Revista Iberoamericana de Derecho, Cultura y Ambiente

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RIDCA - Edición Nº4 - Derecho Agrario y Alimentario

Gustavo González Acosta. Director

20 de diciembre de 2023

Bienestar animal

Autor. Camilo La Rosa. Argentina

Por Camilo La Rosa

 

RESUMEN

Este trabajo aborda la temática de bienestar animal y sus lineamientos establecidos en relación particularmente a la producción, el consumo y las formas en que los seres humanos explotan a los animales en búsqueda de satisfacer sus necesidades. Además de resaltar en qué manera esto afecta al planeta, repasaremos algunas variantes en esta explotación orientada al consumo descontrolado y cómo la legislación responde (o no) ante esta situación. Para concluir, intento plasmar mi opinión, en resumen y en relación a lo tratado anteriormente.

PALABRAS CLAVE: BIENESTAR ANIMAL-LIBERTADES-PRODUCCION-CONSUMO-NORMATIVA

SUMARIO: INTRODUCCION A LA TEMATICA. BIENESATR ANIMAL Y LAS CINCO LIBERTADES. PROBLEMATICAS: PARA EL MUNDO, PARA TODOS. MARCO NORMATIVO. CONCLUSIONES.

 

  1. INTRODUCCION A LA TEMATICA

      El bienestar animal es un área de estudio compleja y multidisciplinaria en la que intervienen aspectos científicos, éticos, legales, económicos, políticos, culturales, sociales y religiosos.

     En las últimas décadas se ha evidenciado un interés creciente por esta temática a nivel mundial. Los consumidores se muestran interesados por el trato que reciben los animales en general, y particularmente aquellos criados para la producción de alimentos, mientras que muchos ganaderos y productores lo consideran como una parte integrante de las características de calidad de sus productos.

     Las buenas prácticas en bienestar animal no son un requisito más a cumplir impuesto por mercados externos e internos, sino una herramienta más dentro de las cadenas de valor que tienen como fin promover la calidad e inocuidad de los productos. El bienestar animal, entonces, se erige como un valor esencial que debe cuidarse de manera integral a lo largo de cada cadena pecuaria, de manera tal de minimizar los problemas, salvaguardar la inversión y propiciar el desarrollo sostenible de cada actividad, atendiendo además la demanda del público en general y los consumidores de productos de origen animal en particular. Este concepto se proyecta a la seguridad alimentaria, a la sustentabilidad y al impacto ambiental de la producción animal.

      Sostiene Freser (1997): El concepto de bienestar animal incluye tres elementos: El funcionamiento adecuado del organismo (lo que entre otras cosas supone que los animales estén sanos y bien alimentados), el estado emocional del animal (incluyendo la ausencia de emociones negativas tales como el dolor y el miedo crónico) y la posibilidad de expresar algunas conductas normales propias de la especie (Pág. 9). Es importante tener en cuenta que no todas las conductas son igualmente importantes en lo que al bienestar del animal se refiere.

         Desde un punto de vista práctico, la indicación más clara de que una conducta es importante en sí misma es el hecho de que el animal muestra una respuesta de estrés o manifiesta conductas anormales cuando no puede expresar la conducta en cuestión. La conducta de nidificación de la cerda antes del parto o la conducta de hozar de los cerdos son ejemplos de estas conductas importantes. Estos tres principios no son necesariamente contradictorios, sino que en muchas ocasiones son complementarios.

Los tres principios comentados antes aparecen recogidos en varias definiciones “oficiales” de bienestar animal. Así, por ejemplo, la Organización Mundial de la Salud Animal (2008) considera que: “Un animal se encuentra en un estado satisfactorio de bienestar cuando está sano, confortable y bien alimentado, puede expresar su comportamiento innato, y no sufre dolor, miedo o distrés”.

2. BIENESTAR ANIMAL: DOCTRINA Y LAS CINCO LIBERTADES

     Para Manteca y Salas (2015): “El bienestar de los animales puede valorarse  mediante el uso de indicadores, es decir, de variables que pueden medirse de forma objetiva. Los indicadores de bienestar se dividen en dos grandes grupos:indicadores del ambiente e indicadores del animal. Los indicadores del ambiente incluyen, entre otras variables, el tamaño y diseño de las instalaciones en las que se mantienen los animales, la cantidad y calidad del alimento que reciben, la temperatura a la que están expuestos, etc. Los indicadores del animal son todas aquéllas variables que se miden directamente en los animales o que se obtienen a partir de los registros veterinarios, y pueden agruparse en cuatro categorías principales:

  • Indicadores relacionados con el comportamiento de los animales.
  • Indicadores relacionados con el aspecto de los animales.
  • Indicadores fisiológicos.
  • Indicadores obtenidos a partir de los registros de las instituciones, establecimientos, etc., tales como la esperanza de vida y la prevalencia e incidencia de enfermedades. (Pág. 1).

     Para los que sostienen que un segundo elemento del bienestar es, el estado emocional, esto supone tanto la ausencia de emociones negativas como la presencia de emociones positivas. Sin embargo, el estudio de las emociones positivas en los animales está en sus comienzos y por ello se hace a menudo menos hincapié en las emociones positivas que en las negativas. Entre estas últimas resultan especialmente relevantes el dolor, el miedo, el estrés (en aquellos casos en los que la situación estresante sobrepasa la capacidad de adaptación de los animales) y, al menos en algunas especies, el aburrimiento”.

Mc Millan (2002) define el término de salud mental como «un estado de equilibrio mental y emocional caracterizado por la ausencia de trastornos mentales o por un ajuste adecuado en especial en lo que refiere a sentirse confortable y capaz de enfrentarse a las exigencias de la vida». Este autor enfatiza la importancia de la salud mental dentro del concepto de bienestar o de la calidad de vida y asegura que el bienestar físico es solamente una parte de un conjunto de factores necesarios para un programa de cuidado efectivo de animales.

Duncan (1996) por su parte subraya que para que un animal se encuentre en un estado de bienestar no deben considerarse únicamente sus necesidades fisiológicas, sino de manera primordial sus sentimientos. Explica que el sentimiento es una actividad específica del sistema sensorial, del cual el animal se da cuenta y postula que el bienestar depende de lo que los animales sienten.

De Aluja (2015) sostiene que: “Estudiando estas definiciones, salta a la vista que para evaluar el bienestar de los animales, se requieren conocimientos científicos. Para afrontar un ambiente adverso se movilizan en el organismo mecanismos complicados, principalmente hormonales, como reacción a factores estresantes. Para conocer el estado de salud física es necesario saber mucho de fisiología, de bioquímica, de las patologías, de clínica, de etología entre otros, y para la salud mental se requieren, además, conocimientos muy sólidos de las neurociencias”.

Se ha escrito más sobre problemas de comportamiento en animales de compañía, perros y gatos en especial y en los de laboratorio. Las especies domésticas, que son criadas para la producción de alimentos para los seres humanos, han recibido menos atención.

Una veterinaria inglesa, Ruth Harrison en su libro Animal Machines, alertó a comunidades científicas y a la ciudadanía en general, respecto a lo que pasaba en las explotaciones «industriales» dedicadas a criar animales en forma intensiva para consumo. A consecuencia de su libro, la Asociación de Médicos Veterinarios de la Gran Bretaña encargó a un grupo de expertos, encabezados por el profesor Rogers Brambell un estudio exhaustivo sobre la condición de animales en estas explotaciones. Como resultado, se plantearon consideraciones y recomendaciones resumidas en el informe Brambell,42 que a su vez generó una legislación del gobierno inglés al respecto.

Webster (1994) propuso una lista de 5 puntos, que llamó «Las 5 libertades», y que resumen las necesidades mínimas que deben tener todos los animales. Estas 5 libertades son aceptadas hoy en día por la Asociación Mundial de Médicos Veterinarios y de muchas organizaciones nacionales e internacionales. En ellas se establece que los animales deben estar:

  • libres de sed, hambre y mala nutrición, proporcionándoles libre acceso a agua fresca y una dieta que los mantenga en condiciones de salud y vigor.
  • libres de incomodidades, proporcionándoles un ambiente apropiado, lo que incluye protección y un área de descanso confortable.
  • libres de dolor, lesiones y enfermedad, por medio de la prevención o de un diagnóstico y tratamiento rápidos.
  • libres para expresar su comportamiento normal, proporcionándoles espacio suficiente, facilidades apropiadas y la compañía de animales de su misma especie.
  • libres de miedo y de «distress» (sufrimiento emocional) asegurándoles condiciones que eviten sufrimiento mental.

Dawkins y Wood (2001), definieron el término cons–ciencia como un «amplio rango de estados durante los cuales un individuo se da cuenta en forma inmediata de su pensamiento, memoria y sensación». Griffin lo explica con un ejemplo: «Un animal está consciente de que se acerca un predador peligroso».

De acuerdo con la definición de Dawkins y Wood no puede haber duda de que los animales son conscientes de lo que pasa a su alrededor, que tienen memoria y experimentan sensaciones.29 La pregunta de si piensan, hasta ahora no ha sido resuelta de manera satisfactoria respecto a todas las especies animales.23 Existen evidencias de que los grandes simios sí tienen la capacidad de pensar, similar a la de los seres humanos. El problema es que las actitudes de los animales que podrían aceptarse como comprobación de una actividad similar a un pensamiento, se interpretan con una actitud antropocéntrica, es decir, se juzga a partir de la manera de comprender las cosas en el humano, cuando la mente de los animales no es igual a la de los humanos, es similar, pero no igual. Para comprobar esta similitud es necesario estudiar la anatomía del sistema nervioso central de los animales, especialmente el encéfalo. En los vertebrados mamíferos existen las mismas estructuras cerebrales, con diferencias de tamaño, especialmente de la última capa evolutiva que es la corteza cerebral, que forma gran parte del lóbulo frontal, la cual es mucho más gruesa en los humanos que en la mayoría de los animales, pero no existen diferencias estructurales básicas de los encéfalos de los vertebrados.

El principio de las cinco libertades constituye una aproximación práctica muy útil al estudio del bienestar y especialmente a su valoración en las explotaciones ganaderas y durante el transporte y sacrificio de los animales de granja. Además, este principio ha constituido la base de muchas de las leyes de protección de los animales en la Unión Europea y en otras partes del mundo. A pesar de su indudable utilidad, el principio de las cinco libertades presenta dos problemas. En primer lugar, resulta en ocasiones excesivamente genérico. Además, algunas de las cinco libertades se superponen entre ellas. Como respuesta a estos problemas se han propuesto aproximaciones ligeramente diferentes, aunque basadas en los mismos conceptos (Farm Animal Welfare Committee, UK, 1979)

3. PROBLEMATICAS: PARA EL MUNDO, PARA TODOS

     En primer lugar, me gustaría hacer referencia a los efectos negativos provenientes de la producción, tal cual se lleva adelante en la actualidad. Existen varios problemas asociados a la ganadería industrial y al consumo excesivo de carne, su contribución al cambio climático, al empeoramiento de la salud, a la pérdida de biodiversidad, el despilfarro de recursos como la tierra, la energía y el agua, etc. La organización Greenpeace expone de forma resumida estos problemas para crear conciencia sobre por qué es necesario reducir el consumo de carne. Se concluye que, en un futuro, la mayor parte de la producción de carne no procederá de la ganadería tradicional, sino de la carne de cultivo celular y de las nuevas alternativas vegetales cuyas características organolépticas se parecen a las de la carne. Aunque se sabe desde hace tiempo que la carne tradicional es un alimento muy poco eficiente para alimentar a la humanidad, no está de más recordar las razones para concienciarse sobre por qué es necesario cambiar la dieta reduciendo el consumo de alimentos derivados de los animales. Por otra parte, se ha elaborado un resumen de los problemas asociados a la ganadería industrial y al consumo excesivo de carne, alimento cuya producción contribuye significativamente al calentamiento del planeta, ya que la ganadería es responsable del 14,5% de las emisiones de GEI (Gases de Efecto Invernadero) a nivel mundial, siendo los más peligrosos el metano y el óxido nitroso, gases que son más potentes que el CO2. Se realizan emisiones directas (de los animales) e indirectas, derivadas del actual modelo de agricultura y su dependencia del petróleo, los productos fitosanitarios, los fertilizantes químicos, etc.

La preocupación por la deforestación ha generado en la Unión Europea el dictado del El Reglamento (UE) 2023/1115 del Parlamento Europeo y del Consejo (1) relativo a la comercialización en el mercado de la Unión y a la exportación desde la Unión de determinadas materias primas y productos asociados a la deforestación y la degradación forestal, Por intermedio del mismo, no se permite la introducción en el mercado, comercialización ni exportación de materias primas pertinentes y productos pertinentes, excepto si se cumplen todas las condiciones siguientes:

a) Que estén libres de deforestación; entendiéndose por tales, los productos que contengan materias primas pertinentes, o hayan sido alimentados o elaborados con ellas, producidas en tierras que no hayan sufrido deforestación después del 31 de diciembre de 2020

b) Que hayan sido producidos de conformidad con la legislación pertinente del país de producción, entendiéndose por tales, las leyes aplicables en el país de producción relativas al estatuto jurídico de la zona de producción en términos de: derechos de uso del suelo; protección del ambiente; normativa relacionada con los bosques, incluida la gestión forestal y la conservación de la biodiversidad, cuando esté directamente relacionada con el aprovechamiento de la madera; derechos de terceros; derechos laborales; derechos humanos protegidos en virtud del Derecho internacional; el principio de consentimiento libre, previo e informado, según lo contemplado en la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas; la normativa fiscal, la de lucha contra la corrupción, la comercial y la aduanera.

c) Que estén amparados por una declaración de diligencia debida, la que incluye: recopilación de la información, datos y documentos necesarios para cumplir los requisitos establecidos; las medidas de evaluación del riesgo y medidas de reducción del riesgo contempladas.

   Por tanto, un cambio en el modelo de producir y consumir, es un modo de cambiar las reglas actuales en favor de la soberanía alimentaria. Sólo unas pocas compañías alimentarias son propietarias de cientos de empresas que producen todo tipo de productos alimentarios, el control corporativo es enorme.

En la actualidad, desde sectores distantes, se sostiene que el modelo de ganadería industrial se basa en alimentar y sacrificar a los animales lo más rápidamente posible y bajo cualquier condición para maximizar los beneficios. Esto se traduce en explotaciones superpobladas donde el bienestar animal es algo imposible, a esto hay que sumar que la masificación favorece la aparición de enfermedades, la resistencia de las bacterias a los antibióticos, etc.

Por otra parte, más allá del daño generado a nuestro planeta, no podemos dejar de lado, en vistas a nuestra temática, a los seres vivos que padecen todos estos procesos.

Por el aumento del consumo global, nunca antes en la historia se sacrificaron tantos animales para nuestra alimentación y nunca antes en la historia esta actividad lícita pone en riesgo el bienestar animal.

Otra razón por la que se dañan animales es el entretenimiento. Muchos animales son cazados o pescados por esta razón. Además, los animales son confinados en lugares como circos, o matados en espectáculos como corridas de toros. Hay muchas formas de divertirse sin dañar a otros. Estas son solo algunos de los procesos que, en favor de la producción y el provecho de los seres humanos, atraviesan otros seres vivos.

MARCO NORMATIVO

González Acosta (2020) explica respecto al bienestar animal en la República Argentina que a nivel nacional respecto a las explotaciones pecuarias: “La Resolución SENASA 97/2019  enuncia las exigencias mínimas relativas al bienestar animal, aplicables en los siguientes contextos:

a) Ámbito pecuario, en todas sus etapas hasta la faena inclusive (sacrificio de animales según las condiciones establecidas por el SENASA u otra autoridad competente, cuyos productos/subproductos se destinan al consumo o industrialización); que incluye todo animal (incluidos los mamíferos, las aves, los peces, los reptiles y los anfibios) criado o mantenido para la producción de alimentos y otros productos, subproductos y derivados, o con otros fines pecuarios como el trabajo y la educación.
b) A animales de trabajo utilizados en el ámbito agropecuario; los cuales sólo deben emplearse para el trabajo y ejercicio animales que se hallen en estado físico adecuado. No se debe utilizar animales para trabajos o ejercicios que excedan notoriamente sus fuerzas. Recalcamos aquí que el objeto de regulación incluye a cualquier tipo de explotación agropecuaria en el cual existen equinos con cualquier finalidad, incluidos los mansos para andar y de tiro.
c) Equinos destinados a participar en actividades deportivas, los cuales incluye los usados en hipódromos, clubes hípicos, caballerizas, studs, clubes de pato, polo, equitación, salto y prueba completa, countries, clubes de campo y clubes privados, centros de descanso, centros tradicionalistas, tropillas de jineteadas y todo otro predio o lugar que en forma permanente u ocasional concentre o tenga equinos de distintos orígenes.

El titular o responsable de los animales, entendiéndose por tales a cualquier persona humana o jurídica que sea responsable y/o esté a cargo de animales, ya sea en forma permanente o temporal, se encuentran obligados a dar cumplimiento con las exigencias mínimas establecidas en la presente resolución, a saber:

  1. Agua y alimento: Los animales deben recibir una alimentación en cantidad y calidad adecuada a su edad, especie, y estado fisiológico, con el fin de mantener su buen estado de salud y de satisfacer sus requerimientos nutricionales; por ello, los mismos deben tener libre acceso a una cantidad suficiente de agua, de calidad adecuada para mantener un buen estado de salud, o deben poder satisfacer su ingesta líquida por otros medios. Salvo situaciones particulares, en donde se encuentra indicado el ayuno o la restricción alimentaria, todo animal debe tener acceso libre al alimento o a intervalos adecuados a sus necesidades fisiológicas, entendiéndose por tales: “aquellas que se deben cubrir para que el animal pueda vivir y mantener en equilibrio sus funciones corporales”.
  2. Sanidad: Los animales mantenidos bajo condiciones en las que su bienestar dependa de atención humana frecuente deben ser controlados, como mínimo, una (1) vez al día. Para aquellos animales criados o mantenidos bajo otro tipo de condiciones, los mismos deben ser controlados a intervalos suficientes para evitarles cualquier sufrimiento;

En relación a todo animal que se observe enfermo o herido, el mismo debe recibir una atención inmediata y los cuidados necesarios, bajo la práctica o supervisión de un Médico Veterinario. Incluso, en caso necesario, los animales enfermos o heridos deben alojarse en condiciones de aislamiento y confort, lo antes posible.

En última instancia, cuando no sea posible el tratamiento, los animales deben someterse a sacrificio humanitario, cuyo procedimiento que finaliza con la muerte de un animal y se realiza evitando el sufrimiento físico y mental durante el proceso, y generando una pérdida inmediata de la conciencia y de la sensibilidad al dolor., bajo supervisión profesional.

Con carácter general, además se establece que, el titular o responsable de los animales debe dejar asentado cualquier tratamiento médico realizado en un Libro de Registro de Tratamientos, según lo establecido en la normativa vigente. También debe llevar un registro del número de animales muertos descubiertos en cada inspección. Dichos registros se deben mantener durante el tiempo dispuesto y deben ser puestos a disposición de la autoridad competente cuando ésta los solicite.

Respecto a los medicamentos, los animales deben ser tratados únicamente con productos veterinarios aprobados por la autoridad competente, respetando la dosis, los intervalos y la duración del tratamiento según prescripción o criterio del veterinario actuante.

  1. Ambiente, instalaciones y equipos: Los materiales que se utilicen para las instalaciones y equipos, los cuales puedan estar en contacto los animales, deben ser seguros e inocuos para los mismos, y deben poder limpiarse y desinfectarse.

Esta limpieza, desinfección y control de plagas debe realizarse con la frecuencia necesaria para salvaguardar la bioseguridad y prevenir enfermedades o lesiones;

En relación a las instalaciones, equipos y accesorios para manejar a los animales deben diseñarse, construirse y mantenerse de forma que no presenten bordes afilados ni salientes que puedan causar heridas a los animales;

Respecto a los sistemas productivos en confinamiento permanente o temporario, la circulación del aire, el nivel de polvo, la temperatura, la humedad relativa del ambiente, la concentración de gases y los niveles de ruido deben mantenerse dentro de límites que no sean perjudiciales para los animales. En ellos, los animales que deban permanecer en espacios cerrados no pueden ser mantenidos en oscuridad permanente ni estar expuestos a la luz artificial sin una interrupción adecuada.

En muchos casos, los sistemas productivos de confinamiento en general requieren de la adopción de medidas llevadas a cabo durante la noche, a ese efecto en ellos se debe disponer de iluminación apropiada (fija o móvil) para poder llevar a cabo una inspección completa de los animales en cualquier momento. Asimismo, se les debe proporcionar un ambiente tal y/o prácticas de manejo tales que permitan satisfacer sus necesidades fisiológicas y comportamentales, incluyendo éstas últimas los comportamientos específicos de la especie cuya expresión resulta beneficiosa para el bienestar animal.

Desde el punto de vista sanitario, los equipos para el almacenamiento y suministro de alimentos y agua deben ser construidos, ubicados y mantenidos de tal forma que se reduzca al máximo el riesgo de contaminación y permita un aprovisionamiento adecuado y ser construidos y ubicados de manera tal que estén accesibles para todos los animales y eviten la competencia por el recurso;

 

Respecto a los equipos automáticos o mecánicos indispensables para la salud y el bienestar de los animales se deben inspeccionar al menos UNA (1) vez al día. Si se descubren deficiencias, éstas se deben subsanar de inmediato o, si ello no fuere posible, se deben tomar las medidas adecuadas para proteger la salud y el bienestar de los animales;

En el supuesto de utilización de ventilación artificial, debe preverse un sistema de emergencia apropiado que garantice una renovación de aire suficiente para proteger la salud y el bienestar de los animales en caso de fallo del sistema y debe contarse con un sistema de alarma que advierta en caso de avería. El sistema de alarma debe verificarse con regularidad.

Sin embargo, hay animales que son sometidos a prácticas de manejo a cielo abierto, en esos casos, en la medida en que sea necesario, el animal mantenido al aire libre debe contar con protección contra las inclemencias climáticas y los depredadores.

5. Maniobras zootécnicas dolorosas: Cuando no se puedan evitar las prácticas dolorosas, el dolor resultante debe ser minimizado, refinando los métodos disponibles y ser llevados a cabo por personal idóneo. La totalidad de las personas involucradas en el manejo de los animales deben tener la idoneidad necesaria sobre aspectos básicos de bienestar animal, de acuerdo con sus responsabilidades. La cantidad de personas involucradas debe dimensionarse en función de lo que requiere las acciones que se realizan.

6. Manejo de animales: El maltrato físico o psicológico genera daños, de allí que teniendo en cuenta el bienestar animal, el manejo de los animales debe promover una relación humano-animal positiva y no debe provocar heridas, miedo duradero ni estrés evitable. En tal sentido, se prohíbe azuzar a los animales mediante el empleo de instrumentos y/o prácticas que, no siendo de simple estímulo, puedan causarles daños, mortificación o lesiones orgánicas y/o funcionales. Sólo se permite la utilización de inductores del movimiento siempre que su uso se ajuste a lo establecido por la normativa vigente.

7. Transporte: A los fines del transporte de animales se establece que:

a) en forma previa a su carga en el transporte, todo animal debe ser inspeccionado por un operario idóneo que evaluará su aptitud para viajar. En caso de duda sobre dicha aptitud, el animal debe ser examinado por un Médico Veterinario; b) los animales que no sean considerados aptos para viajar no deben ser cargados, a menos que sea necesario transportarlos para realizarles tratamiento veterinario; c) los animales considerados no aptos para viajar deben manejarse humanitariamente, es decir, en caso de corresponder, deben recibir inmediatamente un tratamiento apropiado para aliviar su dolencia o enfermedad o, cuando el tratamiento no sea posible, deben ser sometidos a un sacrificio humanitario; d) un animal es considerado no apto para viajar si: *es incapaz de moverse por sí solo o de desplazarse sin ayuda; y/o presenta una herida abierta grave o un prolapso, * se trata de hembras preñadas que hayan superado el noventa por ciento (90 %) del tiempo de gestación previsto, o de hembras que hayan parido la semana anterior, *se trata de animales recién nacidos cuyo ombligo no ha cicatrizado completamente.

Dos aspectos deben ser considerados aquí relativos a la carga y densidad de los animales, así, con carácter general, se prohíbe la cargar de animales en vehículos que no reúnan las especificaciones técnicas establecidas y que la densidad de carga debe ajustarse a lo establecido en la normativa vigente.

  1. Faena: El procedimiento para la faena debe realizarse de manera humanitaria, cumpliendo con la normativa vigente.

 

CONCLUSIONES

Estamos en una época donde, ante la aparición, continuidad y agravación de tal o cual problemática, la solución pareciera que siempre debe ser extrema y de un carácter drástico. La preocupación de algunos sectores de la sociedad por el bienestar animal es un proceso sano, pero de ningún modo puede plantear el estallido de la producción o el consumo tal lo conocemos. Los procedimientos deben regularse en cuanto a métodos y volumen.

Por otra parte, existen bases científicas para asegurar que los animales son seres conscientes, que sienten dolor, ansiedad, miedo, fatiga, frustraciones, emociones como alegría, aburrimiento, depresión y otros estados emocionales o mentales que pueden causar sufrimiento; además de que se dan cuenta de su entorno y son capaces de sufrir.

Estos conocimientos obligan a ofrecerles condiciones de vida acordes con las necesidades para su bienestar (las 5 libertades de Webster). Para mejorar la calidad de vida de los animales.es necesario contar con instalaciones adecuadas para facilitar a las personas involucradas el manejo tranquilo de los animales y para propiciar su comportamiento natural, evitando lesiones por golpes, caídas, y deterioro en la calidad de la carne y de las pieles. De esta manera, se evitarán pérdidas durante el proceso de producción (rancho, embarque, desembarque, transporte, matanza, calidad), y se aumentarán las ganancias de los productores, lo cual permitirá estar a la altura de la legislación internacional al respecto y participar en el comercio internacional.

 

BIBLIOGRAFIA

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  • https://curia.europa.eu – Comunicado de prensa 69/18
  • https://www.europapress.es/sociedad/medio-ambiente-00647/noticia-igualdad-animal-celebra-fallo-tue-prohibe-sacrificio-animal-aturdimiento-siquiera-halal-kosher-20201217170247.html

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