Revista Iberoamericana de Derecho, Cultura y Ambiente

Revista Iberoamericana de Derecho, Cultura y Ambiente.
ISSN 2953-3554. RIDCA. Edición Especial.
Antártida Argentina. 120 años de Presencia Ininterrumpida

Edgar F. Calandín y Oscar A. Acosta. Dirección

22 de febrero de 2024

La Administración de Parques Nacionales, su relación con el Tratado Antártico y la importancia de contar con instrumentos legales para la presencia interinstitucional

Autor. Nicolás Ferrari. Argentina

Por Nicolás Ferrari[1]

I- INTRODUCCIÓN

La Antártida es un continente en gran parte inexplorado. Vasto con un ecosistema frágil y desafiante, de una belleza natural y biodiversidad única en sus frías y aisladas extensiones. Motivo de preocupación y estudio para científicos, gobiernos y organizaciones de todo el mundo.

Su ecosistema, delicado y único, requiere una atención especial para garantizar que siga siendo un refugio para la vida silvestre en el futuro. Por ello ha sido objeto de especial atención y protección a través del Tratado Antártico, un acuerdo internacional que establece directrices para la preservación de este entorno único. Durante décadas, la región antártica ha sido un punto focal de investigación científica y cooperación internacional, pero también un terreno delicado en el que el impacto humano debe ser cuidadosamente gestionado.

Como parte de esta intrincada red de intereses y esfuerzos se encuentra la Administración de Parques Nacionales de Argentina (APN) una institución que ha asumido la responsabilidad por las Leyes 22.351 y 27.037 de preservar y conservar las áreas naturales protegidas terrestres, intermareales y marinas.

Al examinar la presencia de esta institución, con su experiencia en la gestión de áreas protegidas en otras latitudes, se pretende entender cómo sus acciones contribuyen a los objetivos del Tratado, y cómo ésta colaboración internacional impacta en la conservación de la biodiversidad antártica.

En este contexto, la APN puede desempeñar un papel esencial en gestionar y proteger áreas naturales protegidas antárticas “Zonas Antárticas Especialmente Protegidas” (ZAEP) y “Zonas Antárticas Especialmente Administradas” (ZAEA).

En lo que incluye la regulación de las actividades humanas, en la promoción de la investigación científica asociada al que ya vienen desarrollando el Comando Conjunto Antártico e Instituto Antártico Argentino, la realización de estudios de Impacto Ambiental y la Conservación de la biodiversidad.

La APN, como entidad comprometida con la preservación de áreas naturales protegidas, debería ser parte de la enorme tarea que implica equilibrar la protección del medio ambiente con la promoción de la investigación y la cooperación internacional en esta región extrema.

Este trabajo busca proporcionar una visión integral de la presencia de la APN en la Antártida, con su papel en la conservación y su relación con el marco legal del Tratado Antártico. Además, se busca explorar la relación entre el Tratado, la actuación de la APN en la región y la importancia de que ésta presencia esté respaldada con un documento legal que afiance la relación interinstitucional en el tiempo.

Al explorar estos temas, esperamos contribuir al entendimiento de los desafíos y oportunidades que enfrenta la gestión de la Antártida en la era moderna, y la importancia de la cooperación internacional en la protección de este tesoro natural.

II- TRATADO ANTÁRTICO

Este Tratado fue establecido en 1959. Es un acuerdo internacional que regula las actividades humanas en la región antártica, con el propósito de preservar su carácter único para las generaciones futuras.

Es crucial comprender los principios fundamentales que rigen ésta región:

  • Desmilitarización: El Tratado prohíbe cualquier actividad militar en la Antártida, enfocándose en la investigación científica y la cooperación pacífica.
  • Libertad Científica: Garantiza la liberad de investigación científica, fomentando la colaboración entre estados para comprender mejor la región y su impacto global.
  • Protección Ambiental: Establece principios para la protección del medio ambiente antártico, reconociendo su valor ecológico y la necesidad de su preservación.

En las secciones siguientes, exploraremos cómo la presencia y las acciones de la APN se alinean con los objetivos del Tratado y contribuyen a la protección de este ecosistema único.

III. PRESENCIA DE LA ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES EN LA ANTÁRTIDA.

La APN fue establecida en Argentina en 1934 y regida por la Ley 22.351 desde el 04/11/1980. Es un organismo que opera bajo la jurisdicción del Ministerio del interior de la Nación.

Su misión es diseñar, supervisar y ejecutar las políticas necesarias para conservar y gestionar los Parques Nacionales, Monumentos Naturales y Reservas Nacionales existentes, así como aquellos que puedan incorporarse en un futuro. El propósito fundamental de la APN es preservar la integridad de estos espacios en lo que respecta a sus características fisiográficas, asociaciones bióticas, recursos naturales y calidad ambiental de los asentamientos humanos. Además, la APN promueve la creación de nuevas áreas dentro del marco de la Red Nacional de Áreas Protegidas.

Históricamente, la Antártida ha sido considerada un santuario natural que requiere una gestión meticulosa para preservar su biodiversidad única y tiene un papel crítico en la regulación climática global.  En este contexto, la Administración de Parques Nacionales está relacionada con la Antártida de dos maneras distintas.

En primer lugar, comparten una conexión histórica importante. El Perito Francisco Pascasio Moreno a fines de 1903 desempeñó un papel fundamental al insistir en la importancia científica y política de establecer un observatorio meteorológico y geomagnético en la Isla Laurie, parte del archipiélago de las Islas Orcadas del Sur. Sus esfuerzos llevaron a la creación del “Observatorio Meteorológico y Geomagnético de las Islas Orcadas del Sur” con una primera dotación Argentina que tomó posesión del observatorio el 22 de Febrero de 1904.

En segundo lugar, desde 1990, la APN ha mantenido convenio de colaboración reciproca con la Dirección Nacional del Antártico (DNA) para llevar a cabo la selección de guardaparques nacionales mediante concursos de antecedentes. Estos guardaparques participan activamente en las campañas de verano e invierno en las Bases Antárticas Orcadas, Carlini (ex Jubany), Base Marambio, Refugio Gurruchaga, Base Primavera y Base Esperanza.

Como resultado de esta colaboración, Argentina se convirtió en el primer país en enviar Guardaparques de manera sistemática a la región de conservación más importante del mundo. La presencia constante de la Administración de Parques Nacionales en la Antártida demuestra su compromiso único y pionero en el mundo en la protección de este entorno de valor incalculable.

En la actualidad el trabajo de los y de las Guardaparques consiste principalmente en actividades como recolectar muestras biológicas en el terreno y realizar censos sistemáticas de las población de aves y mamíferos que anualmente arriban al continente. Entre los meses de agosto y mayo se concentran la mayoría de los trabajos de campo, y algunos de estos son los siguientes.

  • Anualmente se pesaban (actividad suspendida por los nuevos protocolos de manejo de fauna) un número importante de pingüinos de Adelia (Pygoscelis adeliae) y barbijo (Pygoscelis antarticus) entre adultos y pinchones, al comienzo y al final de la temporada de reproducción. Además, se obtenían muestras de contenido estomacal para determinar variaciones en la dieta que, comparadas con muestras de años anteriores, permiten detectar cambios en las poblaciones de krill.
  • Por medio del conteo de nidos e individuos en sectores de las pingüineras marcadas desde el año 1988, se pueden establecer tendencias poblacionales de estas especies y compararlas con resultados de otras bases argentinas, así como de otros miembros de la Convención para la Conservación de los Recursos Vivos Marinos Antárticos.
  • Uno de los trabajos más interesantes es el que se realiza con las focas de Weddel (Leptonychotes weddellii) de las cuales se toman muestras de sangre y leche durante la época de parición y lactancia (entre agosto y noviembre). Para ello es necesario desplazarse con esquíes de travesía por el mar congelado y detectar los agujeros por donde salen a respirar.
  • Semanalmente y durante todo el año se realizan censos de aves voladoras y mamíferos.

El volumen de muestras y la cantidad de datos acumulados durante el año hacen que se ocupen algunas horas del día para procesar, envasar, congelar las muestras y asentar los datos en planillas.

Con respecto a los trabajos de geofísica, los mismos se concentran en actividades de gabinete. Los cuales consisten en:

  • Controlar diariamente el normal funcionamiento de los equipos y realizar copias de seguridad de los datos periódicamente.

Desde el gabinete de geofísica se registran los datos del sismógrafo perteneciente al Instituto de Oceanografía y Geofísica Experimental (OGS) de Trieste en Italia y del receptor del sistema de posicionamiento global (GPS, por sus siglas en ingles) de la Universidad de Memphis, Estados Unidos. Estos organismos extranjeros tienen convenios con el Instituto Antártico y realizan estudios similares en otras bases argentinas y de otros países con presencia en la región. La estación sismológica forma parte de una red mundial y la OGS, a través de convenios con la Dirección Nacional del Antártico y el CONICET, opera estaciones similares en las bases Carlini y Esperanza, en Parque Nacional Tierra del Fuego y en Río Grande, de Tierra del Fuego. El análisis de los datos obtenidos sirve para interpretar detalles de la dinámica de la tectónica de placas, que origina los movimientos sísmicos.

El proyecto de geodesia, también relacionado al movimiento de las placas continentales, apunta a medir en forma muy precisa la deriva a la que está sometida la Isla Laurie y todo el archipiélago de las Orcadas.

También funcionan estaciones en la Base Jubany y en el Parque Nacional Lihué Calel, en La Pampa.

Normalmente la operación de estos equipos no presenta mayores dificultades, salvo inconvenientes técnicos ocasionados por las rigurosas condiciones ambientales, como el congelamiento del receptor de GPS ubicado en el filo del cerro Mossman por temperaturas inferiores a lo habitual, tal como sucedió en junio de 2003 cuando la temperatura descendió a -34°C y la sensación térmica rondó los -72°C. O el sismo de 7,5 puntos en la escala de Richter ocurrido el 4 de agosto del mismo año. Este tipo de acontecimientos generan que los instrumentos y sus alojamientos deban ser controlados o reprogramados y reparados en el terreno.

Todas las planillas dónde se registran los datos, la información sismológica y geodésica y las muestras biológicas son entregadas a investigadores del Instituto Antártico Argentino al regreso de la campaña. Estos son los responsables de analizar las muestras y datos de campo, posteriormente elaborar y publicar informes los cuales son compartidos con otros organismos nacionales o extranjeros y finalmente presentados en reuniones científicas internacionales, cerrando así un importante trabajo conjunto.

La presencia efectiva de Argentina en la Antártida es fundamental para reafirmar nuestros derechos en este continente austral. Desde 1904, cuando se estableció nuestra primera base antártica, hemos mantenido una firme estrategia geopolítica para preservar nuestra soberanía y la idea de bicontinentalidad. El Tratado Antártico nos brinda un marco legal, pero es nuestra política antártica la que nos impulsa a mantener una presencia constante en esta región. Esta presencia no solo es una cuestión de orgullo nacional, sino también una respuesta a los desafíos que enfrenta el continente antártico y la importancia de estar en el lugar para abordarlos apropiadamente.

IV- PRESENCIA ACTIVA DE LA APN

A pesar de su apariencia inhóspita, la Antártida es un ecosistema frágil que exige un enfoque precavido y sostenible para garantizar su conservación a largo plazo. La APN con su rica experiencia en la preservación de áreas protegidas, aporta un enfoque integral que es de vital importancia para la conservación y la gestión sostenible de esta región. Dicha experiencia contribuye de manera directa a la realización de los objetivos primordiales del Tratado Antártico.

La APN a través de la Dirección Nacional del Antártico (DNA) y el Instituto Antártico Argentino (IAA) no solo demuestra su compromiso con la conservación, sino que también plantea interrogantes intrigantes sobre cómo sus prácticas y experiencias en otras regiones se adaptan y contribuyen a la singularidad de la Antártida. Esto revela una contribución altamente significativa por parte de Argentina a la preservación de ésta región única.

V- IMPORTANCIA DEL MARCO LEGAL PARA LA PARTICIPACIÓN DE INSTITUCIONES EN LA ANTÁRTIDA

El establecimiento de un marco legal sólido es fundamental para la participación de diferentes instituciones en la Antártida, particularmente de la Administración de Parques Nacionales (APN) dado que responden a varios objetivos claves:

  1. Protección ambiental: Es esencial para garantizar la protección y conservación de éste ambiente frente a las actividades humanas que podrían tener un impacto negativo (Leyes 24.216 y 25.260) ya que la Antártida es un entorno extremadamente frágil con ecosistemas únicos y vulnerables.
  2. Coordinación de actividades: La Antártida es un territorio compartido por múltiples instituciones, organismos y agencias de distintas naciones. Es fundamental la cooperación y coordinación entre las instituciones para prevenir conflictos y garantizar un uso sostenible de los recursos y de las investigaciones científicas (Decreto N° 2.316 fecha 05/11/1990) y además afianzar alianzas estratégicas en el presente y a futuro.
  3. Seguridad: La región antártica presenta desafíos logísticos y ambientales únicos. Una base legal establecerá las reglas y procedimientos necesarios para garantizar la seguridad de todas las personas que operan en la Antártida, tanto en términos de actividades científicas como de preservación del entorno.
  4. Gobernanza Internacional: La Antártida está fuertemente influenciada por el Sistema del Tratado Antártico, que es un acuerdo internacional que rige las actividades en la región. Este sistema proporciona cooperación pacifica y la toma de decisiones compartidas entre las Naciones
  5. Investigación científica: La Antártida es un laboratorio natural único para la investigación científica en una amplia variedad de campos. El marco legal que venimos mencionando proporcionaría las bases para la autorización y regulación de proyectos de investigación que realizan varias instituciones, desde climatológicas hasta de biología marina.
  6. Responsabilidad: Se establecen las responsabilidades de las instituciones y de los individuos en la Antártida. Esto incluye la regulación de actividades, la gestión de desechos, la respuesta a situaciones de emergencia y hasta la propia convivencia dentro y entre las bases allí establecidas.
  7. Conservación de la biodiversidad: La Antártida alberga una biodiversidad única, incluidos muchos organismos extremófilos. Se debe garantizar que las actividades humanas sean compatibles con la conservación de ésta diversidad biológica. (Leyes 24.216 y 25.260).

En resumen, una base legal sólida es esencial para garantizar que la presencia de instituciones en la Antártida se realice de manera responsable y sostenible, protegiendo el ambiente antártico, promoviendo la cooperación internacional y la investigación científica en esta región critica. La APN y otras instituciones argentinas podrían desempeñar un papel fundamental en la observancia del marco legal ya mencionado y la promoción de los principios.

VI- COMPROMISO DE LA APN EN LA ANTÁRTIDA

Como expresamos con anterioridad la participación de Parques Nacionales en trabajos dentro de la Antártida data desde 1990, año de la firma del primer convenio de colaboración reciproca que brindo el marco para que los y las guardaparques nacionales pudieran contribuir al trabajo científico y de conservación que nuestro país realiza en el territorio Antártico, que son parte de los ejes principales del Programa Antártico Argentino y del Sistema del Tratado Antártico (Decreto N° 2.316 fecha 05/11/1990).

En el año 2021, la APN renovó el convenio previamente mencionado y lo firmó junto con la Secretaría de Malvinas, Antártida e Islas del Atlántico Sur (SEMAS). Entendiendo que en la actualidad dicha Secretaría tiene entre los objetivos que le fueron asignados (Decreto N°50 año 2019):

  • Entender la planificación y dirección de la política antártica
  • Ejecutar la actividad antártica argentina, armonizando sus alcances y efectos con los criterios globales de política exterior que se establezcan
  • Implementar los compromisos internacionales que correspondan

A su vez, de dicha Secretaría depende la Dirección Nacional del Antártico (DNA) que es un organismo creado por la Ley Nacional 18.513 fecha 31/12/1969 y se encuentra actualmente bajo la órbita del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto (Decreto N°207 año 2003).

De acuerdo con lo dispuesto por la normativa nacional vigente la DNA realiza la programación, planeamiento, coordinación, dirección y difusión de la actividad antártica argentina. Asimismo promueve, sostiene, regula y controla la aplicación de las normas de protección ambiental provenientes de las Leyes 24.216 y 25.260.

De la DNA depende el Instituto Antártico Argentino (IAA), organismo científico tecnológico, cuyo trabajo es definir, desarrollar, dirigir, controlar y difundir la actividad científico-tecnológica argentina, articulando esa labor con aquella realizada en regiones vinculadas. La SEMAS y la APN convienen en celebrar el presente Acuerdo Marco de Cooperación y Asistencia Técnica con el objetivo de coordinar esfuerzos con vistas a la cooperación científico-técnico en las áreas, y disciplinas directa o indirectamente relacionadas con la Antártida que ambas instituciones estimen relevantes a fin de lograr el cumplimiento de los objetivos, políticas y prioridades de la Política Nacional Antártica, contribuyendo a la permanente actualización de la misma para afianzar la eficacia de la actividad antártica argentina y conforme las previsiones legales contenidas en el régimen impuesto por el Decreto N° 2.316 fecha 05/11/1990

Para culminar con el trabajo final integrador que propone la Diplomatura en Derecho Antártico se realizó una propuesta de Convenio Específico de Colaboración y Asistencia Técnica entre dos instituciones comprometidas con la preservación de nuestro patrimonio natural y el fomento de la cooperación científico-técnica en áreas de importancia estratégica para la República Argentina. En esta oportunidad la Secretaria de Malvinas, Antártida y Atlántico Sur, representada por Dr. Guillermo Ramón Carmona, y la Administración de Parques Nacionales, representada por el Dr. Federico Granato, en el cual se unen fuerzas para fortalecer la presencia y el impacto de la Argentina en la región antártica, fomentando la investigación científica, la conservación de nuestras Áreas Naturales Protegidas y la formación de recursos humanos altamente capacitados para desplegarlos en la Antártida.

Este convenio sería un paso significativo en la continuación de una relación de colaboración que comenzó en la década del 90 y continuo con el Acuerdo Marco de Cooperación y Asistencia Técnica suscrita en agosto de 2021. La propuesta de Convenio se centra en promover la cooperación científica y técnica en áreas directa o indirectamente relacionadas con la Antártida y fortalecer las capacidades de ambas instituciones. Ambas partes reconocen la importancia de la cooperación internacional y los compromisos asumidos en el marco de la Política Nacional Antártica y el Tratado del cual forma parte nuestro País.

Esta propuesta de convenio intenta establecer un marco solido para coordinar los esfuerzos de la SEMAS y APN en su misión de preservar y gestionar los Parques Nacionales, Monumentos Naturales y Reservas Nacionales en Argentina. Además, sienta las bases para la participación activa del Cuerpo de Guardaparques Nacionales en Campañas Antárticas, tanto de verano como de invierno en las diferentes Bases, Refugios y Campamentos que la Argentina sostiene en el Continente, lo que refleja un compromiso significativo con la investigación y la conservación de una de las regiones más remotas e importantes de nuestra planeta, la mayor Área Protegida del Mundo.

Ambas partes se comprometen a cumplir con sus respectivas obligaciones en virtud de este convenio, lo que incluye la convocatoria anual del personal del Cuerpo de Guardaparques Nacionales para participar en Campañas Antárticas, la facilitación de capacitación y perfeccionamiento, y el intercambio de información científico–tecnología. El acuerdo también busca mantener una relación de largo plazo, estableciendo un periodo inicial de tres años, renovable automáticamente por el mismo periodo, a menos que algunas de las partes decida no continuar con la relación.

En resumen, este convenio pretende representar un compromiso sólido y mutuo entre la Secretaria de Malvinas, Antártida y Atlántico Sur y la Administración de Parques Nacionales para avanzar en la protección y el estudio de nuestro patrimonio natural, y dar un ejemplo de la colaboración interinstitucional que contribuirá al crecimiento de la investigación y la conservación en la región antártica y mas allá. Este es un paso adelante en la misión compartida de salvaguardar la biodiversidad y los ecosistemas únicos de nuestro país y en particular del ecosistema Antártico.

Propuesta de convenio especifico de colaboración y asistencia técnica como producto concreto de la cursada en la Diplomatura de Derecho Antártico.

VII. CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN Y ASISTENCIA TÉCNICA ENTRE LA SECRETARÍA DE MALVINAS, ANTÁRTIDA Y ATLÁNTICO SUR Y LA ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES

La SECRETARÍA DE MALVINAS, ANTÁRTIDA Y ATLÁNTICO SUR dependiente del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, representada en este acto por el Dr. Guillermo Ramón CARMONA (D.N.I. N° 18.288.565), con domicilio legal en la calle Esmeralda Nº 1212, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en adelante la SEMAS, y por la otra parte la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES, organismo autárquico y descentralizado actuante bajo la órbita del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE, representado en este acto por el Presidente del Directorio, Dr. Federico GRANATO (D.N.I. Nº 35.142.108, con domicilio en Av. Rivadavia 1475/79 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en adelante la APN; en conjunto, en adelante “Las Partes”, acuerdan celebrar el presente convenio específico sujeto a las siguientes cláusulas:

VIII. ANTECEDENTES

Que el 24 de agosto de 2021 se suscribió entre las partes un Acuerdo Marco de Cooperación y Asistencia Técnica (CONVE-2021-78051397-APN-APNAC#MAD), con el objetivo de coordinar esfuerzos con vistas a la cooperación científico-técnica en las áreas y disciplinas directa o indirectamente relacionadas con la Antártida que ambas instituciones estimen relevantes a fin de lograr el cumplimiento de los objetivos, políticas y prioridades de la Política Nacional Antártica conforme las previsiones legales contenidas en el régimen impuesto por el Decreto Nº 2.316 de fecha 5 de noviembre de 1990.

Que entre las obligaciones acordadas se encuentran las siguientes: i) Actuar en el asesoramiento y consultoría de la otra parte, a pedido de ésta, en el área de asuntos de su competencia. ii) Contribuir al entrenamiento, capacitación y perfeccionamiento de los profesionales que la otra parte envíe. iii) Permitir el intercambio de personal técnico de forma individual o en equipos de trabajo. iv) Fomentar charlas y capacitaciones de interés mutuo en las instituciones en cuestión. v) Facilitar el uso y préstamo de instrumental científico para la realización de las tareas acordadas, así como espacios físicos de trabajo. vi) Facilitar el fluido de intercambio de información científico-tecnológica. vii) Coparticipar en acciones que contribuyan a la promoción de la investigación científica y tecnológica en áreas de interés mutuo.

Que la SEMAS tiene entre sus objetivos: “Entender en la planificación y dirección de la política antártica y ejecutar la actividad antártica argentina, armonizando sus alcances y efectos con los criterios globales de política exterior que se establezcan e implementando los compromisos internacionales que correspondan” (Decreto N° 50/2019).

Que de la SEMAS depende la DIRECCIÓN NACIONAL DEL ANTÁRTICO (en adelante “DNA”), que tiene a su cargo la programación, planeamiento, coordinación, dirección, control y difusión de la actividad antártica argentina, a fin de lograr el cumplimiento de los objetivos, políticas y prioridades de la Política Nacional Antártica, contribuyendo a la permanente actualización de la misma para afianzar la eficacia de la actividad antártica argentina.

Que de la DNA depende el INSTITUTO ANTÁRTICO ARGENTINO (en adelante “IAA”), organismo científico tecnológico, cuyo trabajo es definir, desarrollar, dirigir, controlar, coordinar y difundir la actividad científico-tecnológica argentina en la Antártida, articulando esa labor con aquella realizada en regiones vinculadas.

Que, para la implementación de dicho Acuerdo, la SEMAS designó como entidades responsables a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL ANTÁRTICO y al INSTITUTO ANTÁRTICO ARGENTINO (IAA).

Que es función de la APN diseñar, conducir y controlar la ejecución de las políticas necesarias para conservar y manejar los Parques Nacionales, Monumentos Naturales y Reservas Nacionales, existentes actualmente y las que eventualmente se incorporen, con el objeto de asegurar el mantenimiento de su integridad en todo lo relacionado con sus particulares características fisiográficas, asociaciones bióticas, recursos naturales y calidad ambiental de los asentamientos humanos y promover la creación de nuevas e Áreas Protegidas.

Que, asimismo, en el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Cuerpo de Guardaparques Nacionales, se contempló la participación del personal del Cuerpo de Guardaparques en Campañas Antárticas.

Que, a los fines de la implementación, y coordinación de la cooperación científico técnica convenida en el acuerdo marco, LAS PARTES entienden que resulta oportuno establecer las pautas de cooperación necesarias que permitan el trabajo conjunto y coordinado entre las mismas.

Que, en tal sentido, y a los efectos de cumplimentar con los fines, objetivos y misiones de LAS PARTES, en ejercicio pleno de las competencias y atribuciones asignadas por las distintas normas, acuerdan celebrar el presente Convenio Específico conforme con las siguientes cláusulas:

PRIMERA – OBJETO: El presente CONVENIO ESPECÍFICO tiene por objeto acordar la elaboración e implementación de acciones que permitan el trabajo conjunto y coordinado entre las partes y garanticen la presencia de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES en la Antártida.

SEGUNDA- OBLIGACIONES DE LAS PARTES: A los efectos de acordar los términos mencionados en la cláusula anterior, se establecen las siguientes obligaciones de LAS PARTES:

La SEMAS, a través de la DNA/IAA, se compromete a:

a) Convocar anualmente al personal del Cuerpo de Guardaparques Nacionales (CGN) de la APN a participar en Campañas Antárticas, detallando los objetivos, descripción de las actividades a realizar, tareas a desarrollar por el personal de APN, periodo de duración de la Campaña, perfil del personal requerido, a fin de garantizar la presencia institucional de la APN en la Antártida.
b) Remitir a la APN los lineamientos de cada convocatoria con una antelación mínima de CIENTO OCHENTA (180) días para Campañas Antárticas de Invierno (CAI) y NOVENTA (90) días para Campañas Antárticas de Verano (CAV) o pre CAV, a fin de posibilitar la realización íntegra del proceso de selección interno. Asimismo, la DNA remitirá formalmente a la APN cualquier otra convocatoria de asistencia técnica que requiera la colaboración de los equipos de trabajo de la APN.
c) Analizar las propuestas de capacitación elaboradas por la Coordinación de Capacitación dependiente de la Dirección de Capacitación y Desarrollo de Carrera de la Dirección General de Recursos Humanos de la APN que cumplan con los lineamientos de la DNA, al efecto de ser convalidadas.
d) Coordinar con la APN la realización de entrenamientos, capacitaciones y perfeccionamiento profesional, a través de la Dirección de Capacitación y Desarrollo de Carrera dependiente de la Dirección General de Recursos Humanos.
e) Facilitar el uso y préstamo de instrumental científico para la realización de las tareas acordadas, así como espacios físicos de trabajo.
f) Proponer y aportar las modificaciones que estime necesarias al procedimiento de selección de postulantes para las diferentes convocatorias, llevado a cabo por la APN, a los efectos de mantener una selección eficiente y acorde a sus necesidades.
g) Remitir a la APN los informes elaborados por las autoridades a cargo de la Campaña, en los que se detallarán los trabajos realizados por cada agente y un informe final de la misma, a fin de cumplimentar las evaluaciones de desempeño de los guardaparques, conforme lo establecido por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Cuerpo de Guardaparques Nacionales aprobado por el Decreto Nº 647/2022.

La APN se compromete a:

a) Recibir de la DNA los requerimientos de personal técnico, logístico y/o científico, con el objetivo de formalizar las convocatorias correspondientes, y enviar al personal seleccionado para su participación en las Campañas Antárticas.
b) Realizar las convocatorias internas del personal del CGN en tiempo y forma para garantizar la asistencia a las diferentes Campañas Antárticas.
c) Facilitar al personal del CGN la realización de las capacitaciones, entrenamientos y actividades de perfeccionamiento profesional, tanto las que brinde la DNA como las que dicte la APN.
d) Mantener actualizado el procedimiento de selección del Personal del CGN para postulantes a las campañas antárticas de verano e invierno.
e) Articular con las áreas competentes las acciones y procedimientos necesarios para garantizar la intervención de la DNA en la última instancia del proceso de selección.
f) Contemplar y costear los gastos de traslado y/o movilidad de los agentes preseleccionados a fin de realizar las entrevistas con los jefes de proyectos, cumplimentar los exámenes médicos y psicológicos, etc.
g) Coordinar con la DNA la realización de entrenamientos, capacitaciones y perfeccionamiento profesional, a través de la Dirección de Capacitación y Desarrollo de Carrera dependiente de la Dirección General de Recursos Humanos.
h) Facilitar el uso y préstamo de equipos móviles y fijos de comunicación para las tareas de terreno en Refugios y Campamentos (Ej.: bases VHF, handys, antenas, etc.) así como el asesoramiento técnico y equipamiento de energías alternativas para instalaciones en las campañas que participe personal de la APN.

TERCERA- PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN: Sin perjuicio de los compromisos asumidos en la cláusula precedente, LAS PARTES acuerdan analizar y trabajar en la incorporación de los puntos de modificación enunciados en el Anexo adjunto al presente Convenio Específico, al actual procedimiento de selección de postulantes llevado a cabo por la APN.

CUARTA- RECURSOS ECONÓMICOS: el presente Convenio Específico no importa un compromiso de erogación presupuestaria alguna para “LAS PARTES” signatarias.

QUINTA- VIGENCIA Y RESCISIÓN: El presente Convenio Específico tendrá duración por un plazo de TRES (3) años, y se renovará automáticamente por el mismo periodo, salvo que alguna de “LAS PARTES” decidiera no continuar con la relación, debiendo notificar en forma fehaciente su decisión a la otra parte con una antelación mínima de TREINTA (30) días de la fecha en la que pretende su efectiva terminación. En este caso se entenderá que “LAS PARTES” nada se adeudan, quedando firme y ejecutándose hasta su terminación las prestaciones convenidas que estuvieren pendientes por aplicación de un Acta Complementaria.

SEXTA –NO EXCLUSIVIDAD: La suscripción del presente Convenio Específico no limita el derecho de cada parte a celebrar, en forma separada, acuerdos similares con otros organismos oficiales y/o entidades privadas.

SÉPTIMA – INDIVIDUALIDAD DE LAS PARTES: En todas las circunstancias o hechos que tengan relación con este Convenio Específico, “LAS PARTES” mantendrán la individualidad y la autonomía de sus respectivas estructuras y asumirán particularmente las responsabilidades legales correspondientes.

OCTAVA– SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS: LAS PARTES comprometen los mayores esfuerzos de colaboración para lograr el eficaz cumplimiento de los objetivos del presente convenio, observando en sus relaciones los principios de buena fe y cordialidad. LAS PARTES se comprometen a resolver en forma directa entre ellas los desacuerdos y discrepancias que pudieran derivarse de la aplicación, interpretación y/o ejecución del presente. Si ello no fuera posible, cualquier controversia que pueda suscitarse con motivo de las obligaciones y derechos emergentes del presente, se resolverá de conformidad con lo establecido mediante Ley de Conflictos Administrativos, Ley N° 19.983 y Decreto Reglamentario N° 2.481/1993, en caso de corresponder su aplicación.

NOVENA- DOMICILIO: Para todos los efectos judiciales y legales que eventualmente pudieren corresponder, “LAS PARTES” constituyen domicilio en los indicados en el encabezamiento del presente.

                                                          ANEXO

Lineamientos para el proceso de selección del personal del Cuerpo de Guardaparques Nacionales para las Campañas Antárticas de invierno y verano a aprobarse por la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES:

La ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES fijará la fecha de la convocatoria para la postulación de los agentes mediante acto administrativo, estableciendo los requisitos excluyentes y deseables, para cada convocatoria.

Entre los requisitos mínimos se deberá contemplar la antigüedad en el puesto de trabajo, ponderación de antecedentes de carrera, antecedentes para campaña antártica, aprobación de cursos de formación específicos que se dictaren oportunamente por la Administración de Parques Nacionales en conjunto con la Dirección Nacional del Antártico a través de la Coordinación de Capacitación dependiente de la Dirección de Capacitación y Desarrollo de Carrera de la Dirección General de Recursos Humanos de la APN, y permanencia mínima en el último destino de UN (1) año al momento de la postulación.

El proceso de selección deberá incorporar a las etapas previstas actualmente, entrevistas personales con dos instancias: la primera en el ámbito de la APN y la segunda a cargo de la Dirección Nacional del Antártico.

IX. CONCLUSIONES

La presencia efectiva en la Antártica no solo es una manifestación de la soberanía argentina en el continente blanco, sino también un ejemplo sólido de la importancia de estar en el lugar. Desde 1904, Argentina ha establecido bases antárticas que reflejan su compromiso con la bicontinentalidad y una estrategia geopolítica proactiva en la región. Con la diversidad de profesionales y la presencia de diferentes instituciones del Estado, se han de aunar esfuerzos para realizar trabajos concretos en pos de afianzar nuestros derechos en el continente. Este enfoque interinstitucional en la Antártida se convierte en un modelo de colaboración y coordinación que trasciende fronteras, especialmente en el contexto del Tratado Antártico y la Política Antártica. A pesar de los desafíos que presenta el continente antártico, la colaboración y el esfuerzo conjunto siguen siendo pilares  fundamentales para mantener y reafirmar nuestra presencia en esta región única. 

La trascendencia de contar con la presencia efectiva de personal proveniente de diversas instituciones, cada una aportando sus distintas especialidades y disciplinas, todas ellas vinculadas con las actividades antárticas, no solo refuerza la soberanía de nuestro país en la región, sino que también resalta el compromiso con la protección y gestión de la mayor área protegida del mundo. Esta presencia no solo se erige como un símbolo de la bicontinentalidad argentina, sino que está respaldada legalmente por las políticas establecidas en el Tratado Antártico. La colaboración interinstitucional se presenta como un pilar fundamental para aunar esfuerzos en la realización de trabajos concretos, consolidando así nuestra posición y contribuyendo al cumplimiento de los desafíos únicos que presenta el continente antártico.

En resumen, la Administración de Parques Nacionales ha demostrado ser un actor más en la conservación antártica, compartiendo un estándar para la gestión sostenible de este frágil ecosistema. Este compromiso no solo se cumple con los principios del Tratado Antártico, sino que también posiciona a Argentina como un actor clave en la protección global de la Antártida.

X. CONCLUSIÓN GENERAL

El Tratado Antártico, firmado en 1959 y en vigor desde 1961, ha sido un pilar fundamental para la gestión y preservación de la región antártica. Su marco legal ha establecido principios que buscan garantizar la utilización pacífica del continente, fomentar la cooperación científica internacional, y prevenir conflictos territoriales.

Desde la perspectiva de Argentina, la presencia y actividad en la Antártida han estado históricamente respaldadas por el Tratado Antártico. La presencia efectiva en la región desde 1904, la creación de bases antárticas, y la participación en iniciativas científicas son elementos que refuerzan la soberanía del país en este territorio. La bicontinentalidad, la estrategia geopolítica y la presencia de diversas instituciones estatales y profesionales en la Antártida son ejemplos de cómo Argentina ha buscado consolidar sus derechos en el continente blanco.

El compromiso con la prohibición de actividades militares y nucleares en la región, establecido en el Tratado, refuerza la naturaleza pacifica de la presencia en la Antártida. Además, las disposiciones para la cooperación científica internacional, el intercambio de información y la realización de inspecciones, promueven un ambiente de colaboración entre las Partes Contratantes.

La conclusión de clara: el Tratado Antártico ha sido un instrumento fundamental en la diplomacia y el derecho antártico, permitiendo a los Estados parte, incluida Argentina, a realizar actividades científicas y preservar la región en beneficio de toda la humanidad. Sin embargo, es esencial continuar monitoreando su aplicación y, si es necesario, considerar modificaciones para adaptarse a los desafíos emergentes en la región.

Como novedad mientras se cursaba el último tramo de la Diplomatura, se pudo elevar la propuesta de convenio especifico y se concreto su firma con la Secretaria de Malvinas, Antártida y Atlántico Sur, asegurando a mediano y largo pazo el trabajo interinstitucional en el continente.

BIBLIOGRAFÍA:

  1. CREA, Javier A. y BERRETINO, María de los Ángeles. “TRATADO DE DERECHO ANTÁRTICO. La Gestión Polar Ambiental en el marco de los Derechos Humanos”. Editorial Cáthedra Jurídica. Buenos Aires 2022.
  2. FERRO, Mariano D. “SISTEMA DEL TRATADO ANTÁRTICO Y RÉGIMEN DE PROTECCIÓN AMBIENTAL”, en Revista Iberoamericana de Derecho, Cultura y Ambiente. Edición 1. Junio 2022. Disponible en: https://aidca.org/ridca1-antartico-2/
  3. VASILIEV, Nicolás A. “JURISDICCIÓN PENAL EN LA ANTÁRTIDA EN GENERAL Y EN EL SECTOR ANTÁRTICO ARGENTINO EN ESPECIAL”. en Revista Iberoamericana de Derecho, Cultura y Ambiente. Edición 1. Junio 2022. Disponible en: https://aidca.org/ridca1-penal-4
  4. Peña Chacón, M. (Año). «DERECHO AMBIENTAL EN LA ERA DEL ANTROPOCENO». Nombre de la revista, Volumen(Issue), Páginas. [Incluir el enlace si está disponible].
  5. Autor(es) del Resumen. (Año). «Título del Resumen». Nombre de la Revista o Fuente, Volumen(Issue), Páginas. [Incluir el enlace si está disponible].
  6. F. Morgan, G. Barker, C. Briggs, R. Price, H. Keys, «Environmental Domains of Antarctica version 2.0 Final Report«, Manaaki Whenua Landcare Research New Zealand Ltd. Available at: https://www.landcareresearch.co.nz/publications/researchpubs/eda_v2_final_report.pdf (2007).
  7. A. Terauds, S. L. Chown, F. Morgan, H. J. Peat, D. J. Watts, H. Keys, P. Convey, D. M. Bergstrom, Conservation biogeography of the Antarctic. Diversity and Distributions 18, 726-741 (2012). doi: 10.1111/j.1472-4642.2012.00925.x.
  8. Terauds, A. & Lee, J.R. Antarctic biogeography revisited: updating the Antarctic Conservation Biogeographic Regions. Diversity and Distributions 22, 836–840 (2016). DOI:10.1111/ddi.12453.

https://www.cancilleria.gob.ar/es/ministerio-de-relaciones-exteriores-comercio-internacional-y-culto/secretaria-de-malvinas-antartida-politica-oceanica-y-atlantico-sur

Citas

[1]Guardaparque Nacional habiendo estado destinado en el Parque Nacional Los Glaciares, el Parque Nacional Tierra del Fuego, Parque Nacional Lanin, Parque Nacional Calilegua y actualmente en el Parque Nacional Lago Puelo.  A través de un convenio celebrado en 1990 y refrendado en el año 2021 con la Dirección Nacional del Antártico y la Secretaria de Malvinas, Antártida y Atlántico Sur, estuvo destinado a las Base Orcadas y la Base Esperanza. Diplomado en Derecho Antártico, Gestión y Logística Antártica Ambiental (UM – AIDCA – COCOANTAR)

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