Revista Iberoamericana de Derecho, Cultura y Ambiente

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RIDCA - Edición Nº8 - Derecho Animal

Laura C. Velasco. Directora

Diciembre de 2025

Ética de la sintiencia y el fin del cautiverio: Un homenaje a Kshamenk

Autora. Laura C. Velasco. Argentina

 Por Laura Cecilia Velasco[1]

Cierre de ciclo y compromiso ético.

Al concluir este año, la presente edición invita a una reflexión profunda sobre nuestras interacciones con los demás seres sintientes. Elevamos un llamado a la erradicación del uso de pirotecnia, cuyos efectos perjudiciales en la salud de animales humanos y no humanos (ANH) están científicamente validados. Asimismo, instamos a cuestionar el paradigma del consumo de animales -comúnmente cosificados bajo la etiqueta de «animales de producción»- y exigimos el cese de toda forma de crueldad sistémica.

Expresamos nuestro más sincero agradecimiento a los autores y autoras nacionales e internacionales que han contribuido con sus invaluables investigaciones a este número. No obstante, nuestra labor se ve ensombrecida por un suceso que marca un hito de dolor en la región: el fallecimiento de la orca Kshamenk. Dedicamos este espacio a su memoria y a todas las víctimas del confinamiento en acuarios, reafirmando el imperativo ético de abolir la esclavitud animal.

Kshamenk: Crónica de una vulneración sistémica

Kshamenk fue un ejemplar macho de orca (Orcinus orca) que permaneció en cautiverio durante más de 33 años en el parque temático Mundo Marino, Argentina. Capturado en 1992 en la Ría de Ajó siendo apenas un cachorro, representaba la última orca en situación de reclusión en Latinoamérica.

Desde la perspectiva jurídica, este caso evidencia las deudas pendientes del Estado:

  • Inacción Judicial: Pese a los intentos por articular recursos de amparo para su tutela efectiva, las solicitudes no hallaron la receptividad necesaria en las instancias correspondientes.
  • Obstáculos Legislativos: En 2022, el proyecto de ley para su liberación y traslado no logró alcanzar el quorum necesario, postergando una vez más el debate sobre la personalidad jurídica de los ANH.
  • Contradicción Constitucional: Mientras que el artículo 15 de la Constitución Nacional prohíbe la esclavitud, este ser consciente fue reducido a un objeto de entretenimiento. Resulta imperativo denunciar los intereses comerciales que sustentan la privación de libertad, el aislamiento familiar y el estrés crónico de individuos confinados en tanques que anulan sus capacidades biológicas y cognitivas.

Conclusión y Prospectiva

El fallecimiento de Kshamenk el pasado 14 de diciembre de 2025, a causa de un paro cardiorrespiratorio, debe actuar como un catalizador para la reflexión global. Su muerte pone de manifiesto la urgencia de clausurar los establecimientos de exhibición -acuarios y parques temáticos- que funcionan como centros de confinamiento. La transición hacia santuarios y el reconocimiento de los derechos fundamentales de los animales no humanos son pasos ineludibles para una sociedad que pretenda llamarse justa.

La ciencia y la ética coinciden en que el cautiverio de grandes cetáceos es intrínsecamente violento. Es urgente avanzar hacia el cierre definitivo de acuarios y parques temáticos, garantizando la reconversión de estos espacios y la liberación de las víctimas de esta explotación sistemática.

Por ello, nuestro humilde homenaje. Perdón Kshamenk.

Citas

[1] Directora del Capítulo de Derecho Animal

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