Conservación y Desarrollo Forestal, Áreas Protegidas y Vida Silvestre (ICF) indica que, El Parque Nacional Marino Islas del Cisne tiene un área total 48,546 hectáreas y forma parte del Sistema Nacional de Áreas Protegidas de Honduras (SINAPH), cuenta con respaldo legal a Acuerdo Ejecutivo No. 3056-91 y cambio de nombre por medio del Decreto Legislativo No. 128-94; siendo un área que se encuentra totalmente inhabitada (solo con presencia de la Fuerza Naval).

Ante la alta criminalidad que ha afectado al país y la iniciativa del Gobierno sobre la construcción del centro penal en las Islas del Cisne. El ICF acompañará este proceso de seguridad nacional con el fin de velar por los objetivos del área protegida y por el cumplimiento de las medidas ambientales que establece la legislación nacional, puntualizando los siguientes aspectos:

  • En cualquier intervención que se haga en un área protegida, se debe contar con los permisos y estudios técnicos debidos para determinar la viabilidad de las acciones, así como considerar lo establecido en el marco legal nacional e internacional.
  • En consideración a ello, el Gobierno garante de la conservación de los recursos naturales, en esta iniciativa de proyecto, que podría ser de categoría 3 o 4, previo a cualquier intervención y en cumplimiento al Estado de Derecho, realizará el Estudio de Impacto Ambiental correspondiente.
  • El ICF junto con la Secretaría de Recursos Naturales y Ambiente (SERNA) velarán y acompañarán durante la elaboración del Estudio de Impacto Ambiental que sea desarrollado para el proyecto, el cual deberá ser elaborado de forma responsable por medio de la participación de un equipo multidisciplinario.
  • De ser factible el proyecto, respetando en todo momento las leyes y normas aplicables, ICF y SERNA, garantizará el uso de tecnologías y medidas que no pongan en riesgo el estado de los ecosistemas existentes, realizando acciones de control y seguimiento constante, aéreo y terrestre; así como, garantizar y monitorear responsablemente las medidas de mitigación.
  • Asimismo, se informa que, dentro del archivo de las diferentes dependencias de la Institución, tales como la Dirección Ejecutiva, la Secretaría General, el Departamento de Áreas Protegidas, Departamento de Vida Silvestre, Centro de Información y Patrimonio Forestal, Regiones Forestales y Oficinas Locales, así como en el Sistema Nacional de Información Forestal (SNIF) que maneja el ICF, no se encuentra documentado ninguna solicitud y/o estudio con relación a la construcción de un centro penal en el Área Protegida Islas del Cisne, solicitada por gobiernos anteriores.
  • Los antecedentes de acciones desarrolladas por ICF en las Islas del Cisnes, desde el año 2014, corresponden únicamente a procesos para asegurar el área protegida como un patrimonio del Estado y acciones de coordinación interinstitucional para atención a la pesca ilegal, sin tener continuidad ni resultados.

La práctica histórica violatoria de los derechos humanos generalizada en las islas cárcel

La experiencia histórica fatídica de las islas cárcel en materia de derechos humanos desenmascara la aparente inocuidad de estos centros de reclusión que pretende evidenciar la ministra de derechos humanos y el ambiente. Nada más lejos de la realidad manifiesta de las cárceles en islas.

  • La isla cárcel Robben, en Sudáfrica, emblema donde el régimen del apartheid terminó concentrando en tres de los cuatro pabellones de celdas a prisioneros políticos de la estatura de Nelson Mandela, quién ocupó una celda durante 18 años y los presidentes sudafricanos Kgalema Motlante y Jacob Zuma que permanecieron presos en la isla por más de diez años cada uno.
  • La isla cárcel Tiburón, en Namibia, fue el epicentro del proceso de exterminio de las poblaciones nama y herero por parte del gobierno colonial alemán, a razón de un promedio de ocho muertes diarias en esta isla cárcel, más conocida como la “isla de la Muerte”.
  • La isla Martin García, en Argentina, se construyó para albergar a los presos más conflictivos de Buenos Aires. Sin embargo, terminó siendo la sede penitenciaria de prisioneros políticos, como es el caso de Juan Domingo Perón hasta su cierre definitivo en 1962.
  • La isla cárcel Gorgona, en Colombia, creada como casi todas las islas cárcel para los criminales más temibles y los presos políticos. Sin embargo, tuvo que cerrarse ya que los prisioneros fueron sometidos durante 24 años a torturas y violaciones de derechos humanos más crueles como castigos severos, torturas y muerte por inanición hasta llegar a convertirse entre los penales más siniestros de la historia del mundo. La presión permanente de defensores de derechos humanos, ecologistas y científicos condujo a su cierre en 1984.
  • La isla cárcel de Coiba, en Panamá, destinada como el infierno para 3 mil criminales desde 1919, terminó siendo el lugar adonde también se enviaba a los prisioneros políticos, cerrando sus funciones en 2004 por las continuas denuncias de sus tratos crueles e inhumanos.
  • La isla cárcel más recientemente clausurada en América Latina, la isla cárcel Marías, en México, funcionó desde 1905 hasta el 2019 que fue clausurada por Andrés López Obrador debido a su historial cargado de crueldad contra reos comunes, así como prisioneros políticos.    

Si la mayoría de islas cárcel nunca han funcionado, y muy particularmente en América Latina ya han sido canceladas debido a las reiteradas violaciones a los derechos humanos de los presidiarios y de manera especial de los presos inocentes encarcelados por diferencias políticas con los regímenes de turno, ¿cómo es que la ministra de derechos humanos de Honduras, puede afirmar tan categórica pero irresponsable al señalar que la ingeniería de la Isla Cárcel El Cisne garantizara  ser una cárcel amigable con el ambiente y libre de violaciones a los derechos humanos?

Si la historia demuestra que las islas cárcel terminan en graves violaciones a la vida, al resto de derechos humanos y al ambiente, ¿de qué se vale la ministra para asegurar que en la isla cárcel El Cisne va a suceder lo contrario, si, como todas las cárceles del país son custodiadas por la mismas Fuerzas Armadas y Policía Nacional sin resultados de cambio por el crimen organizado, el narcotráfico, las maras y los grupos de poder?

Ningún funcionario está por encima de la Ley en consecuencia el ministro del Ambiente brindo declaraciones falsas al asegurar que la Isla del Cisne no es área protegida, ya que, el archipiélago Islas del Cisne fue declarado Parque Nacional Marino mediante el Acuerdo Ejecutivo No. 3056-91 el 30 de octubre de 1991, y clasificado como “Parque Marino Abogado Agustín Córdova Rodríguez” mediante el decreto N° 128-94, publicado en La Gaceta N° 27,477 el 17 de octubre de 1994. En 2002, el Sistema Nacional de Áreas Protegidas de Honduras (SINAPH) consideró que la categoría de manejo más adecuada para este archipiélago era la de Reserva Marina. La falta de publicación de este último cambio de estatus en La Gaceta no invalida las dos designaciones anteriores, como pretende el ministro del Ambiente para justificar la devastación del archipiélago en beneficio de intereses desconocidos.

En cuanto a las declaraciones de la ministra de Derechos Humanos y el Procurador General, como Movimiento Amplio señalaron: sostener que la dignidad y derechos de muchas personas y comunidades están en juego. No es cierto que, por mantener una actitud crítica ante un proyecto como este, se deba cuestionar que son promotores de “un Estado sin soberanía”.

El Movimiento Amplio por la Dignidad y la Justicia es una organización digna, con independencia política-electoral, que reconoce nuestros derechos soberanos, y por ello nos oponemos rotundamente a las acciones autoritarias de unos pocos funcionarios que pretenden someter al pueblo negándole sus derechos más fundamentales. (Movimiento Amplio Dignidad y la Justicia. Junio 2024)

¿Cuál es el verdadero propósito de construir una cárcel de máxima seguridad en las Islas del Cisne?

Este es el cuestionamiento hecho por el Movimiento Amplio consideran que, convertir el archipiélago Islas del Cisne en una isla cárcel sería un ecocidio, un etnocidio, una obra inútil para los fines que se persiguen y una afrenta a la vida y los derechos humanos de los futuros presos y el personal militar y policial de menores rangos.

La isla cárcel El Cisne es ecocida. El Colegio de Biólogos de Honduras (CBH) ha señalado que “este archipiélago alberga ecosistemas marinos y costeros con características biológicas y ecológicas muy especiales”. El Colegio de Ingenieros Forestales de Honduras se ha opuesto a la construcción, señalando que las Islas del Cisne tienen 73 especies de flora y 51 especies de fauna importantes para la conservación. El Colegio Químico-Farmacéutico de Honduras también ha pedido un mejor uso de los fondos nacionales y otras medidas más efectivas en el sistema carcelario.

El archipiélago Islas del Cisne destaca por su ecosistema único en Honduras, denominado Arbustal semideciduo con cactus, que, según el Sistema de Clasificación de Ecosistemas de la UNESCO, presenta un estatus único, aumentando de 71 a 72 los ecosistemas nacionales. Por ello, cualquier intervención en la zona debe considerar el impacto potencial que podría desencadenar, aplicando el principio de precaución incorporado al derecho internacional ambiental desde 1992 y luego al derecho hondureño.

¿Vale la pena poner en riesgo un ecosistema peculiar, pero frágil y único como el del archipiélago de Islas del Cisne debido a la devastación y contaminación que se produciría con la construcción de la cárcel?

La idea de una isla cárcel El Cisne es etnocida. Las islas y los más de sesenta cayos que integran el departamento de Islas de la Bahía, donde se encuentra el archipiélago Islas del Cisne, registran movimientos humanos que datan de hace 1,500 años, con asentamientos desde el 600 a.C. Estos territorios han sido transitados por varios pueblos originarios de la plataforma continental hondureña, dedicados al intercambio de productos y relaciones con pueblos vecinos.

Es comprensible que la organización del pueblo misquito, MASTA, mantenga un rotundo NO a la construcción de cárceles en Islas del Cisne, ya que temen que afecte la pesca, que es el sustento de muchos en el Caribe hondureño. Sería lamentable enterrar esta rica historia y convertir el archipiélago en una isla cárcel inaccesible para la población.

El archipiélago vecino de los Cayos Zapotillos fue clasificado como Reserva Biológica, y el archipiélago Cayos Cochinos declarado Monumento Natural Marino. Ambos archipiélagos son escenarios naturales que los hondureños pueden visitar y disfrutar. ¿Por qué no complementar estas acciones haciendo del archipiélago Islas del Cisne un museo de historia natural y cultural del Caribe hondureño, en lugar de condenarlo a la devastación natural y el desfiguramiento histórico-cultural?

La crisis carcelaria hondureña no se debe principalmente a la falta de presupuesto o edificaciones, sino a la corrupción y abuso de autoridad de muchos oficiales de policía y militares, que convierten los centros penitenciarios en lujosas suites para presos de alto nivel y permiten el tráfico de drogas y armas dentro de los recintos penitenciarios, facilitando asesinatos.

Es inaceptable utilizar la Isla Cárcel El Cisne como una solución indispensable para que las fuerzas del orden puedan cumplir con su responsabilidad de acabar con el crimen organizado. ¿O acaso se trata de una cortina de humo para ocultar las verdaderas causas de la crisis del sistema carcelario y de la sociedad en general? ¿Qué garantías tiene la población de que las Fuerzas Armadas y la Policía administrarán correctamente la isla cárcel El Cisne si ni siquiera pueden gestionar eficientemente las bodegas de sus batallones, donde frecuentemente desaparecen armas, aviones y drogas depositadas por el Ministerio Público? ¿Hay nuevos grupos de narcotráfico negociando nuevas rutas?

Podrán invertirse miles de millones de lempiras en la construcción de la Isla Cárcel El Cisne, pero el sistema carcelario nacional seguirá con los mismos problemas, porque no se corrigen las causas de fondo del tráfico de armas, las suites especiales para reos adinerados y la miseria para los reos pobres, el mercado de drogas y celulares, etc. Esto no se arregla con una nueva cárcel, sino con un cambio verdadero en el sistema.

La isla cárcel El Cisne es una afrenta a la vida de los prisioneros que serán enviados allí, así como para el personal militar y policial de menor rango. La sociedad hondureña espera castigos ejemplares para los delincuentes, no una brutalidad mayor que la que se pretende subsanar. ¿Qué garantía hay del respeto a los derechos humanos? Si, esta no es una cuestión de infraestructura y estrategia de seguridad sino institucional y estructural.

«La construcción de una cárcel de máxima seguridad es una intervención significativa y los impactos ambientales potenciales en las islas, cuyos recursos son limitados, son graves», enfatizó la UNAH en un comunicado, subrayando que ninguna actividad humana está exenta de tener un impacto ambiental.

Asimismo, la UNAH indicó que «los impactos ambientales no se limitan a la construcción, sino que continúan con el mantenimiento de las personas privadas de libertad, sus suministros, consumos y desechos».

La universidad se unió a diversos sectores, incluyendo biólogos, ambientalistas y defensores de derechos humanos, que han expresado su desacuerdo con la iniciativa del gobierno, argumentando que causaría un daño ambiental severo a las Islas del Cisne, situadas a 250 kilómetros de la costa.

La prisión albergaría a unos 2.000 reclusos considerados de “alta peligrosidad” por las autoridades hondureñas. Además, en junio el gobierno anunció la construcción de otra cárcel para 20.000 personas en una zona remota entre los departamentos de Olancho y Gracias a Dios, al este del país, limítrofe con Nicaragua.

La máxima casa de estudios expresó que las Islas del Cisne (dos) albergan ecosistemas frágiles y biodiversidad única, además de poseer especies endémicas y extremadamente raras.

El comunicado de la UNAH añade que «el aislamiento geográfico y genético propio de una isla oceánica favorece que las especies desarrollen patrones exclusivos de comportamiento, fisiología, ecología y morfología en comparación con sus homólogos continentales», y que esto vuelve a las Islas del Cisne «altamente vulnerables, por lo que cualquier afectación a su ecología es perjudicial e irreparable».

La UNAH se pronunció «desde el punto de vista técnico y científico, señalando que cualquier desarrollo en las Islas del Cisne debe cumplir con todos los requisitos legales establecidos en las leyes y convenios de los que Honduras es signataria…»Como academia, instamos a acatar las disposiciones legales según la categoría ambiental asignada y no ignorar los resultados de una investigación científica», añade el comunicado.

La UNAH solicitó que en el caso de las Islas del Cisne se aplique la normativa ambiental y se realicen los estudios de impacto ambiental correspondientes, los cuales «deben ser realizados por cuerpos académicos libres de conflictos de intereses, multisectoriales, participativos y con transparencia».

Además, ofreció, a través de la Escuela de Biología, un equipo de especialistas de alto perfil con amplia experiencia en las disciplinas necesarias para la zona. EFE

El Colegio de Biólogos de Honduras se pronunció en contra de una cárcel en la Isla el Cisne expresando lo siguiente:

  • Aseguro el gremio de biólogos no, oponemos a las estrategias de seguridad y defensa. Sin embargo, sugieren otros lugares en tierra firme que ofrecen mejor acceso logístico, ya están impactados ecológicamente y disponen de tecnología adecuada para albergar a una población penitenciaria de manera aislada.
  • La construcción de una cárcel en Islas del Cisne tendrá un impacto significativo en un ecosistema terrestre único en el país, caracterizado por un arbustal semideciduo con cactus. La especificidad de este ecosistema es tal que se considera una eco-región aparte, diferente a los ecosistemas del Caribe, como Guanaja, Roatán, Útila y los Cayos Cochinos.
  • De acuerdo con la Ley General del Ambiente y sus reglamentos, especialmente el Reglamento del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental (SINEIA) y la Tabla de Categorización Ambiental (Acuerdo 071-2021), así como la Ley Forestal, de Áreas Protegidas y Vida Silvestre, ningún proyecto debe aprobarse sin pasar por los procesos correspondientes de licenciamiento ambiental y revisión por la autoridad encargada de las áreas protegidas y otras autoridades ambientales.
  • La construcción, instalación y operación de una cárcel implica impactos ambientales y socioeconómicos negativos significativos, por lo que se requiere un estudio de impacto ambiental previo para determinar los siguientes impactos potenciales: Contaminación ambiental por aguas residuales y desechos sólidos, transporte de residuos sólidos hacia tierra firme, Acumulación de basura marina en el medio ambiente marino y costero, transporte de insumos desde tierra firme, consumo y contaminación de recursos hídricos, considerando la escasez de fuentes de agua en el archipiélago, Modificación del uso del suelo, Introducción de especies no nativas, fragmentación y destrucción de hábitats locales, afectando la biodiversidad, Incompatibilidad con otros usos de la zona, transporte y acumulación de material de construcción en las islas, altos costos de mantenimiento,
  • Debido a la singularidad geográfica y ecológica de la isla, la infraestructura marino-costera en esta área vulnerable representa un riesgo mayor de contaminación y daños físicos por el tráfico de embarcaciones, Estudios previos indican que el archipiélago de Islas del Cisne alberga ecosistemas, hábitats y especies valiosas para Honduras y la región, como lagunas con manglares, arrecifes coralinos, peces comerciales, aves marinas y tortugas en peligro de extinción, además de la lagartija endémica Anolis nelsoni y áreas de descanso para aves migratorias.
  • El archipiélago ya ha sufrido impactos ambientales en el pasado, resultando en la extinción de especies como el roedor Geocapromys thoracatus, debido al uso inadecuado y descontrolado del área para actividades geopolíticas.
  • Las Islas del Cisne son vulnerables a eventos meteorológicos extremos como huracanes y tormentas, que requieren infraestructura especializada para resistir estos fenómenos, lo cual implica altos costos económicos para el país.
  • La ubicación geográfica del archipiélago prevé un impacto financiero significativo para el Estado debido a la construcción, operación y traslado de personas privadas de libertad.
  • Concluimos que un centro penal es incompatible con los ecosistemas, especies, belleza escénica y condiciones climáticas del archipiélago, siendo ambientalmente insostenible y representando más amenazas a corto y mediano plazo que soluciones a largo plazo.
  • Alentamos a la población hondureña y a los sectores profesionales a manifestarse en contra de este proyecto en Islas del Cisne y a participar activamente en consultas relacionadas que puedan impactar negativamente nuestro entorno y recursos.
  • El cumplimiento del marco normativo e institucional es fundamental para la proteger los recursos naturales, la biodiversidad y el medio ambiente de Honduras, fundamentales para nuestra calidad de vida, desarrollo socioeconómico y equilibrio ecológico a nivel nacional, regional y mundial.

En un comunicado reciente el PhD. en Derecho Ambiental Mario Vallejo Larios señala:  que, además de los artículos constitucionales que se refieren al ambiente como derecho humano y la responsabilidad del Estado por conservar los recursos naturales hay leyes secundarias que se deben cumplir para ejecutar un proyecto de la naturaleza del mencionado.

 Una de estas es la Ley General del Ambiente, que contiene principios derivados de convenios internacionales que también son ley vigente en el país. Uno de esos principios es el de “Precaución”, que puede considerarse como la piedra angular del Derecho Ambiental. La precaución obedece a la idea de “un buen gobierno” que, ante la duda de que una actividad pueda ser riesgosa, optará por no autorizarla o realizarla, para evitar cometer un error irremediable (“Ante la duda, abstente”, que significa que es preferible no tomar una decisión si no se sabe a ciencia que no va a tener resultados inconvenientes). Con base en el principio de prevención ambiental, en el artículo 5 la Ley General del Ambiente se establece la obligatoriedad para que antes de iniciar cualquier proyecto, instalación industrial y, en general, cualquier actividad, pública o privada, que pueda contaminar el ambiente, los recursos naturales o el patrimonio histórico cultural, se haga una Evaluación de Impacto Ambiental (EIA).

La construcción de una cárcel en Islas del Cisne cae entre los supuestos del artículo 5 mencionado. Aunque sea de carácter público debe realizarse una obligatoria EIA de acuerdo con sus potenciales impactos ambientales, sociales y económicos. Dado que este proyecto estaría basado en un área protegida, catalogada como prioritaria en el Sistema Nacional de Áreas Protegidas de Honduras (SINAPH) se anticipa un conflicto legal. No hacerlo, sería una irresponsabilidad y un abuso de autoridad de consecuencias impredecibles para los ecosistemas costeros que están protegidos en las Islas del Cisne y un mal mensaje para los ciudadanos que creemos que las leyes están hechas para cumplirse.

También, es importe considerar ciertos elementos asegura Mario Vallejo ante la posibilidad de construcción de una cárcel en Islas del Cisne debido a la falta de consideración de los impactos ambientales, altos funcionarios del gobierno han afirmado que se realizará una Evaluación de Impactos Ambientales (EIA), lo cual es un paso positivo.

Es importante comprender el procedimiento establecido en el Reglamento del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental (SINEIA) para llevar a cabo la EIA, tal como lo exige la Ley General del Ambiente, la cual indica que debe realizarse antes del inicio de las actividades.

Asegurarse de obtener el consentimiento libre, previo e informado de pueblos indígenas si el proyecto afecta sus territorios, Una buena EIA debe indicar claramente si el proyecto es ambientalmente viable, permitiendo a la Serna otorgar o denegar la Licencia Ambiental. Si no es viable, debe proponer alternativas para ubicar la prisión sin causar daños ambientales irremediables.

Conclusiones

Las Islas del Cisne son consideradas un área protegida propuesta como Reserva Marina, cuyos objetivos de creación se encuentran dirigidos principalmente a la conservación y mantenimiento de los procesos naturales en estado inalterado, en consecuencia, los proyecto que sean susceptibles de generar alteración a los ecosistemas marinos deberán estar sujetos a estudios de impacto ambiental.

La comunidad científica ha manifestado una firme oposición al proyecto de una isla cárcel ya que esto implicaría grave violación a los derechos humanos y subrayan la necesidad de proteger la biodiversidad y utilizar los recursos públicos de manera más efectiva, priorizando el bienestar ambiental y la sostenibilidad a largo plazo.

La construcción de una cárcel en las Islas del Cisne tendría un impacto ambiental devastador, dañando irreversiblemente los frágiles ecosistemas marinos y costeros. Estudios científicos y expertos ambientales coinciden en que el proyecto no es viable debido a la alta biodiversidad y la presencia de especies endémicas que necesitan ser protegidas.

Bibliografía  

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Criterio.hn. (s.f.). El valor ecológico, social y comercial de las Islas del Cisne. Recuperado el 22 de julio de 2024, de https://criterio.hn/el-valor-ecologico-social-y-comercial-de-las-islas-del-cisne/

Citas

[1] Abogada especialista en derecho laboral y ambiental, docente especialista en derecho ambiental, agrario y laboral desde 2009 en la Universidad Nacional Autónoma de Honduras, asesor legal sector público y privado, miembro de laLiga Mundial de Abogados Ambientalistas (LIMAA). Dra. In Infiere Derecho Económico y de la Empresa, Fundación Universitaria Iberoamericana (FUNIBER). (FUNIBER). Máster en Dirección de Recursos Humanos Universidad Tecnológica de Honduras (UTH). Máster Derecho Empresarial y Tributario (UNITEC). Abogada Universidad Nacional Autónoma de Honduras (UNAH). Diplomado de Investigación en Derecho a la Alimentación Adecuada en Honduras. (UNAH). Diplomado en Educación Superior, Universidad Pedagógica Nacional Francisco Morazán (UPNFM). Diplomado en Derecho Laboral y Seguridad Social, Universidad Nacional Autónoma de Honduras (UNAH).

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