Revista Iberoamericana de Derecho, Cultura y Ambiente

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RIDCA - Edición Nº8 - Derecho Antártico, Gestión y Geopolítica del Atlántico Sur

Diciembre de 2025

La Cuestión Malvinas en la política exterior del Mercosur: Los enclaves coloniales como desafío a la integración y la soberanía regional

Autor. Juan Facundo Besson. Argentina

Juan Facundo Besson[1]

Resumen

 El artículo analizó la política exterior del MERCOSUR y su papel en la Cuestión Malvinas, con el objetivo de evaluar cómo los enclaves coloniales constituyen un desafío para la integración y la soberanía regional. Se empleó una metodología cualitativa basada en el análisis documental de tratados, resoluciones institucionales y literatura académica sobre integración regional y derecho internacional. Los resultados mostraron que, aunque el MERCOSUR se originó como un bloque económico-comercial, desde la década de 1990 desarrolló capacidades políticas que le permitieron actuar colectivamente en la defensa de la integridad territorial, la solución pacífica de conflictos y la descolonización. La Cuestión Malvinas se identificó como un caso paradigmático que trasciende el interés argentino, reflejando la articulación del bloque con otros procesos latinoamericanos de integración y su posicionamiento frente a enclaves coloniales comparables, como Gibraltar. Se concluyó que la política exterior del MERCOSUR consolidó un sujeto regional capaz de proyectar principios internacionales, aunque persisten desafíos geopolíticos que requieren coordinación y estrategia común para fortalecer la soberanía y la estabilidad en el Atlántico Sur.

Palabras clave: Atlántico Sur, colonialismo, Cuestión Malvinas, integración regional, MERCOSUR, política exterior, derecho internacional público

  1. Introducción

La Cuestión Malvinas[2] ocupa, en el escenario contemporáneo de la integración regional sudamericana, un lugar singular que combina elementos históricos, jurídicos, políticos, económicos, geopolíticos, sociológicos y diplomáticos. Su tratamiento en el MERCOSUR revela no sólo la persistencia de un enclave colonial en el Atlántico Sur, sino también la manera en que este enclave condiciona la formulación de políticas colectivas en materia de soberanía, seguridad-defensa y cooperación regional. En un contexto internacional caracterizado por la reconfiguración de centros de poder y por una creciente disputa por recursos estratégicos y las rutas marítimas comerciales, la permanencia de estructuras coloniales en espacios de proyección regional obliga a los Estados del Cono Sur a articular respuestas comunes que fortalezcan sus márgenes de autonomía. La presente investigación se inscribe en ese marco, analizando la forma en que el MERCOSUR incorpora la Cuestión Malvinas dentro de su política exterior y cómo, a partir de ello, construye una doctrina regional que identifica a los enclaves coloniales como un desafío estructural para la integración y para la afirmación de la soberanía sudamericana.

Desde mediados de la década de 1990, el MERCOSUR declara que la Cuestión Malvinas constituye un interés regional permanente. En la Declaración de Potrero de los Funes (1996), los Estados Parte manifiestan de forma explícita su apoyo a los derechos argentinos de soberanía y al llamado de la Asamblea General de las Naciones Unidas a reanudar negociaciones con el Reino Unido conforme a la resolución 2065 (XX)[3] (ONU, 1965). A partir de entonces, el bloque incorpora el tema en casi todas sus cumbres presidenciales y en numerosas decisiones del Consejo del Mercado Común (CMC), afirmando que la existencia de enclaves coloniales en el Atlántico Sur resulta incompatible con los principios fundacionales del proceso de integración. La reiteración sistemática de esta postura da cuenta de un proceso de institucionalización progresiva, donde la Cuestión Malvinas deja de ser una reclamación bilateral entre Argentina y el Reino Unido para transformarse en una política regional que se proyecta como parte constitutiva de la identidad del bloque. En este sentido, la presencia de enclaves coloniales en espacios integrados constituye una anomalía estructural que erosiona la autonomía decisional colectiva, y esta definición permite comprender por qué el MERCOSUR asume el tema como propio.

La preocupación del MERCOSUR por la persistencia del enclave colonial británico en el Atlántico Sur se vincula estrechamente con la construcción normativa de la región como zona de paz. Los Estados Parte han definido al bloque como un espacio político-jurídico orientado a la cooperación, al respeto del derecho internacional y a la ausencia de bases militares extra-regionales (MERCOSUR, 2011). En este marco, el Protocolo de Montevideo sobre Compromiso con la Democracia en el MERCOSUR (Ushuaia II), adoptado en 2011, subraya que la consolidación de la integración regional depende del respeto a los valores democráticos y los derechos humanos, estableciendo que «el compromiso con la promoción, defensa y protección del orden democrático, del estado de derecho y sus instituciones, de los derechos humanos y las libertades fundamentales, [es] condición esencial e indispensable para el desarrollo del proceso de integración y para la participación en el MERCOSUR» (MERCOSUR, 2011, p. 2).

Esta conceptualización del Atlántico Sur como “zona de paz y cooperación” se complementa con los esfuerzos de la Organización Marítima Internacional y de la Zona de Paz y Cooperación del Atlántico Sur (ZPCAS), creada en 1986 a iniciativa de Brasil, la cual promueve la cooperación regional y el mantenimiento de la paz y seguridad, con especial atención a la desnuclearización y la reducción de la presencia militar en la región (ONU, 1986). La presencia militar británica en las Islas Malvinas es percibida como un factor de desestabilización que condiciona la proyección estratégica del Atlántico Sur, perspectiva que se refleja en las declaraciones del MERCOSUR y en la Declaración de Desnuclearización del Atlántico Sur adoptada en la Cumbre de Brasilia en septiembre de 1994 (ZPCAS, 1994).

El propósito de este trabajo es analizar cómo el MERCOSUR desarrolla una política exterior coordinada respecto de la Cuestión Malvinas y de qué modo esta articulación contribuye a consolidar una postura regional frente a los enclaves coloniales del Atlántico Sur. La Cuestión Malvinas revela que la integración suramericana no se limita a mecanismos económicos, sino que incorpora progresivamente dimensiones políticas, diplomáticas y geopolíticas donde la defensa de la soberanía adquiere un carácter estructural (Erlich, 2020). En este escenario, el tema funciona como un catalizador que permite evaluar el grado de madurez institucional del bloque y su capacidad para actuar como actor de política exterior.

Desde una perspectiva teórica, el presente estudio se apoya en los aportes sobre integración regional y en el concepto de soberanía cooperativa. Este enfoque entiende la soberanía no sólo como un atributo exclusivo del Estado-nación, sino como un recurso susceptible de fortalecerse mediante la cooperación institucionalizada entre Estados con desafíos geopolíticos comunes (Methol Ferré, 2009). La persistencia de enclaves coloniales en el Atlántico Sur constituye justamente uno de estos desafíos: afecta la integridad territorial, la seguridad regional y el control de recursos estratégicos, haciendo imprescindible la acción diplomática conjunta.

El objetivo general consiste en examinar cómo la política exterior del MERCOSUR incorpora y proyecta la Cuestión Malvinas como parte de su identidad regional. De este propósito se desprenden tres objetivos específicos: (1) reconstruir la evolución normativa del bloque respecto de Malvinas desde 1991 hasta la actualidad; (2) identificar los mecanismos de coordinación diplomática utilizados para respaldar la posición argentina; y (3) evaluar el impacto de esta política exterior en la conformación de una doctrina regional orientada a la defensa de la soberanía y a la construcción del Atlántico Sur como zona de paz.

La hipótesis central sostiene que el MERCOSUR transforma progresivamente la Cuestión Malvinas en un eje estructurante de su política exterior, incorporándola a su visión geopolítica del Atlántico Sur. Este enfoque trasciende la solidaridad retórica y reconoce que la persistencia de enclaves coloniales constituye una amenaza directa a la integración y a la autonomía estratégica sudamericana (Erlich, 2020). La pregunta que guía la investigación es: ¿cómo se articula la política exterior del MERCOSUR frente a la Cuestión Malvinas y qué efectos provoca esta articulación en la consolidación de una doctrina regional sobre soberanía e integración?

El análisis se basa en los instrumentos jurídicos, diplomáticos y políticos producidos por el bloque: decisiones del Consejo del Mercado Común (CMC), declaraciones de presidentes, resoluciones del PARLASUR y mecanismos de coordinación diplomática interestatal. Asimismo, se consideran las interacciones entre estos instrumentos y las resoluciones de organismos multilaterales, en particular las Naciones Unidas, que desde 1965 instan al Reino Unido y a la Argentina a negociar una solución pacífica (ONU, 1965). El examen no se limita al contenido formal de los documentos, sino que aborda su significación estratégica en la construcción de un espacio regional que articula cooperación, defensa de la soberanía y rechazo a la militarización.

Las evidencias preliminares muestran que el MERCOSUR consolida, de forma sostenida, un entramado normativo que vincula soberanía, paz regional e integración como principios interdependientes. El bloque ha expresado reiteradamente que la existencia de enclaves coloniales resulta incompatible con el derecho internacional y con la construcción de una región libre de intervenciones extra-regionales (CELAC, 2017). La reiteración de esta postura en cumbres presidenciales y resoluciones parlamentarias indica que la Cuestión Malvinas forma parte de la identidad del MERCOSUR y de su visión estratégica del Atlántico Sur.

No obstante, la investigación identifica tensiones entre la normativa regional y las conductas estatales. Las superposiciones institucionales entre foros como MERCOSUR, OEA y UNASUR —citada aquí solo para comprender el ecosistema regional— generan redundancias y, en ocasiones, disonancias que dificultan la coherencia diplomática. A ello se suman prácticas unilaterales, como autorizaciones portuarias a buques británicos o acuerdos bilaterales de defensa con potencias extra-regionales, que socavan la credibilidad del bloque y reducen la capacidad de presión diplomática colectiva. Estas incoherencias facilitan que el Reino Unido explote las grietas normativas para fragmentar la posición sudamericana.

A pesar de estas limitaciones, la experiencia comparada dentro de la región —incluida la breve pero significativa agenda de defensa cooperativa de UNASUR— demuestra que los mecanismos de seguridad consensuada pueden reforzar la autonomía estratégica y la gobernanza del Atlántico Sur (UNASUR, 2008). Aunque no son el objeto central de este estudio, estas referencias comparativas ilustran que la coordinación regional en materia de defensa y control marítimo constituye un complemento necesario para sostener la doctrina del MERCOSUR.

En el plano cultural y discursivo, la Causa Malvinas actúa como elemento unificador, sintetizando resistencia al colonialismo, defensa de los recursos estratégicos y construcción de ciudadanía regional. En este sentido, es preciso señalar que la disputa no constituye un mero símbolo, sino un componente esencial de la defensa de los recursos naturales y de la autonomía del conjunto regional. Este capital simbólico aporta legitimidad social a las políticas de integración y exige coherencia estatal para evitar que las contradicciones debiliten la posición común.

Una estrategia regional eficaz requiere armonizar tanto la normativa del bloque como las prácticas de sus Estados Parte. La Disposición Transitoria Primera de la Constitución argentina —que impide negociar la cuestión territorial sin considerar la integridad territorial del país— puede servir como base para avanzar hacia instrumentos regionales que unifiquen criterios sobre controles portuarios, actividades extractivas y cooperación marítima dentro del MERCOSUR. Esto permitiría cerrar grietas legales y reforzar la arquitectura diplomática común.

En síntesis, la incorporación sostenida de la Cuestión Malvinas a la política exterior del MERCOSUR muestra cómo la soberanía cooperativa puede traducirse en praxis institucional. La diplomacia coordinada, la integración normativa y la articulación gradual de mecanismos de seguridad permiten comprender cómo los Estados sudamericanos buscan superar los condicionantes impuestos por la persistencia de enclaves coloniales en el Atlántico Sur y avanzar hacia mayores niveles de autonomía estratégica colectiva.

2. La política exterior del MERCOSUR frente a la Cuestión Malvinas: avances y retrocesos

La Cuestión de las Islas Malvinas constituye un fenómeno histórico, jurídico, político y geopolítico cuya complejidad excede de manera manifiesta el plano bilateral entre la República Argentina y el Reino Unido. Desde su conformación como controversia internacional, la cuestión se ha situado en el cruce entre la emancipación sudamericana, la persistencia de estructuras coloniales europeas, la vigencia del derecho internacional público y las dinámicas contemporáneas de integración regional. Comprenderla requiere trascender explicaciones estatales fragmentarias, incorporando una perspectiva histórica y regional que reconozca tanto la continuidad del reclamo argentino como el modo en que este fue reelaborado mediante principios de descolonización, integridad territorial y solidaridad latinoamericana.

Desde 1829, cuando el gobierno argentino designó a Luis Vernet como comandante político y militar de las islas mediante el decreto del 10 de junio de ese año, existió un ejercicio efectivo, pacífico y continuado de soberanía estatal sobre el archipiélago, conforme a las prácticas aceptadas del derecho internacional de principios del siglo XIX. Como afirma Oliva, “el gobierno argentino designó a Luis Vernet como primer comandante político y militar de las Islas Malvinas” (Oliva, 2022, p. 148), reafirmando la validez jurídica del acto fundante y la contemporaneidad del ejercicio soberano. La labor institucional y económica de Vernet —incluida la regulación de actividades productivas y la instalación de población estable bajo jurisdicción argentina— constituyó un despliegue concreto del poder estatal. La existencia de su hija, Malvina Vernet, nacida en Isla Soledad en 1830, demuestra la presencia de una comunidad en formación y refuerza la tesis de la ocupación efectiva en términos jurídicos e históricos. Este proceso institucional fue abruptamente interrumpido el 3 de enero de 1833, cuando fuerzas británicas desalojaron a las autoridades y pobladores argentinos e instauraron un régimen colonial acompañado por población de origen británico.

La interrupción violenta de un ejercicio soberano previo y legítimo constituye la clave jurídica de la controversia. La diferencia entre la administración argentina establecida entre 1829 y 1833 y la ocupación británica posterior no es meramente cronológica: marca la frontera entre un despliegue estatal conforme al derecho internacional de la época y un acto colonial que alteró una situación jurídica preexistente por medio de la fuerza. Por ello, la disputa no surge de un vacío territorial ni de un conflicto entre títulos coloniales indeterminados; surge de la sustitución violenta de una autoridad legítima por otra que se impuso sin consentimiento.

Las reacciones latinoamericanas tempranas evidencian que la ocupación de 1833 no fue percibida como un asunto estrictamente bilateral, sino como un agravio continental. El canciller boliviano Mariano Enrique Calvo la describió como una “violación tan manifiesta del derecho de gentes” y un “ultraje hecho a la República Argentina”, agregando que se trataba de un asunto “altamente continental”. La Regencia del Brasil afirmó que defendería la causa de América “como suya propia” (Erlich, 2020, p. 93). Estas expresiones tempranas muestran que la Cuestión Malvinas nació vinculada a los principios de descolonización, integridad territorial e identidad interamericana, elementos que décadas más tarde encontrarían su correlato institucional en los procesos de integración regional.

A lo largo del siglo XIX y XX, la Argentina sostuvo con protestas, y luego mediante instrumentos bilaterales y multilaterales. Un momento decisivo fue la presentación de 1964 ante el Comité Especial de Descolonización de la ONU, que situó formalmente el caso dentro del régimen inaugurado por la Resolución 1514 (XV) de 1960. La Resolución 2065 (XX) de 1965 reconoció la existencia de una disputa de soberanía entre Argentina y el Reino Unido, exhortó a ambas partes a celebrar negociaciones bilaterales y confirmó la aplicación del principio de integridad territorial. Asimismo, descartó la libre determinación debido a que la población residente fue implantada tras un acto de fuerza. En 1976, la Resolución 31/49 instó a abstenerse de realizar actos unilaterales que modificaran la situación mientras la disputa permaneciera pendiente. Tras la guerra de 1982, la Resolución 37/9 reafirmó que el conflicto bélico no alteraba la condición jurídica de las islas ni el mandato de negociación.

Con el retorno de la democracia en 1983, la política exterior argentina incorporó una estrategia basada en el multilateralismo, el empleo pacífico de medios diplomáticos y la búsqueda de apoyo regional. Esta orientación coincidió con el surgimiento de procesos de integración sudamericana que ofrecieron un nuevo marco para insertar la Cuestión Malvinas como un componente estructural de la agenda exterior del continente. En este proceso, el MERCOSUR ocupó un lugar especialmente significativo.

Aunque el MERCOSUR nació como un esquema centrado en la integración económica, su marco jurídico e institucional habilitó progresivamente la formulación de posiciones políticas comunes. El Tratado de Asunción de 1991 estableció la “coordinación de políticas macroeconómicas y sectoriales” y la “armonización de legislaciones” como objetivos esenciales. El Protocolo de Ouro Preto (1994) otorgó personalidad jurídica internacional al bloque y definió al Consejo del Mercado Común como órgano de conducción política. Esta arquitectura permitió que la cuestión Malvinas fuera incorporada explícitamente como parte de la política exterior concertada.

La Declaración de Potrero de los Funes de 1996 constituye el primer pronunciamiento explícito del bloque: los Estados Parte expresaron “su apoyo a los derechos de soberanía de la República Argentina” e instaron a resolver la disputa conforme a las resoluciones de la ONU (MERCOSUR, 1996). Este hito inauguró una práctica sistemática, consolidada durante más de dos décadas, por la cual en todas las cumbres presidenciales el bloque refrendó su respaldo al reclamo argentino. En la Cumbre de 2025, los Estados Parte y Asociados reiteraron esta posición (MERCOSUR, 2025), demostrando su continuidad y estabilidad.

El análisis de la evolución normativa y política del MERCOSUR respecto de Malvinas permite identificar tres fases. La primera, entre 1996 y 2005, estuvo marcada por declaraciones centradas en el respaldo jurídico tradicional: integridad territorial, negociación bilateral y rechazo a actos unilaterales. La segunda, entre 2006 y 2010, profundizó el enfoque hacia la explotación de recursos naturales, señalando que las actividades británicas de hidrocarburos contravenían la Resolución 31/49 y comprometiendo a los Estados Parte a no colaborar con ellas. La tercera fase, desde 2010 en adelante, amplió la agenda hacia la seguridad regional y la autonomía estratégica. En la Cumbre de Foz de Iguazú de 2010, los presidentes acordaron impedir el ingreso a sus puertos de embarcaciones que enarbolaran la “bandera ilegal de las islas”, medida luego adoptada también por los Estados Asociados. Aunque no crea obligaciones directas, generó efectos materiales concretos sobre la logística del enclave colonial.

Esta evolución revela que la Cuestión Malvinas se incorporó progresivamente dentro de la identidad política del bloque. La reiteración de principios —integridad territorial, descolonización, negociación bilateral y rechazo a la intervención extrahemisférica— muestra que el tratamiento de Malvinas no depende de afinidades ideológicas circunstanciales, sino de una comprensión compartida del rol del MERCOSUR como garante de la legalidad internacional y de la autonomía sudamericana. La política del bloque opera, en este sentido, como un mecanismo de “autonomía por asociación”, amplificando la capacidad de influencia internacional de sus Estados miembro.

El escenario contemporáneo del conflicto se configura además en un marco global signado por la disputa por recursos naturales, la militarización de espacios marítimos y la redefinición de las arquitecturas de seguridad y las rutas comerciales marítimas. Las islas constituyen uno de los territorios más militarizados del mundo, con presencia permanente de tropas británicas, infraestructura aeronaval avanzada y capacidad de proyección sobre el Atlántico Sur y la Antártida. Esta militarización contradice la estrategia regional expresada desde 1999, cuando el MERCOSUR apoyó la consolidación del Atlántico Sur como zona de paz, en coherencia con la Resolución 41/11 de la Asamblea General de la ONU y con la Zona de Paz y Cooperación del Atlántico Sur (ZPCAS).

La consolidación de una política exterior sudamericana con capacidad de incidencia estructural depende de la posibilidad de articular posiciones comunes en torno a temas sensibles para la geopolítica regional. La Cuestión Malvinas funciona como un termómetro privilegiado de esa capacidad: exhibe momentos de consenso extraordinario, pero también desnuda grietas profundas dentro de los propios mecanismos de integración. En ningún ámbito esto se observa con mayor claridad que en el MERCOSUR, cuyo compromiso histórico con la cuestión colonial británica ha sido, en los hechos, un terreno donde conviven la solidaridad declarativa y la desobediencia práctica de algunos Estados Parte.

Durante los años de mayor cohesión política regional, el MERCOSUR asumió un rol destacado en el respaldo a la posición argentina: incorporó Malvinas en declaraciones presidenciales, prohibió el ingreso a puertos de buques con bandera ilegal del enclave y articuló posiciones conjuntas en foros multilaterales. Estas medidas no fueron meros gestos diplomáticos; constituyeron instrumentos concretos que, durante la década de 2010, limitaron la proyección operativa británica en el Atlántico Sur y fortalecieron la capacidad argentina de disputar la legitimidad del régimen colonial.

Sin embargo, ese período de fortaleza contrasta con una fase posterior marcada por fracturas internas. Diversos Estados del bloque —especialmente Uruguay— comenzaron a apartarse de los compromisos regionales que ellos mismos habían firmado. El caso uruguayo es paradigmático porque muestra, con crudeza, cómo la falta de disciplina interna en un esquema de integración puede erosionar la cohesión estratégica de toda la región. Desde antes del 2020, Uruguay habilita el reaprovisionamiento, la reparación y las escalas operativas de buques británicos y de flotas extranjeras que operan con licencias emitidas por el gobierno colonial en Malvinas, aun cuando la normativa del MERCOSUR establecían restricciones explícitas al amparo logístico de embarcaciones vinculadas al enclave.

Un claro ejemplo de lo precedentemente indicado lo señala la escala del patrullero británico FPV Lilibet en Piriápolis —en noviembre de 2025—, lo cual exhibe un patrón recurrente: lejos de ser un incidente aislado, forma parte de una estrategia logística sostenida que permite al Reino Unido mantener su control sobre los recursos del Atlántico Sur y reforzar la militarización del área. Peor aún, esta colaboración se extiende también al apoyo a flotas de España, Corea del Sur y Taiwán que explotan recursos pesqueros bajo licencias ilegales otorgadas por las autoridades isleñas. Tales prácticas violan abiertamente compromisos asumidos en el MERCOSUR y contradicen los principios de cooperación regional frente a explotaciones coloniales o ilegítimas.

La situación es más grave porque Uruguay no solo colabora en materia pesquera, sino también en el ámbito científico estratégico. Los programas del British Antarctic Survey utilizan puertos uruguayos como nodo logístico para operaciones en Malvinas, el Atlántico Sur y la Antártida. Así, un Estado Parte del MERCOSUR —que formalmente respalda la posición argentina— facilita infraestructuras esenciales para la continuidad del proyecto geopolítico británico en el hemisferio. Este cuadro revela una contradicción estructural: mientras los instrumentos del MERCOSUR afirman principios de unidad frente al colonialismo, la práctica efectiva de al menos uno de sus miembros reproduce dinámicas que fortalecen al único enclave colonial del Atlántico Sur. El desacople entre la voluntad colectiva expresada en documentos y la conducta concreta de los Estados Parte convierte al bloque en un actor menos previsible y debilita la credibilidad externa de sus posiciones. A lo cual se agregan las visitas de legisladores uruguayos a Malvinas, sus declaraciones públicas a favor de la “autodeterminación” de los colonos y la promoción de vuelos directos entre Uruguay y las islas completan el cuadro de un alineamiento informal que desafía abiertamente los principios consagrados por la región desde la década de 1980.

La persistencia de estas actitudes evidencia que el MERCOSUR enfrenta una tensión constitutiva: su diseño intergubernamental permite que la política exterior de cada Estado se desvíe de los compromisos del bloque sin que existan mecanismos institucionales para impedirlo. La Cuestión Malvinas, que debería funcionar como núcleo aglutinante de la identidad política regional —por su carácter anticolonial, jurídico y geoestratégico— se ve así sometida a la volatilidad de las agendas nacionales.

Sin embargo, esta situación no invalida la importancia del marco institucional regional. Si algo demuestra el comportamiento británico —con su despliegue militar, la ampliación unilateral de zonas marítimas, la explotación de recursos y la promoción del enclave como etnoestado “autodeterminado”— es que ningún país sudamericano tiene capacidad aislada para enfrentar una estrategia colonial sustentada por actores extrarregionales. En cambio, la coordinación regional, cuando existe, modifica el cálculo de costos británico y fortalece la posición argentina en foros multilaterales. La experiencia del MERCOSUR en la década de 2010 lo prueba: allí donde hubo alineamiento, hubo impacto; allí donde hubo disidencia, se reabrió el margen de maniobra británico.

Por ello, la Cuestión Malvinas no puede ser abordada únicamente como una disputa bilateral ni como un problema de política exterior argentina. Es una prueba crítica de la capacidad del MERCOSUR para actuar como bloque político real y no meramente discursivo. Al mismo tiempo, revela la necesidad de actualizar los mecanismos internos para garantizar que las decisiones del grupo no sean borradas en la práctica por políticas nacionales que favorecen, directa o indirectamente, intereses coloniales en la región.

En definitiva, Malvinas no solo expone los límites de la integración regional: también señala un camino. Allí donde el bloque logró coordinar medidas concretas —controles portuarios, posiciones comunes en Naciones Unidas, discursos unificados frente a la militarización del Atlántico Sur— fortaleció de manera tangible el poder negociador sudamericano. El desafío actual es reconstruir esa cohesión, corregir las desviaciones internas y dotar al MERCOSUR de herramientas institucionales que impidan que comportamientos unilaterales comprometan la posición colectiva. Solo así podrá reafirmar su vocación de ser un actor regional capaz de incidir en la configuración geopolítica del Atlántico Sur y en la descolonización pendiente más relevante del hemisferio.

3. El respaldo institucional del MERCOSUR a la soberanía argentina sobre las Islas Malvinas

La articulación diplomática del MERCOSUR frente a la Cuestión Malvinas sólo puede comprenderse adecuadamente si se examina cómo el diseño institucional del bloque, desde su creación, habilita la convergencia de los Estados parte en torno a posiciones externas comunes. Si bien el Tratado de Asunción (1991) se concibe primordialmente como un acuerdo de integración económica, su artículo 1 incorpora un principio que condiciona de modo sustantivo la evolución posterior de la política exterior regional: la concertación de posiciones internacionales para garantizar una inserción global coordinada (Tratado de Asunción, 1991). Esta premisa —que en apariencia responde a necesidades económico-comerciales— constituye el fundamento normativo inicial que permite al bloque proyectarse políticamente ante cuestiones que, como Malvinas, exceden lo económico y se vinculan directamente con la soberanía territorial de un Estado parte.

Con la aprobación del Protocolo de Ouro Preto (1994), el MERCOSUR adopta una estructura institucional más robusta y dota al Consejo del Mercado Común de la capacidad de orientar la conducción política del proceso. Su artículo 3 atribuye al CMC la facultad de adoptar decisiones necesarias para la consecución de los objetivos del Tratado (Protocolo de Ouro Preto, 1994). Esa facultad se transforma en un elemento central para comprender cómo la Cuestión Malvinas, ausente en el diseño fundacional del bloque, adquiere progresivamente un estatuto de tema permanente de su política exterior. La arquitectura institucional del MERCOSUR, en este sentido, habilita que un reclamo nacional se proyecte como una causa regional cuando existe convergencia diplomática suficiente entre los Estados parte, reforzando el carácter político de un proceso que, en origen, había sido estrictamente económico-comercial.

El análisis que permitió identificar los mecanismos concretos de esa coordinación se sustentó en una revisión sistemática y comparativa de documentos oficiales del MERCOSUR producidos desde 1991 hasta la actualidad. Este corpus incluyó decisiones del CMC, actas de cumbres presidenciales, resoluciones del Parlamento del MERCOSUR, comunicados de cancilleres y normativa complementaria vinculada a la proyección externa del bloque. También se incorporó una lectura de posiciones bilaterales de los Estados parte respecto de la Cuestión Malvinas para evaluar cómo las alineaciones nacionales se transformaron en posiciones colectivas. La triangulación entre normativa primaria, documentos diplomáticos y bibliografía especializada —entre la cual resulta especialmente relevante el análisis histórico-estructural sobre la dimensión regional de Malvinas— permitió reconstruir la trayectoria del bloque en materia de coordinación diplomática, así como los cambios cualitativos experimentados por la agenda regional.

El examen de estos materiales revela un punto de inflexión temprano en 1996, cuando los jefes de Estado aprobaron la Declaración de Potrero de los Funes y asumieron explícitamente el respaldo a los derechos de soberanía de la Argentina sobre las Islas Malvinas, en consonancia con la Resolución 2065 (XX) de la Asamblea General de la ONU (1965). Este pronunciamiento no fue meramente simbólico. Representó el inicio de un patrón diplomático que se mantendría durante las décadas siguientes: defensa de la integridad territorial argentina, sostenimiento del llamado de la ONU a reanudar negociaciones bilaterales, y rechazo colectivo a toda modificación unilateral del estatus del territorio, conforme a la prohibición establecida por la Resolución 31/49 (ONU, 1976). En este sentido la región entendió que la persistencia de un enclave colonial en el Atlántico Sur constituye una herida abierta en el proyecto de integración sudamericana.

Las cumbres posteriores muestran no una repetición inercial, sino un proceso de consolidación institucional de estas posiciones. Entre mediados de los noventa y comienzos de la década de 2000, las declaraciones finales del MERCOSUR reiteran principios comunes en términos prácticamente idénticos, configurando un acervo normativo no vinculante pero relevante para la política regional. El fundamento más directo para la coordinación externa del bloque se encuentra en la Decisión CMC 02/02, que vincula al Grupo Mercado Común con el Foro de Consulta y Concertación Política (FCCP) para coordinar materias no estrictamente económico-comerciales y garantizar un intercambio amplio de información entre los Estados parte. Aunque la decisión no menciona explícitamente la Cuestión Malvinas, habilita mecanismos de concertación que resultan esenciales para la posterior articulación de posiciones comunes en conflictos territoriales de interés regional.

La política exterior del bloque evolucionó hacia niveles crecientes de coordinación y articulación. La Declaración de San Juan, adoptada en agosto de 2010 en la XXXIX Reunión del CMC, constituye un ejemplo paradigmático de esta consolidación (MERCOSUR, 2010). En ella se reafirma el compromiso con valores democráticos, el Estado de derecho, la solución pacífica de controversias y el respeto de los derechos humanos, subrayando la importancia de la concertación política en foros internacionales. La declaración recomendó, además, coordinar iniciativas conjuntas en áreas estratégicas como migración, seguridad, asistencia humanitaria, ambiente y desarrollo social. Es en este marco que los Estados parte reafirmaron la Declaración de Malvinas de 1996 e incorporaron un mecanismo concreto de presión diplomática: la prohibición de acceso a puertos de embarcaciones que enarbolen la bandera atribuida por el Reino Unido al territorio malvinense. Esta medida, que opera como acción materializada del bloque, representa un salto cualitativo: traslada la coordinación diplomática desde el terreno declarativo al operativo.

Este proceso también se refleja en el Parlamento del MERCOSUR. La Resolución 01/2011 sostuvo que la ocupación británica constituye “una acción ilegal e incompatible con los objetivos de integración sudamericana” (Parlamento del MERCOSUR, 2011, p. 2). El documento recomendó incorporar la cuestión de las islas en toda negociación de tratados con terceros, buscando una solución pacífica y definitiva. Esta postura se refuerza con la doctrina del Protocolo de Montevideo sobre Compromiso con la Democracia (Ushuaia II, 2011), que enfatiza que la presencia militar en territorios en disputa socava la paz y la estabilidad regional. Como afirma Kohen (2004) “mientras subsista la disputa, ninguna de las partes puede adoptar medidas que alteren la situación de hecho o de derecho en el territorio” (p. 213). Este principio ha sido central para la construcción doctrinaria que el MERCOSUR adopta en materia de colonialismo residual.

Desde mediados de los años 2000, la cuestión de las Islas Malvinas cobró una relevancia creciente en la agenda del bloque, articulando dimensiones políticas, económicas y estratégicas. En la XXX Reunión del CMC (Córdoba, 2006), los presidentes del MERCOSUR y los Estados asociados ratificaron su apoyo a los derechos de soberanía de la República Argentina sobre las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur, así como los espacios marítimos circundantes (Consejo del Mercado Común, 2006). Esta continuidad confirma un consenso hemisférico sostenido, identificado también en estudios del 1er Congreso Malvinas Causa Magna, donde se afirma que “la cuestión Malvinas se convirtió en uno de los pocos temas capaces de generar unanimidad en un escenario latinoamericano de alta heterogeneidad política” (Pérez, 2022, p. 4).

En 2007, el Parlamento del MERCOSUR reiteró esa posición, respaldando todas las declaraciones previas y subrayando la urgencia de una solución negociada. La preocupación central del bloque no se limita al reclamo territorial: se extiende a actividades unilaterales británicas en la zona, especialmente la explotación hidrocarburífera y pesquera, consideradas contrarias a la Resolución 31/49. En este sentido las licencias pesqueras otorgadas por el Reino Unido constituyen prácticas que consolidan de facto un control económico que contradice la exigencia de no innovar impuesta por Naciones Unidas” (Lerena, 2020, p. 8).

Las negociaciones birregionales MERCOSUR–Unión Europea ofrecieron otro escenario clave. Durante la discusión sobre el tratamiento de los territorios de ultramar europeos, el bloque objetó firmemente la inclusión de las Islas Malvinas como territorio dependiente de la UE, argumentando que tal clasificación desconocía la disputa reconocida por la ONU. La presión coordinada del MERCOSUR logró la remoción de dichas referencias en versiones posteriores del acuerdo, demostrando la capacidad del bloque para articular diplomáticamente sus intereses y proyectarlos en negociaciones externas.

El análisis de las posiciones bilaterales de los Estados parte muestra una convergencia diplomática sostenida en torno a la Cuestión Malvinas: Brasil ha respaldado consistentemente el reclamo argentino desde su retorno a la democracia, mientras que Paraguay y Bolivia han acompañado de manera continua la postura argentina en foros multilaterales; Uruguay, en cambio, presenta una posición más ambivalente, pues aunque históricamente ha adherido a las resoluciones de la ONU que reconocen la existencia de la disputa de soberanía y ha suscrito las declaraciones del MERCOSUR que apoyan los derechos argentinos, su conducta práctica ha sido irregular, alternando entre la solidaridad política con Argentina y decisiones operativas orientadas por intereses económicos portuarios que han permitido el ingreso y la operación de embarcaciones vinculadas al régimen británico en las islas, lo que contrasta con los compromisos regionales asumidos y genera tensiones internas que dificultan la consolidación plena de una doctrina común en el bloque; esta dualidad, que combina apoyo discursivo con permisividad operativa, constituye uno de los principales obstáculos para garantizar la coherencia del MERCOSUR en su posición frente a la persistencia del enclave colonial en el Atlántico Sur.

En conjunto, los documentos examinados permiten identificar tres mecanismos que estructuran la coordinación diplomática del bloque: (1) la reiteración constante del principio de integridad territorial en todos los niveles institucionales; (2) la coordinación activa en negociaciones externas y foros multilaterales; y (3) la adopción de medidas con impacto operativo. Lo distintivo del MERCOSUR no es la existencia aislada de estos mecanismos, sino su capacidad para sostenerlos en el tiempo, generando un corpus diplomático acumulativo.

La interpretación de estos hallazgos confirma que el bloque no actúa únicamente por solidaridad bilateral con Argentina, sino que ha construido una doctrina regional que considera a los enclaves coloniales como anomalías que limitan la autonomía decisional sudamericana. Esta perspectiva, desarrollada tanto en análisis académicos como diplomáticos, sostiene que la presencia británica en el Atlántico Sur opera como un condicionante externo que afecta no solo a Argentina, sino al conjunto de la región. Como afirma Torres Medrano (2017), “la persistencia colonial británica en el Atlántico Sur es incompatible con un proyecto de integración regional basado en la autonomía y el desarrollo soberano” (p. 92).

La expansión temática que el MERCOSUR ha desarrollado a lo largo de los años —desde la defensa de la integridad territorial hasta cuestiones ambientales, de seguridad energética, explotación de recursos naturales, militarización del Atlántico Sur y cooperación estratégica— demuestra que la Cuestión Malvinas se ha internalizado como parte de una visión geopolítica compartida. Tal afirmación refleja la profundización de la mirada estratégica del bloque: Malvinas es percibida como un eje articulador de preocupaciones más amplias sobre control territorial, acceso a recursos y autonomía regional.

La consolidación del principio de la región como zona de paz —reafirmado en múltiples declaraciones del MERCOSUR desde 2011— fortalece esta concepción. La presencia militar británica en Malvinas contradice directamente este principio, y por ello la respuesta del bloque adquiere un carácter estructural y no meramente coyuntural. El despliegue militar del Reino Unido ha sido ampliamente documentado: aviones Typhoon, sistemas de radar de última generación, helicópteros militares y una infraestructura de vigilancia marítima y aérea que opera desde la base de Mount Pleasant (García & Pérez, 2020). La militarización británica del Atlántico Sur constituye un factor de inestabilidad estratégica que afecta a toda la región y no solo a la Argentina. Este diagnóstico ha sido retomado en el ámbito académico y diplomático como parte de un consenso emergente: la paz regional es incompatible con la existencia de enclaves coloniales armados que proyecten poder extraterritorial en un espacio de alta relevancia geopolítica.

La importancia estratégica del Atlántico Sur se ha visto reforzada por el impacto del Brexit. La salida del Reino Unido de la Union Europea creó un escenario novedoso para la política exterior sudamericana. La exclusión de las Islas Malvinas del Tratado de Comercio y Cooperación (TCA) entre la UE y el Reino Unido implicó la pérdida de beneficios arancelarios, pesqueros y financieros para la administración isleña. Según Chabay (2020), “los malvinenses perderían las cuotas de acceso y la rebaja arancelaria por la que venían beneficiándose desde hace años, además de la asistencia financiera” (párr. 4). Esta situación reconfigura los incentivos económicos y políticos de Londres, pero también de las empresas europeas que operan con licencias otorgadas desde el enclave. Para el MERCOSUR, el Brexit fue interpretado como una oportunidad: permitió evidenciar en Bruselas que el estatus de Malvinas no podía ser confundido con un territorio europeo, fortaleciendo la doctrina regional basada en la necesidad de reconocimiento expreso de la disputa de soberanía.

La dimensión económica, particularmente la pesquera, ocupa un rol central en esta reconfiguración. Malvinas depende en un 60 % de su PBI de la pesca de calamar Illex y Loligo, cuyos principales destinos están en la Unión Europea, especialmente España. Lerena (2020) advierte que “las empresas pesqueras españolas son funcionales a los intereses británicos en Malvinas, permitiendo su consolidación en las islas” (p. 8). Esta red comercial plantea tensiones con el derecho internacional del mar y con las normas de sostenibilidad ambiental, pues la sobreexplotación del recurso y la emisión unilateral de licencias por parte del Reino Unido contradicen la obligación de no innovar establecida por la ONU. El MERCOSUR ha buscado visibilizar este problema en foros multilaterales, siguiendo el antecedente del Tribunal de Justicia de la UE en el caso del Sahara Occidental, donde se determinó que los acuerdos comerciales europeos no pueden aplicarse a territorios en disputa sin el consentimiento expreso de su población representativa (TJUE, 2018).

La diplomacia del bloque ha aprovechado este precedente, argumentando que la aplicación de preferencias arancelarias a productos provenientes de Malvinas consolida un control colonial incompatible con el derecho internacional. Esta postura aparece sistematizada en la producción académica reciente. Moya Domínguez (2021) sintetiza esta posición al afirmar que “la política del MERCOSUR frente a Malvinas refleja un patrón de legitimidad compartida entre los Estados miembros, articulando la defensa de soberanía con principios de integración regional” (p. 67). Esta legitimidad compartida no es un simple consenso retórico, sino una estrategia diplomática que combina principios jurídicos, acción política y mecanismos de presión económica.

No obstante, el análisis también evidencia tensiones internas, especialmente vinculadas al comportamiento de algunos Estados miembros. Uruguay constituye el caso más significativo en este sentido. En varios episodios ocurridos entre 2010 y 2013, embarcaciones con bandera de Malvinas realizaron operaciones de abastecimiento, trasbordo y mantenimiento en puertos uruguayos, pese a que en la Cumbre de San Juan de 2010 Uruguay se había comprometido a impedir su ingreso. La prensa uruguaya documentó que estas operaciones eran “sorpresivas, gratas y positivas” para la economía portuaria, involucrando prácticos, remolcadores, servicios aduaneros y movimiento de cargas. Para la Prefectura Naval uruguaya, “no hay nada en la ley marítima que impida a buques con bandera de Malvinas operar en puertos uruguayos”, una afirmación que revela tensiones entre normativa nacional, compromisos regionales y conveniencias económicas.

El Reino Unido reaccionó con preocupación frente a declaraciones del expresidente José Mujica sobre la prohibición verbal de entrada a barcos con bandera isleña, alegando que tales medidas afectarían la vida cotidiana de los habitantes de Malvinas. La Cancillería uruguaya debió elaborar un protocolo específico para decidir la admisión de embarcaciones, evidenciando una ausencia de criterios homogéneos. Como señaló un oficial de la Armada, “si sacan la bandera de Falkland y ponen la inglesa es lo mismo”, mostrando la ambigüedad jurídica que debilita la capacidad regional para sostener una política común.

Más recientemente, estas tensiones se profundizaron. Legisladores uruguayos viajaron a las islas, mantuvieron reuniones con autoridades británicas y expresaron públicamente su apoyo a la idea de “incrementar el intercambio comercial con las Falklands”. La embajadora británica Faye O’Connor celebró estos acercamientos, señalando que podrían derivar en “colaboraciones concretas”. Estas acciones contrastan con la tradicional solidaridad uruguaya en foros multilaterales y generan un problema de coherencia interna para la política exterior del MERCOSUR.

A ello se suma el hecho de que, según datos citados en el Dossier Malvinas Causa Magna, más de 700 buques extranjeros operan desde el puerto de Montevideo en actividades pesqueras no reguladas o ilegales en el Atlántico Sur, afectando recursos migratorios de la Zona Económica Exclusiva argentina. Estas prácticas violan normas de la FAO, compromisos de la CELAC y principios de la CONVEMAR.

Este conjunto de tensiones revela un rasgo central de la política exterior del MERCOSUR: su capacidad de construir doctrina es alta, pero su capacidad para garantizar cumplimiento efectivo presenta límites. El bloque ha logrado posicionarse como un actor de legitimidad regional e internacional, pero su eficacia depende de la voluntad de sus miembros para traducir compromisos en normas vinculantes y prácticas homogéneas. La doctrina regional existe —y es sólida—, pero su aplicación no es uniforme.

A pesar de ello, el MERCOSUR ha alcanzado logros significativos. Ha convertido la Cuestión Malvinas en un tema regional, ha fortalecido la narrativa de descolonización sudamericana y ha logrado influir en negociaciones birregionales. Su discurso incorpora principios de derecho internacional, criterios de sostenibilidad ambiental, reglas de origen para productos pesqueros, cláusulas interpretativas para acuerdos externos y mecanismos diplomáticos coordinados. Esta construcción colectiva ha permitido trascender el bilateralismo Argentina–Reino Unido y reubicar la disputa en un marco geopolítico ampliado.

En este sentido, se plantean varias recomendaciones para reforzar la política exterior del bloque. En primer lugar, la formalización de protocolos específicos sobre territorios en disputa que integren la política exterior común del MERCOSUR. En segundo lugar, la incorporación obligatoria de cláusulas interpretativas sobre el estatus disputado de Malvinas en todos los acuerdos birregionales, incluidas negociaciones con la UE. En tercer lugar, la armonización de regulaciones pesqueras para sancionar empresas que operen con licencias emitidas en Malvinas y para inhibir la operatoria portuaria de buques asociados al enclave. En cuarto lugar, una diplomacia legal fortalecida en Bruselas, con presentaciones formales ante tribunales europeos, aprovechando el precedente del Sahara Occidental y articulándolo en términos de territorialidad disputada y obligación de no consolidar ocupaciones.

Finalmente, a nivel nacional, cada Estado miembro debe desarrollar políticas marítimas que refuercen la integridad territorial y regulen la explotación de recursos de manera compatible con los principios del bloque. En este punto, estudios recientes enfatizan que la defensa de los recursos del Atlántico Sur no debe ser entendida solo como una reivindicación argentina, sino como una política de seguridad regional.

En última instancia, la política exterior coordinada del MERCOSUR ha cristalizado en una doctrina regional que combina soberanía, integración normativa, diplomacia multilateral y visión geopolítica. Esta doctrina pretende no solo sostener el reclamo argentino, sino construir una arquitectura de paz y cooperación en el Atlántico Sur. Su fortaleza reside en su coherencia conceptual; su debilidad, en los límites impuestos por las divergencias internas y la persistencia de una potencia colonial con fuerte presencia militar en la región.

La evolución futura de esta doctrina dependerá de la capacidad del MERCOSUR para transformar solidaridad política en mecanismos institucionales robustos, traducir consensos en regulaciones efectivas y articular una estrategia regional que contemple tanto instrumentos diplomáticos como económicos. Si logra consolidar estos elementos, el bloque estará en mejores condiciones para fortalecer la autonomía sudamericana y promover un Atlántico Sur regulado, pacífico y orientado al desarrollo. Si no lo hace, la política regional continuará enfrentando tensiones estructurales que limitarán su capacidad de incidir de manera decisiva en la Cuestión Malvinas y en la proyección internacional del propio MERCOSUR.

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Citas

[1] Abogado (FDER – UNR). Especialista en Derecho del Trabajo (FDER – UNR). Doctorando en Derecho (FDyCC – UCA). Profesor adjunto por concurso de Derecho de la Integración y JTP de Derecho Político (FDER – UNR). Director del Observatorio Malvinas, Atlántico Sur y Antártida (UNR). Presidente del Instituto de Estudios sobre Malvinas, Atlántico Sur y Antártida (COLABRO). Miembro del Centro de Estudios e Investigaciones “Renato Treves”.

[2] La Cuestión Malvinas constituye el conflicto de soberanía entre la República Argentina y el Reino Unido sobre las Islas Malvinas, Georgias del Sur, Sandwich del Sur y sus espacios marítimos circundantes, situadas en el Atlántico Sur. Para Argentina, las islas forman parte integral de su territorio, heredadas de España, y la ocupación británica de 1833 se considera ilegal. La disputa se enmarca dentro del derecho internacional público como un caso especial de descolonización, donde el principio de libre determinación no se aplica plenamente, y ha sido reiteradamente abordada por la Asamblea General de la ONU y el Comité de Descolonización, así como respaldada por América Latina y organismos regionales. La soberanía argentina sobre las islas está reconocida en la Constitución Nacional como un objetivo permanente e irrenunciable, sin desconocer los derechos de la población residente de origen británico.

[3] La Cuestión de las Islas Malvinas ha sido objeto de seguimiento constante en la ONU, comenzando con la resolución 1514 (XV) de 1960 sobre descolonización y la resolución 2065 (XX) de 1965, que reconoció la disputa de soberanía entre Argentina y el Reino Unido e instó a negociaciones pacíficas, considerando los intereses de los habitantes sin otorgarles derecho de autodeterminación. Posteriormente, las resoluciones 3160 (XXVIII, 1973), 31/49 (1976) y 37/9 (1982), junto con otras posteriores, reafirmaron la necesidad de reanudar negociaciones y evitar cambios unilaterales. Desde 1989, el Comité Especial de Descolonización y la Cuarta Comisión de la Asamblea General continúan exhortando la solución pacífica y negociada, con el mandato de buenos oficios del Secretario General aún pendiente.

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