Revista Iberoamericana de Derecho, Cultura y Ambiente

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RIDCA - Edición Nº9 - Derecho Constitucional y Derechos Humanos

Javier A. Crea Director

Julio de 2026

Niñas, niños y adolescentes frente a la inteligencia artificial: oportunidades, riesgos y desafíos para la salud mental integral

Autora. Deyanira Trinidad Álvarez Villajuana. México

Por  Deyanira Trinidad Álvarez Villajuana[1]

 

La inteligencia artificial (IA) se ha consolidado como una de las tecnologías más disruptivas e influyentes del siglo XXI, contando con presencia en plataformas educativas, redes sociales, videojuegos, motores de búsqueda, asistentes virtuales y sistemas de recomendación, entre otras, lo cual, ha transformado profundamente las experiencias digitales de niñas, niños y adolescentes, proveyéndoles de entretenimiento y aprendizajes, pero también haciéndoles proclives a múltiples riesgos, que como adultos responsables es preciso considerar en su protección y actuar al respecto. A diferencia de revoluciones tecnológicas precedentes, la inteligencia artificial no solo facilita el acceso a información y servicios, sino que participa activamente en procesos de aprendizaje, interacción social, construcción identitaria y toma de decisiones, convirtiéndose en un actor cada vez más presente en el desarrollo humano, y en especial, de las niñas, niños y adolescentes. Este fenómeno ocurre en un contexto global caracterizado por una creciente hiperconectividad, señalandoel Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia, mejor conocido como UNICEF por sus siglas en inglés, que aproximadamente uno de cada tres usuarios de internet en el mundo es menor de edad, situación especialmente relevante si se considera que la edad de acceso a dispositivos digitales continúa disminuyendo progresivamente (UNICEF, 2023). En América Latina, millones de niñas, niños y adolescentes utilizan diariamente plataformas digitales para aprender, socializar, entretenerse y construir proyectos de vida. Sin embargo, la participación cada vez más intensa de la inteligencia artificial en dichos espacios obliga a replantear interrogantes fundamentales sobre protección infantil, ciudadanía digital y derechos humanos.Quien suscribe considera que la inteligencia artificial constituye una extraordinaria oportunidad para democratizar el acceso al conocimiento y favorecer la inclusión educativa. No obstante, también representa uno de los mayores desafíos contemporáneos para la protección integral de la infancia. Ello obedece a que las nuevas generaciones no solamente consumen tecnología; crecen, se desarrollan y construyen su identidad en entornos crecientemente mediados por algoritmos.

Desde una perspectiva jurídica, la protección de niñas, niños y adolescentes encuentra su fundamento principal en la Convención sobre los Derechos del Niño (Organización de las Naciones Unidas, 1989), particularmente en derechos como el interés superior de la niñez, la educación, la privacidad, la protección contra toda forma de violencia y el desarrollo integral. Dichos principios fueron actualizados para el entorno digital mediante la Observación General No. 25 del Comité de los Derechos del Niño (2021), instrumento que reconoce expresamente que las tecnologías digitales pueden ampliar oportunidades, pero también incrementar riesgos asociados a violencia, explotación y discriminación.La literatura académica desarrollada por la Universidad Nacional Autónoma de México, la máxima casa de estudios en México, en donde estudió una de sus Licenciaturas quien suscribe, en específico, la Licenciatura en Derecho, ha insistido en la necesidad de construir marcos normativos y políticas públicas capaces de responder a los desafíos tecnológicos emergentes desde un enfoque de derechos humanos, democracia y protección de grupos en situación de vulnerabilidad, entre ellos la infancia y la adolescencia (Carbonell, 2020; Ríos Ruiz, 2021). Asimismo, el Programa Universitario de Derechos Humanos de la UNAM ha subrayado la importancia de fortalecer una cultura de derechos humanos frente a los desafíos contemporáneos derivados de la digitalización de la vida social, soliendo concentrarse la discusión pública sobre inteligencia artificial, las más de las veces, en los riesgos. Sin embargo, estas tecnologías también ofrecen oportunidades interesantes, de las cuales, puede sacarse un buen provecho con la adecuada supervisión y orientación adulta. Por ejemplo, en educación, los sistemas inteligentes permiten adaptar contenidos, ritmos de aprendizaje y actividades a las necesidades individuales de cada estudiante. Desde una perspectiva sociocultural inspirada en Vygotsky (1978), la IA puede funcionar como mediadora del aprendizaje, favoreciendo la adquisición de nuevas competencias y potenciando el desarrollo cognitivo. Asimismo, la inteligencia artificial posee un enorme potencial para promover la inclusión educativa, al utilizar herramientas de reconocimiento de voz, subtitulado automático, traducción simultánea, lectores de pantalla y plataformas adaptativas, lo que puede reducir barreras históricas asociadas a discapacidad, diferencias lingüísticas o trastornos específicos del aprendizaje. Lo anterior adquiere especial relevancia en América Latina, región caracterizada por importantes desigualdades educativas y sociales, desde hace muchos años, pero en constante evolución para lograr unidos una transformación de la región.En materia de salud, la inteligencia artificial, yase emplea para la detección temprana de alteraciones del neurodesarrollo, apoyo diagnóstico, monitoreo del bienestar emocional y ampliación del acceso a servicios especializados, resultando dichas aplicaciones, particularmente prometedoras para niñas, niños y adolescentes neurodivergentes o residentes de comunidades otrora excluidas de estas posibilidades de intervención. No obstante, las oportunidades descritas coexisten con riesgos significativos, que son evidentes y es importante señalarlos con objetividad. Uno de los más relevantes, corresponde a la desinformación y la generación de contenidos sintéticos que involucren a niñas, niños y adolescentes. La capacidad de generar imágenes, videos y audios falsos mediante inteligencia artificial incrementa considerablemente las posibilidades de manipulación de la información y el incremento en la ocurrencia del delito en contra de esta población vulnerable y cuyos derechos humanos son vulnerados de manera constante. Los denominados deepfakes pueden utilizarse para engañar, humillar, extorsionar, difamar o dañar la reputación de menores de edad, o bien, para generar fotografías, audios y videos utilizando información real como base, pero distorsionándola para fines perversos y delictivos.

Al respecto, en febrero de 2026, UNICEF advirtió que al menos 1.2 millones de niñas y niños de once países habían sido víctimas de abuso sexual digital mediante imágenes sexualizadas creadas con inteligencia artificial, incluyendo países latinoamericanos como México, Colombia y Brasil. El organismo internacional destacó que, aunque las imágenes sean artificiales, el daño psicológico, social y emocional experimentado por las víctimas es absolutamente real.Otro fenómeno particularmente alarmante corresponde a la explotación y abuso sexual infantil en línea, siendo los delitos más frecuentes cometidos contra niñas, niños y adolescentes en entornos digitales, el grooming, el sexting, la sextorsión, el ciberacoso, la trata de personas con fines sexuales, la difusión de material de abuso sexual infantil, la captación mediante videojuegos y redes sociales, así como la producción de material sexual sintético generado mediante inteligencia artificial como se ha expresado.Diversas investigaciones internacionales muestran que los delitos sexuales contra menores cometidos en línea constituyen una problemática global en expansión. El Centro Nacional para Niños Desaparecidos y Explotados de Estados Unidos recibió más de 20 millones de reportes relacionados con sospechas de explotación sexual infantil en línea durante 2024, mientras que la circulación de material de abuso sexual infantil continúa incrementándose a nivel mundial. Estudios recientes señalan que dichas tecnologías pueden facilitar la revictimización de sobrevivientes, la normalización de la violencia sexual, el grooming, la coerción y la extorsión sexual contra menores de edad, además de que estas herramientas reducen barreras tecnológicas para potenciales agresores, dificultando significativamente la detección e investigación de los delitos. Desde la perspectiva de quien suscribe, la prevención de los ciberdelitos contra niñas, niños y adolescentes debe constituir una prioridad estratégica para toda Iberoamérica y el mundo. Debe exigirse tanto a los gobiernos, como a los padres y las madres de familia, integrando a esta iniciativa a miembros familiares diversos, docentes y ciudadanía en general, el aumentar el nivel de protección integral de las niñas, niños y adolescentes, adoptar medidas más drásticas en cuanto al tiempo y forma de uso de los dispositivos móviles y de la tecnología, fortalecer la alfabetización digital y el pensamiento crítico en esta población, brindar o asistir a capacitaciones permanentes, promover y procurar entornos digitales seguros, así como desarrollar capacidades institucionales especializadas para investigar y sancionar eficazmente la violencia digital contra menores.

La salud mental constituye otra área de preocupación prioritaria para quien suscribe, al ser la psicología mi ciencia base, la cual combiné con el derecho, la educación y justamente, la tecnología (programación, robótica, IA). En este ámbito, el uso intensivo, no regulado, de plataformas digitales se ha asociado con síntomas concordantes con adicciones en NNAs, tales como alteraciones del sueño, ansiedad, dependencia, problemas de autoestima y dificultades de regulación emocional. Aunque la evidencia científica continúa desarrollándose, existe consenso respecto a que determinados diseños tecnológicos buscan maximizar el tiempo de permanencia y capturar la atención de las personas usuarias, situación especialmente delicada durante etapas críticas del desarrollo neuropsicológico como es el caso de esta población.Desde la experiencia latinoamericana, resulta indispensable reconocer que las brechas digitales continúan condicionando tanto las oportunidades como los riesgos asociados a la inteligencia artificial. Mientras algunos sectores de la población infantil acceden a tecnologías avanzadas para potenciar su aprendizaje, otros permanecen excluidos de dichos beneficios. Esta situación puede profundizar desigualdades preexistentes y comprometer el ejercicio efectivo del derecho a la educación y a la igualdad de oportunidades, para todos sin excepción, sin discrminación. En consecuencia, la protección integral de niñas, niños y adolescentes exige superar enfoques exclusivamente tecnológicos, resultando imprescindible fortalecer la educación mediática, la alfabetización digital, la cooperación internacional, la actualización permanente de marcos jurídicos y la construcción de políticas públicas centradas en el interés superior de la niñez. Finalmente, quien suscribe sostiene que la inteligencia artificial transformará inevitablemente el mundo que heredarán las nuevas generaciones; sin embargo, serán esas mismas generaciones quienes determinarán el mundo que construirán con ella, y por ende, es importante educar ahora para prevenir lo que pudiera ocurrir de generarse, y así está siendo, la AGI o Inteligencia Artificial General, abordando este tema y su impacto en la democracia en otro de los artículos escritos en la presente edición de la RIDCA. De ahí la importancia de asegurar que toda innovación tecnológica permanezca alineada, sin excepción, al principio de dignidad humana y al paradigma internacional de los derechos humanos.

 

Referencias

Bronfenbrenner, U. (1979). TheEcologyof Human Development. Harvard UniversityPress.

Carbonell, M. (2020). Derechos humanos y nuevas tecnologías. Instituto de Investigaciones Jurídicas, Universidad Nacional Autónoma de México.

Comité de los Derechos del Niño. (2021). Observación General núm. 25 relativa a los derechos de los niños en relación con el entorno digital. Naciones Unidas.

Erikson, E. H. (1968). Identity: Youth and Crisis. Norton.

Livingstone, S., &Third, A. (2017). Children and youngpeople’srights in the digital age: Anemerging agenda. New Media &Society, 19(5), 657-670.

Organización de las Naciones Unidas. (1989). Convención sobre los Derechos del Niño.

Organización Mundial de la Salud. (2019). Guidelinesonphysicalactivity, sedentarybehaviour and sleepforchildrenunder 5 yearsofage. OMS.

Ríos Ruiz, A. (Coord.). (2021). Inteligencia artificial y derecho. Instituto de Investigaciones Jurídicas, Universidad Nacional Autónoma de México.

Turkle, S. (2011). AloneTogether. Basic Books.

UNESCO. (2021). Recomendación sobre la Ética de la Inteligencia Artificial.

UNICEF. (2021). Policyguidanceon AI forchildren. UNICEF.

UNICEF. (2023). Estado Mundial de la Infancia 2023.

UNICEF, Innocenti, ECPAT International e Interpol. (2025). DisruptingHarm: Protectingchildrenfrom online sexual exploitation and abuse.

Vygotsky, L. S. (1978). Mind in Society. Harvard UniversityPress.

 

 

Notas

[1] grupodesarrollarte@gmail.com Mérida, Yucatán, México. Licenciada en Psicología por la Universidad Autónoma de Yucatán, obteniendo el Primer Lugar Nacional en el examen EGEL-PSI del CENEVAL. Maestra en Psicología y Orientación Vocacional y Maestra en Derechos Políticos y Procesos Electorales. Doctora en Ciencias de la Educación y Doctora en Ciencias Forenses. Realizó una estancia posdoctoral en Derecho Penal y Criminología y concluyó estudios de Licenciatura en Derecho por la UNAM. Cuenta con formación especializada en Inteligencia Artificial, Ciencia de Datos, Programación y Robótica. Es fundadora de la Academia DesarrollArte Efecto Mariposa®, consultora organizacional, conferencista internacional, investigadora y autora de diversos libros y artículos científicos relacionados con psicología, educación, derechos humanos, criminología, tecnología e inclusión social.

 

 

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