Revista Iberoamericana de Derecho, Cultura y Ambiente

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RIDCA - Edición Nº7 - Derecho Constitucional y Derechos Humanos

Javier A. Crea. Director

Marzo de 2025

Importancia de la comunicación jurídica para lograr el bien común; elemento esencial frente a los Derechos Humanos

Autor. Raúl Sánchez Aguirre. Bolivia

Por Raúl Sánchez Aguirre[1]

 

En términos generales la comunicación efectiva es un tema complicado de abordar puesto que prevalecen en el individuo ideas radicales que en múltiples ocasiones consolidan su personalidad con base en creencias que le permiten asegurar que su actuar cotidiano es el correcto.

La seguridad en uno mismo debe distinguirse del tener o no la razón; de tal forma que, como lo afirma Walter Riso en su obra intitulada: “El Poder del Pensamiento Flexible”, nuestro cerebro tiene la capacidad de generar infinidad de ideas; empero, cuando se logra un pensamiento intermedio entre el rígido y el blando, podemos lograr, en consecuencia, muchas formas de convivencia, principalmente con uno mismo.

Ello, no es tema ajeno de lo jurídico, infinidad de ocasiones los abogados creen tener la razón por el simple hecho de ser Licenciados en Derecho, pasando por alto que la materia de su ejercicio profesional se encuentra en constante evolución; motivo por el cual, resulta necesario estudiar y actualizarse en todo momento     y         lograr  una     capacidad          intelectual     especial para entender, interpretar y argumentar de manera acertada.

Los elementos básicos o esenciales de la comunicación radican en: emisor, receptor y mensaje. Se entiende que la comunicación es la transmisión de información entre dos o más personas. No obstante, hasta para entendernos con uno mismo resulta necesario plantearnos y replantearnos temas de manera efectiva; génesis del ejercicio intelectual, necesario para distinguir conductas conscientes e inconscientes.

Cuando acude una persona con el abogado, podría ser que no precisamente lo interpela para que le resuelvan un problema; podría ser básicamente para efectuarle el planteamiento de una duda en carácter preventivo. O puede tratarse de la desesperación de una persona o personas al no poder encontrar solución a un caso atendido previamente de manera infructuosa por diverso o diversos abogados. En ambos casos el Licenciado en Derecho debe tener capacidad receptiva, bloqueando, en primer lugar, todo tipo de ideas que prejuzguen la específica circunstancia.

Así acontece desde el punto de vista jurisdiccional; el Juzgador, antes de emitir los razonamientos en sentencia o cualquier tipo de resolución debe tener conocimiento general y específico de todos y cada uno de los elementos de información que conforman el expediente o parte específica del mismo que amerite determinación, velando en todo momento el respeto a los derechos humanos.

Derivado de lo anterior, cabe señalar que el tratadista Rubén Pacheco Inclán1[2], indica que “no todo acto dialéctico consigue su fin comunicativo en la mayoría de las ocasiones, por no hacer el ejercicio intelectivo de desarrollar las ideas y técnicas de la comunicación racionalmente construida.

Motivo por el cual, se torna relevante destacar que para propiciar la comunicación efectiva debe tomarse en consideración que el acto de habla cobra sentido sólo cuando proviene como producto del pensamiento, estructurando propiamente el lenguaje con base en ideas y ordenarlas para expresarlas con sentido. Además, dentro del lenguaje jurídico, se debe partir de un sólido sustento provocando actos de expresión conscientes, lo que denomina el precitado autor como “elemento congruente e indispensable  con  la  racionalidad  humana,  con  el  interés fundamental del lenguaje, como herramienta de penetración del convencimiento como fin último de éste.”.

Persona ajena del ámbito jurídico que trata de entablar diálogo con algún licenciado en derecho, por más que intente entender o comprender el fondo de su trabajo o expertiz profesional, no captará la sustancia o esencia de la labor. Es como hablar con algún otro profesionista, el que sea; incluso, con alguna persona que domine cualquier actividad, cultural, artística, etc. Por el simple hecho de haber egresado de una carrera o dominar alguna actividad en particular; por esa específica razón, ya se sitúa en una situación dominante, superior a quien no lo ha logrado y justo ello marca la diferencia.

Hay una frase coloquial que refiere: “honor a quien honor merece”. Ante todo, como sociedad civilizada, debemos ser empáticos y creer en los demás, ponernos en su lugar, admirar las virtudes de quienes nos rodean; claro, en la justa medida sin perder congruencia entre lo que somos, deseamos y haremos.

Si bien es cierto, todos tenemos problemas y, muchas veces, por sentido común, los resolvemos, ello no nos hace o convierte en expertos abogados puesto que se adolece del conocimiento técnico y científico que implica el ejercicio profesional del Licenciado en Derecho. Con mayor razón, prejuzgar entre profesionistas es también una actividad constante que se ha utilizado para demeritar la calidad del gremio.

Ante ello, debemos prepararnos constantemente y elevar los estándares en el ejercicio profesional del Licenciado en Derecho, cuidando en todo momento nuestra labor y mostrar que no es una actividad sencilla y que, como la de un médico, nos debemos a la humanidad y por nuestra sociedad luchar día a día por lograr el bien común que mejore la calidad de vida, sobre todo consolidar el anhelado Estado de Derecho.

El experto, especialmente, en la solución de problemas es el Licenciado en Derecho, y si la humanidad se encuentra conflictuada, estimo que se debe tanto a la desinformación de la sociedad como a la escasa calidad en el ejercicio profesional; o en su defecto, a la desunión del gremio. Lo que me parece, a su vez, una problemática grave si nos mantenemos inertes, sin hacer nada para mejorar individualmente, en perjuicio de nuestro entorno social.

Se tocan tópicos relacionados con el tema de los derechos humanos dentro de una estructura donde intervienen aspectos civiles, políticos, económicos, sociales, culturales con especial énfasis en la erradicación de la pobreza, el analfabetismo y la disminución de las desigualdades entre las naciones y las personas; empero, no obstante, los constantes ajustes legislativos, nuestra sociedad no goza de calidad de vida. De manera puntual hoy interesan la comprensión, la tolerancia y la solidaridad, teniendo en cuenta los distintos puntos de vista de civilizaciones, pueblos, culturas y también los intereses de las minorías étnicas, religiosas y lingüísticas.

De ahí, la imperiosa necesidad de marcar de manera diferenciada la materia del bien común y el bien particular puesto que siempre, dentro de un estado democrático, debe prevalecer el sentir y reclamo de las mayorías para provocar la creación y/o modificación de normas que deban regir al interior de la Nación; consecuentemente, derivado de la praxis, se constatará la eficacia o ineficacia de ello; por tanto, cada individuo debe fomentar mediante el estudio constante y permanente la cultura, el estudio y acrecentar la intelectualidad que nos distingue como humanos del resto de seres vivos.

Por todo lo anterior, resulta importante, previo a expresar nuestras ideas como especialistas del Derecho, efectuar un detenido análisis de las personas a las que llegará nuestro mensaje o la información que transmitiremos para estructurar intelectualmente argumentos sencillos y ricos en información; contenido que permita la idónea interacción pero sobre todo el fomento a la cultura de la legalidad donde la población en general valore nuestra profesión, auxiliándolos, propiciando esa calidad de vida que redundará en el bien común; siempre salvaguardando el respeto irrestricto a los Derechos Humanos.

Citas

[1] Licenciatura en Derecho Universidad Americana de Acapulco. Maestría en Derecho Constitucional y Amparo Universidad Americana de Acapulco. Doctorado en Derecho Penal Centro de Estudios de Posgrado

[2] Técnicas y Estrategias de la Argumentación Jurídica en el Sistema Procesal Acusatorio. Ed. Flores. P. 5.

 

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