Revista Iberoamericana de Derecho, Cultura y Ambiente

Revista Iberoamericana de Derecho, Cultura y Ambiente
RIDCA - Edición Nº8 - Derecho Ambiental

Mario Peña Chacón. Director

Diciembre de 2025

La adaptación al cambio climático y el rol de las instituciones rectoras, caso de Guatemala

Autor. Elizabeth Cardona Orantes. Guatemala

Por Elizabeth Cardona Orantes[1]

 

 

A raíz de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, en 1992, instrumentos internacionales ratificados por Guatemala y las demás acciones que se fueron promoviendo desde las Conferencias de las Partes, en Guatemala, se promulga la Ley Marco para regular la reducción de la Vulnerabilidad, la Adaptación obligatoria ante los efectos del cambio climático y la mitigación de los gases de efecto invernadero (Decreto 7-2013 del Congreso de la República) en la cual se establece que las instituciones públicas deben contar con Planes Estratégicos Institucionales -PEI- que busquen reducir la vulnerabilidad e implementar acciones de adaptación al cambio climático.

Históricamente la gestión ambiental en Guatemala ha sido liderada tanto por el Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales -MARN-, el Instituto Nacional de Bosques -INAB- y el Consejo Nacional de Áreas Protegidas -CONAP-. Con el pasar de los años se ha visto la necesidad de involucrar a otras instituciones tales como el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación, -MAGA- Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, -MSPAS-, Instituto Guatemalteco de Seguridad Social -IGSS-, Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda -CIV- entre otras.

El objetivo del presente artículo es resaltar hallazgos identificados en la revisión de ocho Planes Estratégicos Institucionales, -PEI- que más adelante se detallan, para verificar si realmente lo que establece el Decreto 7-2013, con relación a implementar acciones de adaptación, si están incluidas o aún se encuentran pendientes de desarrollar.

La Ley Marco para regular la reducción de la Vulnerabilidad, la Adaptación obligatoria ante los efectos del cambio climático y la mitigación de los gases de efecto invernadero (Decreto 7-2013 del Congreso de la República), en el artículo 15 establece lo siguiente: (…) ”las instituciones públicas que corresponda, deberán contar con planes estratégicos institucionales, los que deberán revisarse y actualizarse periódicamente. El Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales -MARN-, la Secretaría de Planificación y Programación de la Presidencia -SEGEPLAN- y el Ministerio de Finanzas Publicas -MINFIN-, podrán apoyar la elaboración de estos planes” (…)

Así mismo, en el mismo artículo, se detalla la temática específica y las instituciones que deberán contar con el PEI como se detalla a continuación:

a) Salud Humana. Establece que el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social -MSPAS- y el Instituto Guatemalteco de Seguridad Social -IGSS- son las instituciones encargadas. Sin embargo, aunque en el PEI 2023-2027, el Ministerio de Salud si se incluye el término cambio climático, el mismo solamente es de referencia, no en sí para establecer la vinculación que tiene el cambio climático en la salud humana, incluso para los compromisos internacionales como las Contribuciones Nacionalmente Determinadas no han participado activamente ni involucrándose ni asumiendo su participación y rol dentro del tema de cambio climático.

En el caso del PEI 2023-2027 del IGSS, no hace mención sobre el tema de cambio climático ni las posibles acciones a implementar en ese ámbito.

b) Zonas Marino Costeras. Establece que el Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales -MARN-, Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación -MAGA- y el Consejo Nacional de Áreas Protegidas -CONAP-, son las instituciones encargadas. En este caso, las anteriores instituciones si han logrado realizar sus planes estratégicos institucionales y han estado trabajando para la actualización de estos en un período aproximado de cada cinco años.

c) Agricultura, Ganadería y Seguridad Alimentaria. Establece que el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación -MAGA- junto con la Secretaría de Seguridad Alimentaria y Nutricional -SESAN-, son los responsables de este eje. A la fecha ambas instituciones han logrado implementar el tema de cambio climático en sus planes estratégicos, sin embargo, el MAGA ha realizado más gestiones en campo vinculadas a adaptación que la SESAN a la fecha.

d) Recursos Forestales, Ecosistemas y Áreas Protegidas. Establece que el Instituto Nacional de Bosques -INAB-, Consejo Nacional de Áreas Protegidas -CONAP- y el Sistema Nacional de Prevención y Control de Incendios Forestales -SIPECIF- y el Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales -MARN- son las instituciones responsables. En este caso, tanto el INAB, CONAP y el MARN han logrado establecer en sus PEI la incorporación de acciones relacionadas a este tema, logrando cumplir con lo establecido en la ley. Sin embargo, SIPECIF aun no cuenta con este plan.

e) Infraestructura. Establece que el Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda -CIV- es la entidad responsable, sin embargo, en el PEI vigente solamente se incluye el cambio climático a manera referencia, incluso para los compromisos internacionales como las Contribuciones Nacionalmente Determinadas no ha participado activamente ni involucrándose ni asumiendo su participación y rol dentro del tema de cambio climático.

A pesar de la existencia de las políticas nacionales y la legislación vigente sobre cambio climático, estos temas no están plenamente integrados ni desarrollados en los Planes Estratégicos Institucionales del MSPAS, IGSS y CIV.

En los Planes Estratégicos Institucionales donde si se ha logrado incorporar el tema de cambio climático, han ajustado el presupuesto para crear unidades y/o departamentos encargados de cambio climático o adaptación al cambio climático, permitiendo abordar este tema y lograr implementar acciones en territorio, distinto a las instituciones que no tienen unidades en las cuales las acciones se han quedado rezagadas.

El desconocimiento y la falta de sensibilización de los tomadores de decisión y líderes de las instituciones son factores que han determinado que éstas que no cuentan con un PEI y el enfoque en cambio climático, adicional al desinterés y la falta de asumir su participación e involucramiento en un tema ambiental, ha generado el atraso y la falta de acciones en adaptación al cambio climático.

En resumen, aunque Guatemala cuenta con un marco normativo en materia de cambio climático, es importante mencionar tanto en el MSPAS, IGSS y CIV no se encuentra integrado lo establecido en la Ley Marco de Cambio Climático en los Planes Estratégicos institucionales por lo cual implica que no existen líneas de trabajo e incluso presupuesto para abordarlas, lo que representa una barrera para avanzar en la adaptación de una forma integral. Es necesario fomentar la integración interinstitucional, bajo el liderazgo del Ministerio de Ambiente y la creación de capacidades específicas para enfrentar los desafíos climáticos de manera más efectiva.

 

Bibliografía

Congreso de la República de Guatemala. (2013). Ley Marco de Cambio Climático, Decreto 7-2013. Guatemala: Congreso de la República.

Instituto Nacional de Bosques (INAB). (2023). Plan Estratégico Institucional 2023-2027. Guatemala: INAB.

Secretaria de Seguridad Alimentaria y Nutricional (SESAN). (2023). Plan Estratégico Institucional 2023-2032. SESAN

Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación (MAGA). (2021). Plan Estratégico Institucional 2021-2026. MAGA

Instituto Nacional de Bosques (INAB). (2022). Plan Estratégico Institucional 2022-2027. INAB.

Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda (CIV). (2022). Plan Estratégico Institucional 2022-2032. CIV.

Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social (MSPAS). (2022). Plan Estratégico Institucional 2022-2032. MSPAS.

Consejo Nacional de Áreas Protegidas (CONAP). (2018). Plan Estratégico Institucional 2018-2027. CONAP.

Instituto Guatemalteco de Seguridad Social (IGSS). (2023). Plan Estratégico Institucional 2023-2027. IGSS.

 

 

 

 

Citas

 

 

[1] Licenciada en Ciencias Jurídicas y Sociales, Abogada y Notaria por la Universidad de San Carlos de Guatemala. Máster en Políticas de Desarrollo por la KDI School of Public Policy and Management (Instituto Coreano de Desarrollo), Seúl, Corea del Sur, y Máster en Derecho Constitucional por la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad de San Carlos de Guatemala. Cursa la Maestría en Cambio Climático y Sostenibilidad en SOAS University of London, Reino Unido

Buscar

Edición

Número 8

Diciembre de 2025

Número 7

Marzo de 2025

Número 6

15 de diciembre de 2024

Edición Especial 

Derecho Penal y Criminología

Alberto Pravia, Director

Número 5

15 de julio de 2024

Edición Especial

22 de febrero de 2024

Antártida Argentina:  120 años

de Presencia Ininterrumpida

Número 4

20 de diciembre de 2023

Número 3

15 de julio de 2023

Número 2

20 de diciembre de 2022

Número 1

15 de junio de 2022

Portada

Sobre la Revista

Capacitaciones Recomendadas

Diplomatura en

Derecho Antártico, Gestión y

Logística Antártica Ambiental

AIDCA – Universidad de Morón

Dirección: Dr. Javier A. Crea y

GB (R) Edgar Calandín

Coordinación: Dra. María de

los Ángeles Berretino

Modalidad: Virtual

Publicaciones Recomendadas

Javier Alejandro Crea

María de los Ángeles

Berretino

Tratado de Derecho Antártico.

La gestión polar ambiental en

el marco de los Derechos

Humanos

Javier A. Crea

Mauricio H. Libster

Derecho Penal Ambiental.

El Acceso a la Justicia y la  

integración a los Objetivos del 

Desarollo

¿Te interesa recomendar la Revista Iberoamericana de Derecho, Cultura y Ambiente de AIDCA?

REVISTA IBEROAMERICANA DE DERECHO, CULTURA Y AMBIENTE
ASOCIACIÓN IBEROAMERICANA DE DERECHO, CULTURA Y AMBIENTE – AIDCA
Dirección: Paraná 264, Piso 2º, Oficinas 17 y 18. Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Argentina
Código Postal:C1017AAF
Teléfono: (5411) 60641160
E-mail: info@aidca.org
Website: www.aidca.org